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Título : Lyapin v. Rusia
Fecha: 24-jul-2014
Resumen : El presente caso tiene lugar ante la petición presentada por el señor Sergey Lyapin, de nacionalidad rusa, luego de ser detenido por la policía bajo la sospecha de haber cometido una serie de robos en garajes del Distrito de Volodarskiy, Rusia. El peticionario sostuvo no haber tenido acceso a un abogado ni contar con la posibilidad de informar a su familia sobre la detención. Luego de pasar en estas condiciones doce horas bajo custodia policial, confesó su participación en los robos y fue trasladado a un centro de detención. Al día siguiente, luego de que su esposa y su hermano lo visitaran y advirtieran que necesitaba urgente ayuda médica, fue alojado en un hospital por diez días. Con posterioridad, el peticionario sostuvo que su confesión fue obtenida mediante maltratos y sometimiento a tortura durante su estadía en la comisaría (golpes y electroshocks, entre ellos). Tras el examen de dos médicos forenses, pudo comprobarse la correspondencia temporal entre el momento en que tuvieron lugar las lesiones examinadas y el período en que el peticionario se encontró detenido.
Argumentos: El señor Lyapin denunció estos hechos en la instancia local, pero el Comité Investigativo sólo llevó a cabo una pre-investigación, negándose a abrir la causa criminal. Ante esta negativa, el peticionario presentó la apelación en diez diversas oportunidades, las cuales fueron siempre rechazadas por los tribunales, considerando que la pre-investigación se llevó a cabo de manera completa, por lo que se decidió no iniciar la causa criminal. El Tribunal Europeo señaló que el señor Lyapin ha proporcionado detallada prueba sobre los malos tratos sufridos durante la custodia policial, junto a los reportes médicos presentados en sus alegatos. A su vez, el tribunal observó que los policías han sometido intencionalmente al señor Lyapin a dichos malos tratos, con el objetivo de obtener su confesión respecto a los delitos atribuidos. A su vez, el tribunal manifestó que la negativa de abrir la causa criminal por los hechos de tortura sufridos vulneró la obligación del Estado de realizar una investigación efectiva, acorde con el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En ese sentido, señaló que dicha negativa fomentó el sentido de impunidad de los miembros policiales. El tribunal destacó que una investigación efectiva ante alegaciones serias de malos tratos, de parte de la policía o agentes similares del Estado, en cumplimiento del artículo 3, resulta esencial para mantener la confianza pública en las autoridades.
Tribunal : Tribunal Europeo de Derechos Humanos - TEDH
Voces: TORMENTOS
TORTURA
POLICÍA DE SEGURIDAD
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Lyapin v. Rusia.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia internacional

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