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13-may-2021Vargas (Causa N° 47006)Un hombre había sido condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión. Luego de cumplir el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe que, por mayoría, se expidió de manera favorable al pedido. El Servicio Criminológico concluyó que tenía un pronóstico de reinserción social dudoso con tendencia favorable. Sin embargo, el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal se expidió de forma desfavorable. En el mismo sentido se pronunció el Área Social del Consejo Correccional, mientras que la Dirección Trabajo destacó un buen desempeño laboral. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido de libertad condicional. El juzgado de ejecución interviniente tuvo en cuenta los informes desfavorables y rechazó la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-abr-2021Maidana Espindola (Causa N° 73868)Un hombre había sido acusado por el delito de transporte de estupefacientes, regulado en el artículo 5º de la ley Nº 23.737. Por ese motivo, fue detenido en marzo de 2019. Una vez trascurrido el tiempo previsto en el artículo 317, inciso 5, del Código Procesal Penal de la Nación la defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. A su vez, pidió que se declare la inconstitucionalidad del artículo 14, inciso 10, del Código Penal de la Nación. En ese sentido, consideró que la exclusión a las personas condenadas por los artículos 5º, 6º y 7º de la ley Nº 23.737 del acceso al instituto de libertad condicional resultaba violatoria de la finalidad resocializadora de la pena y del derecho a la igualdad. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal rechazó el planteo de inconstitucionalidad, como también la excarcelación solicitada.
30-mar-2021Boudou (causa n°1302)Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de cohecho pasivo en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública. El hombre era padre de dos niños de un año. En octubre de 2018,el tribunal oral lo condenó a la pena de cinco años y diez meses de prisión. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación y solicitó que se le concediera el arresto domiciliario para cuidar a sus dos hijos. En abril de 2020, el tribunal oral otorgó la prisión domiciliaria. En diciembre del 2020, la sentencia condenatoria adquirió firmeza. Por ese motivo, la fiscalía solicitó que se revocara la prisión domiciliaria. Esta solicitud fue concedida por el juzgado de ejecución en base al dictamen fiscal presentado, sin dar intervención a la defensa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Asimismo, se presentó la Unidad Funcional para la Asistencia de Menores en representación de los niños y consideró que el hombre debía mantenerse en arresto domiciliario a fin de garantizar el interés superior de sus hijos.
14-ago-2020Gonzalez (Causa n°2204)Dos hombres fueron condenados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro años de prisión. La defensa de uno de los imputados planteó la inconstitucionalidad del artículo 14, inciso 10, del Código Penal por considerar que la imposibilidad de acceder al régimen de libertad condicional por parte de las personas imputadas por los artículos 5, 6 y 7 de la ley Nº 23.737 era violatoria del régimen de resocialización y progresividad de la pena. La fiscalía dictaminó a favor del planteo y señaló que la norma colisionaba con los principios constitucionales de igualdad, progresividad y reinserción social de las penas.
13-ago-2020Lezcano (causa Nº 1646)Una persona se encontraba detenida desde junio de 2015. En noviembre de 2018 fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada. La sentencia fue impugnada. La persona se encontraba incorporada al período de consolidación, registraba conducta ejemplar y concepto bueno y se había inscripto en el Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena. Además, por aplicación del régimen de estímulo educativo, se le habían reducido dos meses en el plazo del régimen de progresividad. El Consejo Correccional señaló que, si bien era viable su alojamiento en un régimen semiabierto, no se podía establecer un pronóstico de reinserción social toda vez que aún revestía la condición de procesada. La defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Para dictaminar de esa manera sostuvo que no correspondía la aplicación del estímulo educativo a la libertad condicional ni a la excarcelación concedida en esos términos. En ese sentido, consideró que los períodos a los que correspondía aplicar la reducción de los plazos que establecía el artículo 140 de la ley de ejecución N° 26.695 eran el de observación, el de tratamiento y el de prueba. Además, estimó que no se contaba con los elementos suficientes para determinar si existía posibilidad de trazar un pronóstico de reinserción favorable. Por último, consideró que existía un peligro de fuga ya que la sentencia, si bien no se encontraba firme, lo había condenado a una pena de prisión elevada.
12-ago-2020Rivera (causa nº 12251)En mayo de 2019 un hombre fue condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión. Luego de trece meses de detención, se le concedió la libertad condicional bajo la supervisión y el control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. En febrero de 2020 fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con escalamiento. Un mes después, fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y a la pena única de seis años de prisión. La libertad condicional no fue revocada. Al practicar el cómputo de tiempo de detención, el Tribunal Oral consideró que, en el marco de la primera causa, el imputado había estado detenido trece meses. La defensa observó el cómputo por considerar que se había omitido contabilizar el período durante el cual su asistido había cumplido la pena bajo el régimen de libertad condicional. La fiscalía dictaminó de forma favorable al planteo de la defensa.
24-jun-2020Gordillo (causa N°  275)Una persona había sido condenada a la pena de cuatro años de prisión. En julio de 2019, luego de que cumpliera tres años y veinticuatro días de detención, el tribunal dispuso su libertad condicional. En enero de 2020 fue detenido por la comisión de un nuevo delito. En mayo de 2020 fue condenado a la pena única de cuatro años y diez meses de prisión. En el cómputo de detención se consideró que la persona llevaba detenida tres años, cuatro meses y veinticuatro días. La defensa impugnó la decisión y sostuvo que debía computarse el tiempo en el que la persona había permanecido bajo el régimen de libertad condicional.
10-may-2020Llanquinao (Causa n° 11463)En 2017 un hombre fue detenido e imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En 2018 fue condenado a la pena de cuatro años de prisión y a la pena única de seis años y seis meses de prisión. El imputado había estado detenido de forma previa y había obtenido una reducción de veinte meses en los plazos para acceder a las salidas anticipadas por aplicación del régimen de estímulo educativo. En mayo de 2020, cumplidos los requisitos temporales, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió por unanimidad de modo favorable. A su turno, la fiscalía rechazó el pedido por considerar, entre otras cuestiones, que no correspondía su otorgamiento en atención a la reforma que en 2017 se había efectuado del artículo 14, inciso 10 del Código Penal. La norma dispuso que no se concedería la libertad condicional a personas condenadas por los delitos previstos en el artículo 5 de la ley 23.737.
21-abr-2020Pehuenche (causa N° 16782)Un hombre había sido condenado a la pena única de dos años y seis meses de prisión por el delito de tenencia simple de estupefacientes. El hombre se hallaba alojado en la Unidad N° 5 del SPF, había sido calificado con conducta buena y estaba en la fase de observación. No registraba  sanciones disciplinarias y se encontraba próximo a acceder la libertad condicional. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. Entre otras cuestiones, sostuvo que debía tenerse en consideración la Acordada N° 9/20 de la Cámara Federal de Casación Penal que recomendó la adopción de medidas alternativas al encierro de las personas con penas de corta duración y que reunieran los requisitos para acceder a la libertad condicional.
13-abr-2020Salgado Utus (causa n° 159577)Un hombre de nacionalidad extranjera fue condenado a la pena de cinco años y ocho meses de prisión. El tribunal dictó el cómputo del tiempo de detención y fijó el vencimiento de la pena para el día 8 de octubre de 2020. A su vez, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país y dispuso su expulsión. Su defensa impugnó la decisión. Cumplido el requisito temporal en detención, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió de manera favorable y propuso que el hombre continuara el tratamiento psicológico en libertad. Por otra parte, el Equipo Interdisciplinario del fuero criminal y correccional entrevistó al imputado por videoconferencia e informó que advertía una tendencia desfavorable para su reinserción. Para pronunciarse de esa manera consideró, entre otras cuestiones, que el hombre no expresaba arrepentimiento en relación a los hechos por los que había sido condenado. El juzgado de ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera tuvo en consideración el pronunciamiento del Equipo Interdisciplinario y la orden de expulsión dictada por la Dirección Nacional de Migraciones. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.