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24-jul-2014Lyapin v. RusiaEl presente caso tiene lugar ante la petición presentada por el señor Sergey Lyapin, de nacionalidad rusa, luego de ser detenido por la policía bajo la sospecha de haber cometido una serie de robos en garajes del Distrito de Volodarskiy, Rusia. El peticionario sostuvo no haber tenido acceso a un abogado ni contar con la posibilidad de informar a su familia sobre la detención. Luego de pasar en estas condiciones doce horas bajo custodia policial, confesó su participación en los robos y fue trasladado a un centro de detención. Al día siguiente, luego de que su esposa y su hermano lo visitaran y advirtieran que necesitaba urgente ayuda médica, fue alojado en un hospital por diez días. Con posterioridad, el peticionario sostuvo que su confesión fue obtenida mediante maltratos y sometimiento a tortura durante su estadía en la comisaría (golpes y electroshocks, entre ellos). Tras el examen de dos médicos forenses, pudo comprobarse la correspondencia temporal entre el momento en que tuvieron lugar las lesiones examinadas y el período en que el peticionario se encontró detenido.
17-jul-2014T v. República ChecaEl peticionario MT se encontraba cumpliendo una condena de prisión en 2005 cuando su esposa pidió el divorcio, que le fue otorgado. Cuando fue liberado solicitó derecho de visita a la hija que tenían en común, y se le indicó que para ello recurriera a la justicia. En el 2007 la madre falleció, y la niña J, de 4 años, fue en principio internada con estrés traumático y luego alojada en una institución especializada para niños (K). En enero del siguiente año el peticionario comenzó a realizar visitas a su hija regularmente y peticionó la tenencia. Un informe psicológico sobre la personalidad del peticionario lo consideró egocéntrico, falto de empatía e irrealista, y entonces incapaz de satisfacer las necesidades afectivas y de educación de la niña; por lo que mediante una medida judicial provisoria se decidió la permanencia de J. en el establecimiento K. Distintas apelaciones presentadas fueron rechazadas porque los tribunales entendían que no tenían jurisdicción; y el centro K. no se consideraba competente para decidir. El peticionario continuó sus visitas, pero cuando solicitó poder retirar a la niña fuera de la institución en fines de semana o vacaciones, esto le fue negado. En 2011 las autoridades del centro donde la niña recibía tratamiento psicológico determinaron que los encuentros con su padre no resultaban beneficiosos, por lo que una medida provisoria, que luego fue levantada, prohibió las visitas. En el 2012 un proceso administrativo otorgó la guarda de la niña a una familia. El padre intentó tres veces el reencuentro sin éxito; la niña lo rechazaba. El contacto con J solo se le permitía por escrito.
17-jul-2014Omelchenko v. UcraniaEl peticionario fue arrestado a causa del homicidio de una persona y el robo de sus pertenencias. Fue interrogado como testigo, sin presencia de un abogado, y se confesó autor de los hechos, por lo que posteriormente fue interrogado como sospechoso, nuevamente sin abogado. Omelchenko fue liberado a condición de que no se fugara, pero fue detenido nuevamente por violar el orden público, y fue de nuevo interrogado por el homicidio. En todos los casos, antes de preguntársele, el peticionario había firmado la renuncia a su derecho a la representación legal. Recién se le asignó un abogado alrededor de tres semanas después de la primera detención, y tuvo su primera visita luego de cuatro meses. Durante el nuevo interrogatorio el peticionario se retractó de sus confesiones y se declaró inocente, afirmando que su anterior declaración había sido prestada a consecuencia de las amenazas y los malos tratos recibidos de la policía. De todos modos, en base a su primera confesión, fue condenado a 15 años de prisión por robo con arma y homicidio. Las apelaciones y recursos confirmaron el resultado.
17-jul-2014Kim v. RusiaEl peticionario había quedado sin nacionalidad luego de la caída de la URSS. Al ser detenido por la policía rusa para averiguar su identidad, no pudo acreditarla con ningún documento. Por lo tanto, se lo consideró como culpable de una ofensa administrativa, se lo multó y se ordenó su expulsión. Estando pendiente esta última, el peticionario fue detenido en una prisión para extranjeros cuya capacidad era de 176 personas pero alojaba entre 300 y 400. En las celdas, de entre 10 y 18 m2 y compartidas por siete personas en general, no contaba con agua para beber, había un baño por piso para aproximadamente 40 personas, la higiene era inadecuada, y el ejercicio fuera de la celda era escaso y de poca duración. Luego de dos años el peticionario fue liberado por haber expirado el tiempo límite para la ejecución de la medida de expulsión.
17-jul-2014Centre for Legal Resources en representación de Valentin Câmpeanu v. RumaniaEn septiembre de 2003 Valentin Câmpeanu, al haber llegado a la mayoría de edad, ya no tuvo derecho a continuar viviendo en el centro estatal para personas con discapacidad donde había crecido, por lo que se ordenó que fuera transferido a un hospital neuropsiquiátrico (PMH). Luego de exámenes médicos para determinar su grado de discapacidad intelectual, el PMH no admitió al peticionario por considerar que no se contaba con las instalaciones necesarias para tratar su discapacidad y su infección con HIV. Recién 5 meses, luego de numerosas consultas e intercambios interinstitucionales fue admitido en un centro de cuidados médicos y sociales, en avanzado estado de degradación física y psiquiátrica por la falta de alimentación y medicamentos necesarios. Al sufrir una crisis, fue internado por un día en el PMH. Fue nuevamente internado allí a la siguiente semana: se encontraba solo en una habitación sin calefacción, sin ropa de cama, vestido únicamente con la camisa de un pijama, sin la asistencia debida para poder alimentarse o ir al baño. En estas condiciones murió, sin que se diera pronto aviso al centro donde vivía. Una organización no gubernamental (CLR) denunció al PMH por homicidio culposo. Desde el Estado se realizaron investigaciones con numerosas falencias, y como consecuencia de ellas se consideró que el tratamiento del paciente había sido el adecuado. Cada instancia confirmó este resultado.
10-jul-2014Rakhimov v. RusiaEl peticionario fue juzgado en ausencia en Uzbekistán por intento de derrocar el orden constitucional del país, por almacenamiento y difusión de documentos conteniendo ideas religiosas consideradas extremistas, por separatismo y fundamentalismo, por amenazas a la seguridad y orden público nacionales, y por su participación y dirección en organizaciones prohibidas. Fue pedida su extradición a Uzbekistán ya que se encontraba viviendo en Rusia con su familia. Había llegado allí en busca de trabajo, y nunca se había registrado como extranjero con residencia temporal en el país ni había pedido el status de refugiado. Solo hizo esto último al ser detenido, y su petición fue rechazada. A pesar de las garantías que brindó el estado de Uzbekistán, el peticionario solicitó que no se lo extraditara por considerar que existía riesgo de ser sometido a tratos crueles y a que las garantías de juicio equitativo no se respetaran. Finalmente el proceso fue discontinuado el 24 de julio de 2013. Sin embargo, continuó privado de su libertad y el día 31 de julio se dictó una nueva orden de arresto por una ofensa administrativa: no haberse registrado ante las autoridades migratorias. El peticionario mantuvo su solicitud de no extradición por los riesgos ya antes manifestados. No obstante, las autoridades consideraron que no existía tal riesgo, a pesar de la información existente al respecto. Tanto durante el primer procedimiento como durante el segundo, el peticionario estuvo en una celda de 4,5 m2 de detención temporaria en un centro especial de detención para extranjeros. Compartía la celda con entre cuatro y quince personas, no contaba con baño, no tenía acceso a luz natural o ventilación y se le otorgaba agua y comida solo una vez al día.
8-jul-2014Harakchiev y Tolumov v. BulgariaEl peticionario Harakchiev se encontraba cumpliendo pena de prisión perpetua (sin posibilidad de conmutación) en la prisión de alta seguridad de Stara Zagora, y el peticionario Tolumov cumplía su condena perpetua (esta con posibilidad de conmutación) en la prisión de Plovdiv. Ambos peticionarios compartían las siguientes condiciones de detención: las celdas eran de 7,78 m2 una y 7,5 m2 y los muebles ocupaban gran cantidad de espacio; la ventana no permitía suficiente ventilación y en verano las temperaturas eran muy altas; en invierno solo se encendía la calefacción por tres horas al día; la limpieza se hacía solo con agua: la celda de Harakchiev estaba infestada con cucarachas, topos y ratas y la celda de Tolumov tenía hongos en las paredes; podían ir solo tres veces al día al baño y en cualquier otra ocasión debían utilizar un balde que no se podía limpiar ni desechar en su celda; podían ducharse cada dos semanas; solo tenían derecho a una hora diaria de caminata fuera de la celda; la comida era de baja calidad y poca cantidad e higiene; los medicamentos debían ser comprados por los internos; las visitas de familiares se recibían en una habitación especial, con una red divisoria y con la presencia de un oficial de la prisión. Además, a Harakchiev no se le entregaban diarios, no se reprogramaba su caminata diaria si por algún motivo se suspendía y no se le había permitido ver películas en la sala de proyecciones de la prisión. A Tolumov no se le permitía asistir al gimnasio de la prisión y se lo trasladaba esposado. Ambos habían recibido sanciones disciplinarias, una de ellas el aislamiento en celdas de castigo durante tres y siete días respectivamente.
8-jul-2014MPEV y otros v. SuizaLa pareja de peticionarios, de nacionalidad ecuatoriana, con sus dos hijas (una de ellas sólo hija biológica de la mujer), ingresaron en enero de 2002 al territorio de Suiza solicitando asilo. En dicha oportunidad denunciaron haber sido torturados y amenazados de muerte por la policía ecuatoriana a causa de las manifestaciones políticas de uno de los peticionarios (el padre). Entre 2005 y 2009 este fue condenado en Suiza y cumplió sentencia por varios delitos tales como vender objetos robados, conducir sin licencia, tentativa de robo y la compra de objetos robados. Se solicitó a la Oficina de Refugiados que revisara la concesión del asilo y esta respondió que el peticionario sufría de problemas de salud a consecuencia de las torturas padecidas en su país: stress post-traumático, depresión, trastorno esquizoafectivo; había sido internado en varias oportunidades luego de haber intentado suicidarse, y que ello fundaba la concesión del asilo. En mayo de 2009 la pareja se separó. La hija de ambos permaneció con la madre que obtuvo la patria potestad plena. El padre tenía derecho a realizar visitas a su hija y a permanecer en contacto sin romper el vínculo. Dada esta separación, los tribunales suizos consideraron que los derechos de residencia debían ser analizados para cada persona en particular porque ya no existía unidad familiar. Así, en septiembre de 2012, a una de las hijas se le otorgó la ciudadanía, a la hija de ambos y a la madre se les concedió la residencia temporaria renovable cada año, y para el padre se decidió su expulsión del territorio en base a sus antecedentes penales.
4-jul-2014Tarakhel v. SuizaEl presente caso tiene lugar ante la petición presentada por el señor Golajan Tarakhel, de nacionalidad afgana, luego de serle rechazada la solicitud de asilo para él y los miembros de su familia, entre los cuales había niños menores de edad. El peticionario abandonó Afganistán y se dirigió a Pakistán, donde conoció a su mujer. Luego se trasladaron a Irán, donde vivieron 15 años. Tiempo después, junto con sus hijos, viajaron desde Turquía a Italia, desembarcando el 16 de julio de 2011 en la costa de Calabria, donde inmediatamente fueron sometidos al procedimiento de identificación europeo Dactiloscopía Europea (EURODAC), por el cual les fueron tomadas fotografías y huellas dactilares. El 26 de julio, una vez establecida la identidad, fueron transferidos al Centro de Recepción para Solicitantes de Asilo. El 28 de julio abandonaron el Centro de Recepción y viajaron hacia Australia, donde nuevamente fueron registrados en el sistema EURODAC. El 1 de agosto, las autoridades locales rechazaron la solicitud de asilo presentada y requirieron a las autoridades italianas hacerse cargo del peticionario y su familia, lo cual fue formalmente aceptado. Con posterioridad, los peticionarios viajaron a Suiza y el 3 de noviembre presentaron una nueva solicitud de asilo. Ante dicha solicitud, el señor Tarakhel y su mujer fueron entrevistados por la Oficina Federal de Migraciones, desde donde se requirió a las autoridades italianas hacerse cargo de la situación de los solicitantes. El 24 de enero de 2012 la Oficina Federal de Migraciones decidió no examinar la solicitud de asilo presentada, basándose en el Reglamento de Dublín de la Unión Europea, el cual determina a qué Estado corresponde la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo, ante reiteradas presentaciones. De acuerdo con ello, Italia sería el Estado responsable.
3-jul-2014Mala v. UcraniaEl 26 de enero de 2006 la peticionaria solicitó ante un tribunal que se ordenara a su ex-esposo el pago de los alimentos adeudados a la hija de ambos, conjuntamente con la imposición de multas, en relación a los montos fijados en un informe efectuado por oficial de justicia dos días antes. El 3 de abril de ese año el tribunal decidió sin la debida fundamentación en base a un informe del 1 de abril, posterior al utilizado como base de la acción, y que la peticionaria solo había conocido ese mismo día durante el juicio. En apelación la sentencia fue confirmada; luego, el recurso de casación fue rechazado. El 21 de noviembre la peticionaria realizó otra acción civil para demandar nuevamente el pago de los alimentos debidos a la niña, ajustando el monto a la inflación del momento y con las multas correspondientes. La sentencia fue desfavorable, como así también el resultado de la apelación y el rechazo del recurso de casación. En todos los casos, los tribunales decidían sin tener en cuenta el informe que la peticionaria presentaba y consideraba más favorable para el interés de su hija.