Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 22.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
30-nov-2023HOF (Causa N° 12390299)Una persona con una discapacidad psicosocial fue detenida por la comisión de un delito. Durante la detención, el juzgado advirtió que había sido privada de su libertad más de cien veces en complejos penitenciarios y centros de salud mental. Sin embargo, había sido sobreseída en un gran número de esas causas. En ese contexto, el juez ordenó una pericia médica. El informe indicó un diagnóstico de esquizofrenia y consumo problemático de drogas. Además, reveló que carecía de medios económicos y no tenía contención familiar. En consecuencia, su defensa presentó una acción de habeas corpus. Al respecto, destacó que el lugar donde se encontraba detenida perjudicaba su salud. Además, sostuvo que requería atención médica interdisciplinaria y que, en el futuro, no debía ser privada de su libertad por el sistema penal. En ese sentido, enfatizó que el sistema de salud debía adoptar medidas alternativas conforme a los derechos humanos y a las disposiciones de la Ley de Salud Mental.
15-ago-2023ZMMD (Causa N° 46694)En una causa penal un hombre fue sobreseído por inimputabilidad. En esa oportunidad, se le impuso una medida de seguridad y se ordenó que cursara una internación involuntaria por motivos de salud mental. En ese marco, se resolvió que el control de la medida quedaría a cargo del juzgado de ejecución penal. Sin embargo, se remitieron copias de las actuaciones al fuero civil para que tomara intervención y evaluara si era necesario restringir su capacidad jurídica. Así, la Defensoría de Menores e Incapaces solicitó el inicio de un proceso de determinación de la capacidad jurídica. En base a ese dictamen, el juzgado hizo lugar al pedido y ordenó la apertura a prueba. Asimismo, se encontraba interviniendo la Unidad de Letrados Art. 22 Ley 26.657 de la Defensoría General de la Nación que había asumido la defensa técnica del hombre en el marco de la internación. En virtud de ello, el defensor público coadyuvante interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la decisión de abrir el proceso a prueba. En su presentación, sostuvo que lo dispuesto no resultaba acorde a la normativa de derechos humanos que amparaba la presunción de capacidad jurídica y que sólo admitía la apertura de esos procesos en beneficio de la persona involucrada. El defensor enfatizó que la restricción de la capacidad jurídica tenía como únicos fines el respeto de los derechos y la promoción de la autonomía personal de la persona. Entre sus argumentos, señaló que debía realizarse un interpretación constitucional y convencional de las normas procesales y sustantivas aplicables. En este sentido indicó, por un lado, que no se había dado cumplimiento con los requisitos del artículo 624 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para establecer la apertura de la etapa probatoria. Por el otro, expuso que la exigencia de dos certificados médicos no se ajustaba al actual paradigma que requería evaluaciones de carácter interdisciplinario, según lo establecía el artículo 31 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley Nº 26.657 de Salud Mental. De esa manera, el aporte exclusivo de la disciplina médica era insuficiente para promover su inicio. Sobre esa cuestión, destacó que se había sometido a su asistido a transitar un proceso judicial en el que se investigaba sobre su salud mental y se indagaba sobre su autonomía. Resaltó que tampoco se habían expuesto ante la autoridad competente hechos que motivaran el inicio de las actuaciones. En ese aspecto, advirtió sobre el peligro que constituiría la equiparación entre la internación y la noción de incapacidad o la restricción de la capacidad jurídica. Por último, el defensor señaló que no se le había dado participación a su asistido desde el comienzo, lo que contrariaba su derecho a ser oído y a la defensa en juicio.
16-feb-2023Ruggunielo (Causa N° 3018)Un agente policial vio a un hombre en el interior de un vehículo con la puerta delantera abierta. Al dar la voz de alto, el varón emprendió la fuga y arrojó una bolsa negra. Sin embargo, lo detuvo y encontró dentro de la bolsa, entre otras cosas, un estéreo y un parlante. Por ese hecho, el hombre fue imputado por el delito de robo en grado de tentativa. Durante la instrucción, se incorporó un informe médico legal que daba cuenta de que el imputado presentaba signos clínicos de aparente neurotoxicidad aguda. Además, el análisis toxicológico de orina detectaba la presencia de cocaína en su organismo. Por otro lado, el informe psiquiátrico efectuado por el Cuerpo Médico Forense concluía que era verosímil que el acusado presentara un estado de intoxicación aguda y que no tuviera la suficiente capacidad para comprender y dirigir sus acciones al momento de los hechos. El juzgado interviniente dictó su procesamiento. Para así decidir, se basó en una videograbación del suceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Al respecto, indicó que la persona no había comprendido la ilicitud de sus actos ni había podido dirigir su accionar porque había consumido estupefacientes. En ese sentido, fundó su planteo en las conclusiones del informe médico psiquiátrico del Cuerpo Médico Forense.
12-abr-2022Prieto (Causa n°1454)Un hombre agredió a su pareja que se encontraba embarazada mediante golpes, estrangulamiento y cortes en sus muñecas y su cuello. Durante el episodio, provocó la muerte del feto de treinta y seis semanas de gestación. Luego, se autolesionó. El hombre fue imputado por lesiones leves y aborto causado sin el consentimiento de la mujer. Por su parte, los peritos del cuerpo médico forense indicaron que el imputado no presentaba ninguna enfermedad mental. En el marco del juicio oral, uno de los peritos indicó que al momento del hecho el imputado padeció un trastorno depresivo con intentos de suicidio que “alcanzó un nivel de alteración morbosa”, en los términos del artículo 34, inciso 1° del Código Penal. Entonces, la defensa solicitó su absolución por considerar que no se había acreditado la capacidad de culpabilidad de su asistido. El tribunal oral condenó al hombre a la pena de seis años de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-oct-2021Aráoz (Causa n°649)Un hombre le arrojó alcohol y prendió fuego a su esposa, que luego falleció producto de esa agresión. Entonces, fue procesado por el delito de homicidio agravado por el vínculo, por ensañamiento y mediando violencia de género. En el marco del proceso, el cuerpo de peritos psiquiátricos de la policía de Corrientes realizó un peritaje por el que se consideró que el hombre podía ser inimputable. De forma posterior, los hijos de la víctima, constituidos como querella, impugnaron el peritaje. Luego, el tribunal interviniente, con base en el informe del peritaje psiquiátrico, sobreseyó el imputado. La querella apeló la decisión y la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Corrientes declaró erróneamente concedida la apelación. Contra esa decisión, la querella presentó un recurso de casación que fue denegado. Entonces, presentó un recurso de queja que fue rechazada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso extraordinario federal en el que invocó, entre otras cosas, que la resolución era arbitraria y que se había violado su derecho constitucional al doble conforme. El recurso fue declarado inoficioso por el incumplimiento de los recaudos procesales establecidos en la Acordada n° 4/2007. Por último, la querella presentó un recurso de queja.
16-dic-2020Marquiegui (causa N° 93003277)Una persona imputada en un proceso penal comenzó a evidenciar un deterioro grave en sus capacidades psicológicas. Los informes del Cuerpo Médico Forense determinaron que su condicio?n afectaba de forma severa “su capacidad de raciocinio, evocacio?n de datos a circunstancias de su historia vital y comprensio?n de su situacio?n procesal”. Además, caracterizaron la patología que la afectaba como “cro?nica, progresiva e irreversible”. En estas circunstancias, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata dictó su sobreseimiento. Para arribar a dicha resolución, consideró que el imputado tenía una incapacidad mental sobreviniente de carácter irreversible que tornaba aplicable lo previsto en el art. 339 inc. 2 CPPN. Contra esta decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación.
27-oct-2020Olmedo (causa N° 7488544)Una niña de doce años inició una relación de convivencia con un hombre de veintisiete y tuvie-ron tres hijas. Durante catorce años, sufrió violencia de género de manera sistemática por par-te de él. En una oportunidad, el varón había ido a una fiesta, la mujer fue a buscarlo y lo encon-tró en una habitación consumiendo estupefacientes. Entonces, ella tiró la sustancia al suelo y le recriminó que mientras él se drogaba sus hijas no tenían para comer. El hombre salió de la vi-vienda, la mujer tomó un cuchillo y el dueño de la casa, al advertir lo sucedido, intentó impedir que saliera con el arma. Ella le arrojó un puntazo a la altura del abdomen sin lastimarlo y salió de la casa, interceptó a su concubino y lo apuñaló en el pecho. La mujer llamó a una ambulan-cia, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue detenida y procesada por el deli-to de homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenua-ción. En el juicio oral, la mujer declaró que cuando tenía dieciséis años había denunciado al hombre por violencia y la habían llevado a un instituto de menores de edad hasta que la fue a buscar su padre y le dijo que debía irse a vivir con su pareja. La imputada refirió que al principio de la rela-ción no lo veía como un hombre sino como una figura paterna. Luego contó que trabajaba como empleada doméstica y de la municipalidad, que el dinero que ganaba lo administraba el hombre. Explicó que estaba cansada de sufrir los golpes y agresiones pero no podía terminar la relación porque él la amenazaba con quitarle a sus hijas si se iba. En particular, contó que el día del hecho le preguntó al hombre por qué se drogaba y que él, antes de salir de la fiesta, la miró “de esa forma que me miraba” y le dijo “esto lo arreglamos en casa”. Expuso que en ese mo-mento temió por su vida y que por ese motivo se defendió. Luego explicó que cuando se dio cuenta de lo que había hecho tomó el teléfono y llamó a la ambulancia. Manifestó que como no había podido comunicarse, llamó a la policía y les dijo que solo se había defendido. Asimis-mo, declaró la hermana de la imputada, quien relató que en dos ocasiones había escuchado amenazas de muerte por parte del hombre y que le había pegado en varias ocasiones adelante suyo. También contó que en una oportunidad le había querido disparar y que la hirió con un hacha en la frente. Por último, relató que cuando ella tenía doce años el hombre la había viola-do y la había amenazado con matar a su sobrina si contaba lo sucedido. En igual sentido, el resto de los testigos contaron que habían presenciado hechos de violencia de género, y una de ellos expresó que “todo el pueblo casi siempre la vio golpeada”. Por otro lado, la licenciada en psicología que intervino en la causa declaró que la imputada reconocía haber sufrido hechos de violencia y situaciones de abuso sexual, pero los minimizaba. En esa dirección, aclaró que la mujer padecía una precariedad total y que se advertía una dominación absoluta por parte del hombre. Asimismo, explicó que la imputada tenía “alergia sensitiva” ya que había desarrollado una capacidad de adaptación que bajaba el umbral de tolerancia y generaba una sobrecarga emocional que podía llevar a una reacción impulsiva y de descarga desmedida frente al mínimo estímulo. Por esa razón, sostuvo que el impulso la había arrebatado y no habían actuado sus frenos inhibitorios. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la mujer había actuado en legítima defensa en un contexto de violencia de género y solicitó su absolu-ción. En el mismo sentido se expresó la defensa. Sin embargo, la querella argumentó que la imputada tenía otras alternativas como irse del hogar, calificó el hecho como homicidio califi-cado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación y solicitó la pena mínima de ocho años de prisión.
30-may-2019ZC (causa Nº 19762)Un hombre dejó estacionada una moto con la llave puesta en un estacionamiento privado. Al volver, el vehículo no estaba y el hombre denunció el siniestro. Un joven de 16 años fue encontrado en posesión de la moto y fue procesado por el delito de encubrimiento agravado por actuar con ánimo de lucro. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que el hecho imputado constituía el delito de hurto y postuló el sobreseimiento de su asistido en los términos del artículo 1 de la ley N° 22.278.
29-may-2019Berardi (Causa Nº 63181)Una mujer registraba tres expedientes por intentos de hurto de artículos de supermercado. Las causas se encontraban acumuladas. La fiscalía advirtió que en los procesos se registraban distintos informes sobre su capacidad. Algunos sugerían que la imputada padecía un trastorno en su personalidad que podía incidir en su autonomía psíquica. Además, uno de ellos señalaba que la mujer había sido sobreseída respecto de cuatro hechos constitutivos de los delitos de hurto y robo por no haber podido dirigir sus actos. El Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la DGN elaboró un informe sobre sus antecedentes médicos y concluyó que el trastorno de personalidad que la imputada padecía era grave y le dificultaba su autocontrol. Asimismo, indicó que su cuadro configuraba una alteración en sus facultades mentales que le había impedido dirigir sus actos. Por su parte, el Cuerpo Médico Forense señaló que, si bien la mujer habría contado con capacidad para comprender y dirigir sus acciones, el trastorno que padecía podría haber incidido en su plena autonomía psíquica para realizar los hechos imputados. Sobre la base de dichas consideraciones, la fiscalía solicitó su sobreseimiento en los términos del art. 336, inciso 5 del CPPN.
26-sep-2018Miguel (causa Nº 29881)Un hombre fue imputado por una defraudación cometida mediante manipulación informática. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó que se practicara un amplio informe médicopsiquiátrico, con el fin de determinar el estado de salud psicofísico de su asistido. Por esa razón, se dio intervención al Cuerpo Médico Forense, que elaboró dos informes. El primero indicó que las facultades mentales del imputado no encuadraban dentro de los parámetros considerados normales. En tal sentido, concluyó que no había podido tener una comprensión cabal de la criminalidad del hecho. El segundo informe estableció que el hombre presentaba un retraso madurativo leve que le restaba aptitud para la comprensión y valoración integral de situaciones de mediana o gran complejidad. En esa línea, puntualizó que era una persona vulnerable y fácilmente influenciable por terceros. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se declarara inimputable a su asistido, en los términos del artículo 34, inciso 1º, del Código Penal y se lo sobreseyera. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado no se encontraba en condiciones de comprender la criminalidad del hecho ni poseía completa autonomía psíquica para dirigir sus acciones, por lo que se expidió de la misma manera.