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31-jul-2018FJG (Causa Nº 37443)Dos jóvenes le quitaron las pertenencias a una persona que dormía en la vía pública. El chofer de un colectivo observó la situación y describió el aspecto de los jóvenes a un agente policial. Unos minutos después, el policía detuvo a dos personas que coincidían con la descripción y le secuestró a uno de ellos un teléfono celular. Entonces, se comunicó con el juzgado de turno, que le ordenó la toma de fotografías y el peritaje del aparato. El policía extrajo el chip, lo colocó en su propio teléfono y llamó a un número telefónico de la agenda de contactos, con el objeto de ubicar al damnificado. El juzgado dictó el procesamiento con prisión preventiva del joven por el delito de robo. La defensa solicitó la nulidad de la inspección del celular y de todo lo obrado en consecuencia, por considerar que el chip se había obtenido sin autorización judicial. En consecuencia, solicitó que se dispusiera el sobreseimiento de su asistido. El juzgado rechazó el pedido. En tal sentido, entendió que se habían cumplido las exigencias que habilitaban al personal policial a actuar sin orden judicial. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
28-jun-2018PLM (causa Nº 11069)Dos personas fueron imputadas por el delito de robo cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa. En la etapa de juicio, suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se les impusiera una pena de dos años de prisión. El Tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de un año y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, se cuestionó la constitucionalidad de la figura prevista en el artículo 167, inciso 2°, del Código Penal. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esta manera, consideró que el tribunal no se había apartado de lo pactado en el acuerdo y que, por lo tanto, no existía un agravio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. En esa oportunidad, sostuvo que se había desconocido el derecho de revisión de la condena y de la pena, previsto en los artículos 8, inciso 2º, apartado h, de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14, inciso 5º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
13-jun-2018MJD (Reg. N° 665 y causa N° 52062)Un hombre se dirigió a la casa del padre de su ex pareja. Al ingresar al edificio, extrajo un arma, amenazó al personal de seguridad para que lo dejara subir y expresó que quería matar al hombre. En el vestíbulo, le gritó para que le permitiera acceder a la vivienda. Al no hacerlo, disparó dos veces contra la puerta. Luego, se sentó en una escalera y apoyó el arma contra su sien. Finalmente, fue detenido. Por ese hecho, fue imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego en concurso real con homicidio en grado de tentativa, calificado por el empleo de un arma. Durante el debate, prestaron declaración testimonial la ex pareja y su padre. Ambos señalaron que no creían que el imputado tuviera la intención real de matar. En oportunidad de alegar, la fiscalía señaló que existía duda en relación con la voluntad homicida del imputado. Por tal razón, descartó la figura de homicidio y lo acusó por el delito de portación de arma de uso civil sin la debida autorización. Finalmente, solicitó que se le impusiera la pena de tres años de prisión en suspenso. El Tribunal Oral condenó al imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego, tentativa de homicidio calificado y amenazas coactivas agravadas por el uso de arma, en concurso real entre sí, a la pena de cinco años y cuatro meses de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la decisión había violado el principio de congruencia.
1-jun-2018Veron (Causa Nº 52001483)En el marco de una investigación por tráfico de estupefacientes, se identificó a una persona que comercializaba drogas en Orán, provincia de Salta. Por tal razón, el juzgado ordenó la intervención de varias líneas telefónicas. A partir de la información recabada, uno de los agentes policiales dispuso –sin orden judicial– interceptar una camioneta en un puesto de control. En esa oportunidad, la Gendarmería requisó el vehículo y halló 103 paquetes que contenían cocaína y marihuana. Entonces, el juzgado ordenó el allanamiento de cuatro domicilios, la detención del conductor de la camioneta (BDA) y de otras cuatro personas (V, BAE, E y A). En el acto de la indagatoria, se le imputó a E. haber contribuido con dinero a la compra de la camioneta. Por otra parte, se les atribuyó a V y a BAE haber participado en el transporte de los estupefacientes; sin embargo, no se explicó de qué modo contribuyeron con la organización. En etapa de juicio, las defensas plantearon la absolución de sus asistidos. Entre otras cuestiones, consideraron que no existía prueba que vinculara a E. con la compra de la camioneta. Además, la defensa de V. sostuvo la imposibilidad de ejercer la defensa ante la inexistencia de una imputación específica.
24-may-2018Borja (causa Nº 18477)Carvallo Aillon ingirió cuarenta y nueve cápsulas de cocaína e intentó cruzar la frontera en el Puente Internacional de Aguas Blancas. Lo acompañaba Borja Rodríguez. Ambos fueron detenidos e imputados por el delito de contrabando de importación de estupefacientes en grado de tentativa, en los términos del artículo 866, primer párrafo, del Código Aduanero (ley Nº 22.415). Durante el juicio oral, la fiscalía mantuvo la acusación de manera parcial. Por un lado, requirió la absolución de Borja Rodríguez, por considerar que no había tenido dominio del hecho. Por otra parte, solicitó que se condenara a Carvallo Rodríguez por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. En su alegato, la defensa rechazó la inclusión de la agravante y sostuvo que su aplicación violaría el derecho de defensa y debido proceso de su asistido.
22-may-2018MJ (causa N° 41768)Una persona fue imputada por la comisión de lesiones leves y graves. Luego de haberse fijado la fecha de debate de juicio oral, la defensa solicitó que se le concediera a su asistido la suspensión del juicio a prueba. En la audiencia celebrada en los términos del artículo 293 del Código Procesal Penal de la Nación, la fiscalía se opuso al pedido. En particular, sostuvo que no se encontraba en condiciones de determinar si la eventual pena sería de cumplimiento efectivo o en suspenso, ya que existían “circunstancias que debían ser merituadas”. El Tribunal Oral hizo lugar a la probation por el término de un año y seis meses. En su decisión, consideró que el dictamen fiscal poseía fundamentación aparente y, por lo tanto, carecía de aptitud suficiente para resultar vinculante. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a la impugnación. Para resolver de ese modo, sostuvo que el pedido de suspensión del juicio a prueba —al haber sido presentado luego de la fijación de la fecha de debate— había sido extemporáneo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, entendió que la CFCP se había expedido sobre cuestiones no planteadas por la fiscalía y que, en consecuencia, se había afectado la garantía de imparcialidad.
8-may-2018LMG (causa Nº 2496)Una persona conducía su automóvil cuando chocó una moto con dos personas a bordo. Una de ellas falleció y la otra sufrió lesiones graves. El conductor del vehículo, que no poseía antecedentes penales, fue procesado por el delito de homicidio culposo en concurso real con lesiones graves culposas. En etapa de juicio, solicitó que se le concediera la suspensión de juicio a prueba. El tribunal rechazó el pedido. Entonces, suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la imposición de una pena a tres años de prisión de efectivo cumplimiento y la inhabilitación para conducir por el término de diez años. El Tribunal Oral condenó al conductor en los términos requeridos. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis. Al fundamentar la impugnación, su defensa sostuvo que la sentencia resultaba arbitraria, por no haber sido debidamente fundada. El Tribunal Oral declaró inadmisible el recurso. Para decidir de esa manera, consideró que la admisión voluntaria del acuerdo de juicio abreviado por parte del imputado obstaba a la admisibilidad de la impugnación. La defensa interpuso un recurso de queja ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. La Sala de Turno declaró su inadmisibilidad, entendió que la impugnación sólo guardaba relación con el modo de cumplimiento de la pena y que, en tal sentido, carecía de debida fundamentación. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal, cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. En dicha oportunidad, la defensa sostuvo que se había desconocido el derecho de revisión de la condena y de la pena, previstos en el artículo 14, inciso 5, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
19-abr-2018Campos (causa N° 6753)En el marco de un control policial rutinario, un camión fue detenido en el paso Aguaray, ubicado en la frontera entre Argentina y Bolivia. En su interior se hallaron 29.000 kilos de maíz. Los comprobantes de la mercadería indicaban que el destinatario era Campos, quien no poseía capacidad económica ni financiera para efectuar dicha operación. Por tal razón, se intervino la mercadería y se la entregó a Campos con el objeto de que la tuviera en carácter de depositario. Tres días más tarde, agentes de la AFIP se presentaron en el local y verificaron que la mercadería había sido retirada. Por ese hecho, Campos fue citado a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, se le imputó el delito de defraudación por abuso de confianza. Sin embargo, no se le indicó nada de su condición de depositario, como así tampoco de la obligación de restituir la mercadería. En el juicio oral, la defensa alegó, por un lado, que la imputación había sido incompleta y que su asistido no había podido ejercer de manera correcta su derecho de defensa. Por otra parte, sostuvo que no se probó la efectiva entrega de la mercadería ni la existencia de un acto legal que hubiera constituido a su asistido en carácter de depositario. Por tal razón, solicitó su absolución.
22-mar-2018CELS (causa Nº 3061)El Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y el Colectivo por la Diversidad presentaron una acción de amparo colectivo e impugnaron el decreto de necesidad y urgencia Nº 70/17, modificatorio de la ley 25.871, por considerar que resultaba violatorio del principio de legalidad y del debido proceso. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra tal decisión los actores interpusieron un recurso de apelación.
16-mar-2018PFDA (causa Nº 86936)La Dirección Nacional de Migraciones dictó una disposición por la que declaró irregular la permanencia en el país de la señora DAPF y ordenó su expulsión y prohibición de reingreso por el término de cinco años. La decisión fue notificada en forma personal el 1/8/2012. Contra dicha resolución, se interpuso un recurso de reconsideración (6/8/2012) y, más tarde, se presentó un pronto despacho (4/9/2012). Luego de cuatro años, el Director Nacional de Migraciones rechazó el recurso (19/10/2017). Tal disposición fue notificada el día 14/11/2017 mediante la fijación de una copia en la puerta de acceso al domicilio constituido. Entonces, el artículo 16 del decreto Nº 70/2017 establecía que, agotada la instancia administrativa, podía interponerse el recurso judicial en un plazo de tres días hábiles desde su notificación. De esta forma, cuando la defensa tomó vista del expediente administrativo (30/11/2017) e interpuso un recurso judicial (6/12/17), el término legal se encontraba vencido.