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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 30-jun-2009 | Natunen v. Finlandia | Tres hombres planearon adquirir estupefacientes en el extranjero. Uno de los imputados viajó a ese país y contactó telefónicamente al proveedor. Un transportista ingresó las drogas al territorio nacional. La policía detuvo a los involucrados y secuestró el estupefaciente. Durante la etapa de investigación, la defensa solicitó la inclusión de todas las llamadas telefónicas interceptadas. La policía denegó el acceso a la prueba por motivos de confidencialidad. Llegada la etapa de juicio, el tribunal condenó a los acusados a penas de prisión. Los jueces probaron la coautoría mediante las escuchas telefónicas. Uno de los imputados apeló la sentencia. Para ello, argumentó la ajenidad de sus comunicaciones con el delito. Su defensa exigió la presentación de las grabaciones completas para probar este punto. Frente a este pedido, el fiscal informó que los registros habían sido destruídos por lo que la defensa quedó imposibilitada de examinar la evidencia. Los tribunales superiores rechazaron los recursos de la defensa y confirmaron la condena. Finalmente, el imputado presentó un reclamo formal ante el sistema europeo de derechos humanos. |
| 20-abr-2009 | Güveç v. Turquía | Güveç fue detenido cuando tenía 15 años bajo la sospecha de pertenecer a una organización ilegal. Se lo acusó de llevar a cabo actividades con el fin de socavar la integridad territorial del Estado, un delito castigado con la pena de muerte. A pesar de su edad, se dispuso su prisión preventiva en un establecimiento para adultos. Durante los primeros seis meses de detención, no contó con asistencia letrada. Si bien el abogado de sus co-imputados se ofreció a defenderlo, no se presentó a la mayoría de las audiencias. Aunque en el marco del juicio se atenuó la imputación, Güveç fue condenado. Sin embargo, el tribunal superior revocó la sentencia y ordenó que se realizara un nuevo juicio. Tanto Güveç como su abogado se ausentaron de la mayoría de las audiencias del nuevo debate. Sus compañeros de celda escribieron una carta dirigida al tribunal en la que informaban que Güveç tenía serios problemas psiquiátricos. Tras dos intentos de suicidio, su salud se deterioró considerablemente, por lo que el médico del establecimiento penitenciario concluyó que requería asistencia médica especializada. Finalmente, fue condenado a la pena de ocho años y cuatro meses de prisión. |
| 6-abr-2009 | Moiseyev v. Rusia | En Rusia, un hombre fue detenido y acusado de haber sido responsable de los delitos de alta traición a la patria y de haber revelado información clasificada a agentes de inteligencia extranjeros. En el marco de su detención, a los abogados del hombre se le impusieron restricciones arbitrarias para visitarlo. Asimismo, durante la fase de instrucción, las pruebas sobre las cuales se basó la acusación permanecieron bajo custodia en un departamento especial que fue inaccesible para sus abogados hasta que comenzó el juicio en su contra. En el mismo sentido, se ordenó que todo intercambio documental entre el hombre acusado y sus defensores sea revisado y autorizado por la administración del centro penitenciario en el que estaba alojado. En contra de las limitaciones al ejercicio de su defensa y en atención a sus condiciones de detención, el hombre interpuso una queja formal que no fue respondida en sede nacional. De forma posterior, presentó la solicitud ante el sistema europeo de derechos humanos. |
| 6-ene-2009 | Amparo directo civil 6-2008 Suprema Corte de Justicia de la Nación de México | Una persona trans realizó un juicio de rectificación de acta y demandó al director del Registro Civil del Distrito Federal a los fines de la rectificación de su nombre y sexo, en virtud del diagnóstico de un estado intersexual denominado “seudohermafroditismo femenino”, consecuencia de una deficiencia enzimática y virilización de órganos sexuales externos, y haber sido sometida, primero, a un tratamiento hormonal inducido o tratamiento de asignación hormonal feminizante, toda vez que su aspecto físico, psicológico y social era el de una mujer. Además, solicitó que se elaborara una nueva acta sin dejar constancia de aquella situación. El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción y concedió el cambio de nombre y sexo con anotación marginal en la partida. |
| 18-dic-2008 | Saviny v. Ucrania | Los peticionarios, marido y mujer, eran ciegos desde su infancia. Dieron a luz a siete hijos. Cuatro de ellos fueron llevados a los servicios sociales en 1998. Los otros tres fueron puestos en la misma situación en virtud de una sentencia judicial de 2006. Las autoridades nacionales alegaron que la falta de medios financieros y las cualidades personales de los peticionarios ponían en peligro la vida, la salud y la educación moral de todos sus hijos. Los peticionarios apelaron la sentencia sin éxito. |
| 27-nov-2008 | Salduz v. Turquía | El 29 de mayo de 2001, Yusuf Salduz participó en una manifestación que fue declarada ilegal. El peticionario –menor de edad cuando ocurrieron los hechos– fue arrestado e imputado por prestar ayuda a una organización terrorista. Un día después de la detención, la policía registró una declaración en la que el señor Salduz admitía los cargos que se le atribuían. Sin embargo, el nombrado negó el contenido de su declaración, que –alegó– había sido extraída bajo coacción. Durante el juicio oral se retractaron cinco coimputados que habían testificado en su contra durante la investigación preliminar. Sin embargo, el tribunal lo condenó a partir de la confesión obtenida bajo custodia policial. |
| 30-oct-2008 | Bayarri v. Argentina | El 18 de noviembre de 1991, Juan Carlos Bayarri, de nacionalidad argentina, fue detenido por la policía en la provincia de Buenos Aires, sospechado de haber participado en un secuestro extorsivo. Fue llevado a un centro clandestino de detención, donde fue sometido a torturas. El 24 de noviembre, casi una semana después de su detención, fue trasladado al Juzgado de Instrucción para prestar declaración. Allí presentó unas hojas en las que confesaba su participación en el secuestro, aunque más tarde desconoció esa confesión y denunció haber sido torturado y amenazado por la policía. No obstante, el juzgado admitió la confesión como prueba de cargo y dictó su prisión preventiva. Bayarri estuvo privado de su libertad por casi 13 años y, en 2001, fue condenado a prisión perpetua. En 2004, la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia al declarar inválida la confesión por haber sido obtenida bajo tortura y anuló todos los actos procesales derivados de ella. En consecuencia, lo absolvió y ordenó su libertad. En 2006, a raíz de sus denuncias, los policías involucrados fueron procesados por detención ilegítima y tortura. Sin embargo, transcurridos casi 16 años desde los hechos, el Estado argentino no había proporcionado una respuesta judicial adecuada sobre la responsabilidad penal de los autores ni había reparado de modo alguno las violaciones sufridas por Bayarri. |
| 18-sep-2008 | T-920/08 | Un hombre fue acusado del delito de tráfico de armas de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas. La fiscalía inició una investigación preliminar en su contra y ordenó un allanamiento en el domicilio de la persona investigada. El afectado no recibió explicaciones sobre los motivos de la actuación en ese momento. El hombre investigado solicitó una copia del expediente, con el argumento de que necesitaba preparar su defensa técnica. La fiscalía negó la entrega de los documentos con el argumento de que la investigación preparatoria está sujeta a reserva judicial y que el afectado no tenía la condición formal de imputado. Luego, la fiscalía archivó la investigación por falta de pruebas para formular cargos. El interesado reiteró su pedido de copias frente a la nueva situación procesal. Ante un nuevo rechazo el afectado interpuso acción de tutela por vulneración de sus derechos de petición y debido proceso. El tribunal interviniente negó el amparo, consideró que la fiscalía respondió de forma oportuna y que la reserva resultó legítima. |
| 25-abr-2008 | Amrhein y otros v. Costa Rica | Amrhein y otras dieciséis personas fueron condenadas penalmente y no contaron con la posibilidad de requerir una revisión amplia de las sentencias dictadas en su contra. Esto, dado que, de acuerdo con la normativa procesal penal vigente en Costa Rica en ese momento, los condenados contaban con un recurso de casación restringido a cuestiones de derecho. Además, la prisión preventiva a la que fue sometido uno de los peticionarios durante la tramitación del procedimiento penal no se ajustó a derecho y excedió del plazo razonable según lo permitido por la legislación. Por ese motivo, presentaron una denuncia en el sistema interamericano de derechos humanos. Más tarde, la Comisión Interamericana emitió el Informe Nº 33-14 por el que concluyó que el Estado era responsable por la violación del derecho a recurrir el fallo (artículo 8.2 h), del derecho a un juez imparcial (artículo 8.1), del derecho a la libertad personal (artículos 7.1, 7.2 y 7.5) y del derecho a la integridad personal (artículos 5.1 y 5.2). Más allá de eso, con posterioridad, el caso fue sometido a la decisión de la CorteIDH. Cabe destacar que, después de que la CorteIDH se pronunciara en “Herrera Ulloa v. Costa Rica” (2 de julio de 2004), el Estado efectuó dos reformas legislativas con el objeto de subsanar las limitaciones del recurso de casación. Con la sanción de las leyes Nº 8503 (2006) y Nº 8837 (2010) dispuso, mediante cláusula transitoria, un procedimiento de revisión o de adecuación del recurso frente a las sentencias firmes en las que se hubiera planteado la vulneración al art. 8.2.h CADH. |
| 27-feb-2008 | Die Linke | Tres abogados y una periodista, miembro del partido de izquierda (Die Linke) de Renania del Norte-Westfalia, impulsaron una acción judicial contra las disposiciones de la Ley de Protección de la Constitución del Estado Federal. La normativa autorizaba a los servicios de inteligencia, en su labor de lucha contra el terrorismo, a llevar a cabo acciones como el monitoreo e intercepción de datos en tiempo real de comunicaciones electrónicas y el "registro remoto" de sistemas informáticos mediante el uso de software malicioso (malware), especialmente a través de una clase de malware conocida como "troyanos". Los demandantes argumentaron que estas prácticas de los servicios de inteligencia comprometían la confidencialidad e integridad de los sistemas de tecnología de la información. Por su parte, el Estado provincial sostuvo que el debate debería centrarse en el derecho a la privacidad de las telecomunicaciones, mientras que el Estado federal argumentó que la disputa debía encuadrarse en el ámbito de la garantía de inviolabilidad del domicilio. |
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