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FechaTítuloResumen
16-jun-2022Vaca (reg. N° 713 y causa N° 39)Durante un operativo sobre una ruta, personal de Gendarmería Nacional detuvo a una mujer que viajaba en un vehículo. En el acta, los agentes describieron que la mujer presentaba un estado de nerviosismo. En ese sentido, indicaron que le temblaban las manos, respondía con voz entrecortada y se contradecía en sus dichos. Además, observaron que llevaba poco equipaje en relación con los días que manifestaba que iba a viajar. Los agentes se comunicaron con el juzgado de turno y solicitaron autorización para realizarle un estudio radiográfico. En ese momento, trasladaron a la mujer a un hospital donde manifestó “de manera espontánea” y en presencia de testigos que llevaba algo en su cuerpo. Luego, el médico interviniente detectó la presencia de elementos extraños. La mujer, en presencia de una testigo, la custodia y el médico, extrajo de su interior dos paquetes envueltos en cinta adhesiva. Por ese hecho se le imputó el delito de tenencia de estupefacientes.; Durante el proceso, se realizó un informe que indicaba que estaba a cargo de tres niños pequeños, sin sustento económico que le permitiera satisfacer sus necesidades básicas y sin un núcleo familiar de contención que pudiera suplir esas falencias. En la etapa de juicio oral, se suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El tribunal interviniente condenó a la mujer a la pena de un año de prisión en suspenso. Asimismo, le impuso reglas de conducta por el término de dos años. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, sostuvo que el plazo de la pena accesoria que se había impuesto resultaba desproporcionado, arbitrario e irrazonable. En ese sentido, explicó que no guardaba relación con la pena principal y solicitó que se le impusiera el cumplimiento de reglas de conducta por un plazo que no excediera el año. En la instancia de casación, el representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que el procedimiento se había realizado sin la correspondiente orden judicial y sin que se verificaran los supuestos que habilitaban la detención, requisa e inspección corporal. En ese sentido, sostuvo que no había existido una sospecha objetiva de que la imputada cometía un delito. Así, explicó que la actitud de nerviosismo al serle requeridos sus documentos no constituía una causa probable ni legal para el inicio de ese tipo de procedimiento. Por último, indicó que se había visto comprometido el secreto médico y la confidencialidad de los profesionales de la salud. Por esa razón, solicitó que se declarara la nulidad de todo lo actuado y, sin reenvío, se absolviera a la mujer.
1-oct-2021Tejerina (causa N° 20364)En un control de rutina llevado a cabo por la Gendarmería Nacional se inspeccionó un auto que trasladaba a cuatro personas. Una de las pasajeras afirmó que no tenía ningún documento que acreditara su identidad. Por ese motivo, el personal de Gendarmería decidió corroborar sus datos en el sistema de antecedentes. En ese sentido, la invitaron a ingresar a un recinto. Luego, los integrantes de la Gendarmería dejaron a la mujer en la habitación y buscaron dos testigos para que presencien su requisa. Al regresar, notaron que debajo de un mueble había dos paquetes. En ese momento, en presencia de los dos testigos, la mujer manifestó que los paquetes no le pertenecían. La prueba de campo "Narcotest" realizada con posterioridad determinó que la sustancia de los paquetes era cocaína. La mujer fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. Entre los motivos de la acusación, se tuvo en cuenta lo declarado por una integrante de la Gendarmería Nacional respecto de la pertenencia de la sustancia a la pasajera del vehículo. El tribunal interviniente condenó a la mujer como autora responsable del delito de transporte de estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se haga lugar al recurso interpuesto por la defensa. Sobre este aspecto, sostuvo que se trató de una detención para identificación sin la existencia de una causa probable relativa a la comisión de un delito o contravención.
8-mar-2021Sandoval Subiabre y otro (Causa N° 24329)Dos hombres se encontraban dentro de un vehículo que estaba estacionado en la orilla de un río. En el marco de un patrullaje de prevención, personal policial observó el vehículo y se acercó para identificar a sus ocupantes. Luego de que los hombres se identificaran de manera inmediata, los oficiales realizaron un palpado de armas preventivo. Al constatar que entre las prendas de uno de ellos había estupefacientes, los oficiales requisaron el vehículo y encontraron marihuana, una balanza de precisión digital y dinero. Ambas personas fueron procesadas con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de apelación y planteó la nulidad del procedimiento. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia hizo lugar al planteo y sobreseyó a los imputados. Para decidir de ese modo, consideró que el accionar del personal policial no se ajustó a los recaudos que los habilitaba a proceder sin orden judicial y que el palpado preventivo no tenía ninguna justificación. Ante esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
30-nov-2020De Vido y otros (causa Nº 9608)En noviembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la ley Nº 27.304 que había modificado el artículo 41 ter del Código Penal. Esa modificación amplió el catálogo de delitos que autorizaban la utilización de la figura de “arrepentido”. En el marco de una investigación penal, un grupo de personas se acogió a esta figura y prestaron declaraciones que incriminaban a funcionarios del Estado por delitos de corrupción. Fue así que se suscribieron acuerdos de colaboración con el representante del Ministerio Público Fiscal. Los documentos fueron homologados por el juzgado y se remitieron copias digitalizadas de las actas y de los acuerdos de colaboración celebrados. A partir de sus declaraciones, varias personas fueron imputadas por hechos ocurridos entre los años 2008 y 2015. Durante el proceso, las defensas plantearon la inconstitucionalidad de la Ley del Arrepentido. El tribunal interviniente rechazó los planteos. Por ese motivo, las defensas impugnaron la decisión. Ante un nuevo rechazo, interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, sostuvieron que la norma violaba las garantías de prohibición de autoincriminación, igualdad ante la ley y debido proceso. En ese sentido, afirmaron que una vez que el imputado “arrepentido” declaraba en esos términos, si se desdecía o mentía debía afrontar una imputación en los términos del artículo 276 bis del Código Penal. Entonces, argumentaron que esa situación derivaba en una violación a la garantía de no autoincriminación. Así, plantearon que la ley Nº 27.304 no podía aplicarse de manera retroactiva porque no resultaba más benigna que la vigente al momento de la supuesta comisión de los hechos investigados. Por último, las defensas criticaron la forma en que las declaraciones de los imputados “arrepentidos” habían sido tomadas ya que no se habían registrado por un medio técnico idóneo que garantizara su posterior contralor. Por ese motivo, solicitaron la nulidad de las declaraciones de los imputados “arrepentidos”.
17-ago-2016Chiarelli, Ricardo Marcelo y otroLas autoridades del Establecimiento Penitenciario Nº 2 de Villa María, Córdoba, habían restringido el derecho de visitas del condenado mediante una sanción disciplinaria que no fue oportunamente informada a la defensa. El Juez de Ejecución Penal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Córdoba confirmó la sanción impuesta. La defensa interpuso recurso de casación contra esa decisión, cuya denegación motivó el ejercicio de la vía directa.
3-feb-2016Yegros, MirthaEn el presente caso, el Juzgado de Ejecución, frente a una sanción disciplinaria impuesta por el SPF, había declarado la nulidad absoluta del acta de notificación y descargo y de todos los actos realizados consecutivos. En razón de ello, ordenó que se instruya el proceso disciplinario nuevamente. Frente a ello, la defensa interpuso un recurso de casación en el que alegó, entre otras cuestiones, que se vulneraron las garantías de defensa en juicio, ne bis in idem y debido proceso.
29-dic-2015C, VGEl juzgado de ejecución había declarado cumplidas las reglas de conducta impuestas con la suspensión del juicio a prueba y remitió las actuaciones al tribunal oral. En esa instancia, el fiscal se opuso a la declaración de extinción de la acción penal por considerar que el imputado había cometido un delito durante el período de suspensión. Entonces, solicitó que se suspenda el tratamiento de la extinción hasta que se resuelva el proceso sustanciado en virtud de ese hecho. El tribunal declaró extinta la acción penal y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación.
15-sep-2015Arias, Carlos AlbertoEn el presente caso, el tribunal oral había condenado al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de privación ilegítima de la libertad en concurso real con homicidio doblemente agravado por alevosía y concurso premeditado de dos o más personas. Frente a esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación en el que cuestionó la pena establecida y la falta de realización de la audiencia de visu.
21-may-2015Gutiérrez Hurtado, Rosa EstherUna mujer había solicitado ayuda médica urgente por sufrir fuertes dolores en su abdomen. Inmediatamente después de haber sido asistida, el médico que la atendió informó a la policía que ese malestar era producido por una serie de cuerpos extraños ubicados en su vagina que –se determinó posteriormente– contenían cocaína. En razón de ello se inició un proceso penal. La defensa –sin embargo– planteó la nulidad de lo actuado por considerar violada la garantía contra la autoincriminación y el secreto profesional médico. El juzgado de instrucción rechazó el planteo y la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó esa resolución. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación. El fiscal que intervino ante la Cámara de Casación dictaminó que debía hacerse lugar a la impugnación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso.
20-abr-2015Velez Sabino, Johan EdisonEl Tribunal Oral había resuelto rechazar la nulidad deducida por la defensa contra el auto que declaró la firmeza de la sentencia condenatoria. Dicho planteo tuvo lugar a partir de la afectación del derecho del imputado al recurso en razón de que su asistente técnico, durante el plazo para promover las vías recursivas correspondientes, renunció a continuar ejerciendo la defensa. El tribunal aceptó la renuncia y, ante la incomparecencia del imputado, decretó la firmeza de la sentencia y ordenó su captura. Contra esa decisión, se interpuso recurso de casación.