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8-nov-2016ECGUna persona se encontraba imputada por el delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja y por haber mediado violencia de género. En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, fue condenada a la pena de un año de prisión de ejecución condicional. Además, el tribunal dispuso, de oficio, una prohibición de acercamiento físico a su pareja por el término de tres años. Para decidir de ese modo, los jueces tuvieron en cuenta la naturaleza de los hechos probados y un informe elaborado por la Oficina de Violencia Doméstica, del que se desprendía que existía una situación de alto riesgo para la víctima. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-nov-2016M, FJDVarias personas fueron llevadas a juicio. Una de ellas se encontraba detenida bajo el régimen de arresto domiciliario. Durante el debate oral, este individuo le entregó a su coimputado un teléfono celular sin chip en el pasillo de antesala a la sala de audiencias. Por este motivo el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Córdoba, en uso de la facultad disciplinaria del art. 370 CPPN, le impuso una sanción de cinco días de arresto. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Allí argumentó, entre otras cuestiones, que la resolución carecía de fundamentación.
1-nov-2016ACCGSe le atribuía a una persona la comisión de los delitos de amenazas coactivas mediante el uso de armas y portación de arma. El Tribunal Oral consideró que el imputado no había podido comprender la criminalidad del acto ni dirigir sus acciones. Por esa razón, lo declaró inimputable y dispuso su absolución. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, revocó la decisión y reenvió la causa al tribunal de origen. Para ese entonces, uno de los jueces que había intervenido en el juicio ya no integraba el Tribunal Oral. La defensa planteó la excepción de falta de acción y solicitó el sobreseimiento de su representado. Entre otras cosas, sostuvo que no era posible dar cumplimiento a la resolución de la CFCP debido a que uno de los jueces que integraba el TOC no había participado del debate. En ese sentido, consideró que el dictado de una nueva sentencia demandaría la realización de un nuevo juicio oral, lo que implicaría una afectación del principio ne bis in idem. El Fiscal General se pronunció de acuerdo con la defensa.
31-oct-2016RMJL (dictamen PGN)Un joven fue imputado por el delito de robo, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. En particular, la defensa sostuvo que el instituto solicitado podía constituir una solución alternativa al proceso en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Por tal razón, entendió que la decisión del tribunal resultaba arbitraria. La CFCP, con base en el plenario “Kosuta”, consideró que la probation no era aplicable al caso, por cuanto el máximo de la pena del delito reprochado superaba los tres años de prisión. En esa línea, declaró mal concedida la impugnación. Por tal razón, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
25-oct-2016Carrera, Fernando ArielUn hombre cometió un robo y huyó en su automóvil. En ese momento, personal policial que no se había identificado ocasionó una maniobra de evasión por parte del hombre, que huyó en su vehículo. En ese contexto, el hombre recibió un disparo y perdió la conciencia. De esa manera, con una disminución de sus facultades, continuó la marcha y ocasionó lesiones y la muerte a algunas personas. Finalmente, colisionó contra otro vehículo. Luego del choque, los policías le habrían disparado dieciocho veces, alcanzándolo con ocho impactos y provocándole lesiones gravísimas. Desde el comienzo del proceso penal, la defensa había denunciado distintas irregularidades en la actuación de la policía que habrían determinado la imputación del hombre. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de treinta años de prisión por los delitos de robo agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado reiterado en tres oportunidades, lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, abuso de armas de fuego y portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CFCP confirmó la sentencia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa resolución y dispuso el reenvío para el dictado de un nuevo fallo. En tal oportunidad, la misma Sala de la CFCP –con distinta conformación– absolvió al imputado por el delito de abuso de armas y lo condenó a la pena de quince años de prisión como coautor del delito de robo agravado por su comisión con armas de fuego, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas y con lesiones culposas graves y agravadas por esas mismas circunstancias y lesiones culposas leves, también en concurso real con portación de arma de guerra, sin la debida autorización legal. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso extraordinario. Luego de ser rechazado, presentó un recurso de queja.
18-oct-2016C, RO c. C, ONEn el marco de un contrato de fideicomiso sobre bienes provenientes de una herencia se estableció como fideicomisaria a una niña y a otras dos personas. El padre de la niña inició una demanda de nulidad de acto jurídico contra los otros beneficiarios del contrato con el objeto de que los bienes regresen a la herencia de los padres –prefallecidos– del actor. Uno de los codemandados solicitó la designación de un abogado del niño para que se resguarden sus intereses. El juez de primera instancia desestimó la petición por considerar que la niña ya contaba con la representación de la Asesora de Menores. El codemandado interpuso recurso de apelación.
4-oct-2016PLREn 2008, el Tribunal Oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. En 2011, el Juzgado de Ejecución tuvo por cumplidas las reglas de conducta impuestas y remitió las actuaciones al Tribunal Oral. Este último declaró en 2012 la nulidad de la resolución y reenvió la causa al juzgado para la sustanciación de la audiencia prevista en el art. 515 CPPN. La defensa interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la CFCP revocó la sentencia, tuvo por cumplidas las pautas establecidas para la suspensión y reenvió las actuaciones al Tribunal Oral. En 2015, volvió a revocar la probation. Para llegar a esa conclusión, consideró que el Juzgado de Ejecución en 2011 había extendido a tres años el plazo de cumplimiento y que, durante ese término, el imputado cometió otros dos delitos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-sep-2016CA, EJLa DNM declaró irregular la permanencia en el país de una persona extranjera y ordenó su expulsión del territorio nacional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de alzada que también fue rechazado. En consecuencia, se presentó en calidad de gestor administrativo (art. 48 CPCCN) y accionó judicialmente (art. 84, ley Nº 25.871). Ante la falta de contacto con su asistido, la defensa pidió la suspensión de los plazos procesales y ser designada en calidad de “defensor de ausentes” (art. 60 inc. a, ley Nº 24.946). La jueza de primera instancia rechazó el pedido de suspensión y tuvo por designada a la defensora. La DNM planteó la nulidad de todo lo actuado. Al respecto, alegó que había vencido el plazo previsto en el artículo 48 CPCCN sin que el actor haya ratificado la gestión. La magistrada rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la autoridad migratoria interpuso un recurso de apelación.
6-sep-2016Mabuza Moses (PGN)En 2010, con motivo de una presentación efectuada por una persona extranjera a través del Procurador Penitenciario de la Nación, la DNM inició las actuaciones administrativas relativas a su expulsión del territorio nacional. La autoridad migratoria declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibición de reingreso por el término de ocho años. Sin embargo, durante este proceso, no se le dio intervención a la defensa de acuerdo a lo prescripto en el art. 86 de la ley Nº 25.871 (conf. decreto Nº 616/2010). El afectado, con el asesoramiento de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, cuestionó la disposición de la DNM después de haber vencido los plazos previstos para recurrir ese acto en sede administrativa. La Dirección Nacional de Migraciones, en lugar de revocar de oficio la resolución por violación al debido proceso (art. 90, ley Nº 25.871), trató el caso como una denuncia de ilegitimidad y desestimó el pedido. El actor interpuso un recurso judicial ante el fuero contencioso administrativo federal. Sin embargo, el juez de primera instancia, aplicó lo resuelto por la CSJN en el precedente “Gorordo” (Fallos 322:73) y no habilitó la instancia judicial para la revisión del acto administrativo. Contra dicha sentencia, se presentó un recurso de apelación que fue rechazado por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. En consecuencia, se interpuso recurso extraordinario federal que, denegado dio lugar a una presentación directa ante la CSJN.
23-ago-2016Casas, Mauricio Agustín del Valle y otroLa Cámara en lo Criminal de Cuarta Nominación de la ciudad de Córdoba había condenado a prisión perpetua a una mujer por el homicidio de su hijo (art. 80, inc. 1º). La defensa impugnó la decisión. A tal fin, sostuvo que no existía prueba de que su asistida hubiera ocasionado la muerte y que –en consecuencia– sólo podría ser considerada su participación primaria. Por otro lado, argumentó que concurrían circunstancias extraordinarias de atenuación. Ello, dado que su representada se encontraba en una situación particular de vulnerabilidad por haber sido víctima de violencia de género. El Superior Tribunal de Justicia local rechazó el recurso luego de sostener que “…aún aceptando la calificación legal sugerida [...] no se avizora cómo ello redundaría en beneficio para su asistida. Ello así […] siendo que la autoría y la complicidad primaria tienen la misma escala penal”. A su vez, respecto a las circunstancias extraordinarias de atenuación, manifestó que “…la estrategia recursiva podría en todo caso ser eficaz, si a la imputada […] se le hubiera achacado solo una conducta omisiva”. Esta decisión motivó la presentación de recurso extraordinario, cuya denegación dio lugar al recurso de queja.