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FechaTítuloResumen
8-may-2018LMG (causa Nº 2496)Una persona conducía su automóvil cuando chocó una moto con dos personas a bordo. Una de ellas falleció y la otra sufrió lesiones graves. El conductor del vehículo, que no poseía antecedentes penales, fue procesado por el delito de homicidio culposo en concurso real con lesiones graves culposas. En etapa de juicio, solicitó que se le concediera la suspensión de juicio a prueba. El tribunal rechazó el pedido. Entonces, suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la imposición de una pena a tres años de prisión de efectivo cumplimiento y la inhabilitación para conducir por el término de diez años. El Tribunal Oral condenó al conductor en los términos requeridos. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis. Al fundamentar la impugnación, su defensa sostuvo que la sentencia resultaba arbitraria, por no haber sido debidamente fundada. El Tribunal Oral declaró inadmisible el recurso. Para decidir de esa manera, consideró que la admisión voluntaria del acuerdo de juicio abreviado por parte del imputado obstaba a la admisibilidad de la impugnación. La defensa interpuso un recurso de queja ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. La Sala de Turno declaró su inadmisibilidad, entendió que la impugnación sólo guardaba relación con el modo de cumplimiento de la pena y que, en tal sentido, carecía de debida fundamentación. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal, cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. En dicha oportunidad, la defensa sostuvo que se había desconocido el derecho de revisión de la condena y de la pena, previstos en el artículo 14, inciso 5, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
11-abr-2017C, ECUna mujer impugnó el resultado del concurso efectuado en la Universidad Nacional de Mar del Plata para cubrir el cargo de ayudante de profesor titular. El Consejo Académico de la Facultad de Psicología rechazó el recurso y designó en el cargo a la persona que quedó en primer lugar en el orden de mérito establecido en la evaluación. La impugnante interpuso un recurso de nulidad que fue rechazado por el Consejo Superior de la universidad. En consecuencia, la concursante interpuso un recurso de apelación en los términos del artículo 32 de la ley Nº 24.521. La Cámara Federal de Mar del Plata –sin haberle dado intervención a la persona que obtuvo el cargo concursado– hizo lugar al recurso. La Universidad Nacional de Mar del Plata interpuso un recurso extraordinario federal.
7-feb-2017N, SE y otro c. GPUna mujer, en representación de su hijo, inició una demanda por alimentos al padre del niño. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción. El demandado apeló la sentencia y cuestionó el monto de la cuota alimentaria. La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con carácter cautelar, designó dos profesionales del servicio de psicología a fin de que concurran al colegio al que asistía el niño para entrevistarlo y permitirle ejercer su derecho a ser oído. La notificación a las partes y a la Defensora de Menores de la medida fue diferida al momento en que se encontrara cumplida. Con posterioridad, el tribunal confirmó la cuota alimentaria, dispuso su incremento gradual y ordenó que el niño y sus progenitores iniciaran de modo inmediato un tratamiento psicoterapéutico orientado a la revinculación paterno filial. Contra dicha resolución, la Defensora de Menores interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
31-oct-2016RMJL (dictamen PGN)Un joven fue imputado por el delito de robo, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. En particular, la defensa sostuvo que el instituto solicitado podía constituir una solución alternativa al proceso en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Por tal razón, entendió que la decisión del tribunal resultaba arbitraria. La CFCP, con base en el plenario “Kosuta”, consideró que la probation no era aplicable al caso, por cuanto el máximo de la pena del delito reprochado superaba los tres años de prisión. En esa línea, declaró mal concedida la impugnación. Por tal razón, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
22-dic-2015Terruli Jorge Miguel c. González Manuel Enrique y otroLa Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en el marco de una ejecución hipotecaria, confirmó la sentencia de primera instancia que había desestimado el planteo de nulidad formulado por la coejecutada con el objeto de que se anulara todo lo actuado con posterioridad a la decisión que dispuso que la deuda se abonara en moneda extranjera. Fundamentó su pedido en que, al no habérsele notificado esta última resolución, se le había impedido ejercer su derecho de defensa. El curador de la codeudora -declarada insana en los términos del art. 141 del código civil al tiempo del dictado de la sentencia- dedujo recurso extraordinario.
18-nov-2015Fundación Dr. Jaime Roca para el Progreso y Desarrollo del Diagnóstico por ImágenesEn el marco de una acción de daños y perjuicios, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión de primera instancia en cuanto había reconocido a la actora la facultad de ampliar la demanda hasta que se notificara al demandado la resolución que confería su traslado. Asimismo, al decidir el pedido de aclaratoria formulado por la demandante, revocó el fallo que había suspendido el plazo para contestar la demanda hasta que se decidiera la cuestión señalada precedentemente, al tiempo que también consideró que la contraria había perdido su derecho a contestar la demanda por haber vencido el plazo pertinente. Con posterioridad, la Cámara revocó la resolución de primera instancia que había tenido por contestada la demanda en término por entender que la cuestión referente a su tempestividad ya había sido decidida con anterioridad y porque a la fecha de la presentación del escrito el término pertinente ya estaba vencido. Contra ambas sentencias la demandada dedujo recurso extraordinario.
23-jun-2015Duarte, MariaUna persona fue intimada a través de notificación electrónica para que acreditara, con una boleta bancaria, el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Pasado el término indicado por el tribunal sin que se cumpliera con esta orden, se tuvo por desestimada la queja origen del proceso. El peticionario planteó un pedido de reposición por considerar que la notificación mediante la cual fue intimado, debió realizarse personalmente o por cédula en razón de lo establecido en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la nación.
10-jul-2014OH, LALa DNM había ordenado la expulsión de una persona de nacionalidad uruguaya del territorio nacional. Posteriormente, el afectado solicitó su radicación definitiva en la Argentina. El organismo administrativo rechazó la petición, lo que motivó la interposición de un recurso de alzada en aquella sede, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley Nacional de Migraciones. El Ministerio del Interior desestimó el recurso. Contra esa decisión, el peticionario presentó un recurso directo ante la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal. Ese remedio procesal también fue rechazado. Luego, interpuso un recurso de apelación, que fue denegado por la jueza de grado. Esa desestimación motivó la interposición –de acuerdo al art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación– de un recurso de queja. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la impugnación. Para decidir de ese modo, señaló que el recurso judicial previsto en la ley 25.871 permitía la revisión de lo actuado en sede administrativa en una única instancia jurisdiccional, que se agota con la intervención de los Juzgados de Primera Instancia, con exclusión de la competencia revisora atribuida a la Cámara Federal de Apelaciones. Contra esa resolución, el afectado interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja. Allí, argumentó que la ley 25.871 no establece expresamente un recurso judicial contra las sentencias de primera instancia. En esta línea, señaló que correspondía habilitar el recurso de apelación por aplicación del art. 242 CPCCN
12-dic-2006Benítez, Aníbal LeonelEl tribunal oral había condenado a una persona a la pena de dos años y seis meses de prisión por haberlo considerado autor del delito de lesiones graves calificadas por su comisión con arma de fuego. Para llegar a esa conclusión, el tribunal se había basado en los testimonios de cargo incorporados por lectura sin brindar a la defensa la posibilidad de interrogarlos. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación, cuya denegación motivó la presentación de un recurso extraordinario.
9-mar-2004BarraEn 1987 se inició un expediente con el objeto de investigar maniobras fraudulentas cometidas en perjuicio de ahorristas. En ese marco, en 1988 se dictó el procesamiento de una persona. El trámite del expediente continuó durante catorce años, en los cuales se dispusieron notificaciones, declaraciones testimoniales, ampliaciones de declaraciones testimoniales e indagatorias, entre otras cuestiones. Entonces, la defensa planteó la prescripción de la acción penal. El juzgado lo rechazó y la decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja.