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Fecha | Título | Resumen |
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30-sep-2016 | Lagos, Carlos Daniel y otros | El Tribunal Oral había condenado a cuatro personas a una pena de prisión por considerarlos coautores de varios delitos contra la propiedad. En el primer hecho, dos de los condenados habían abordado a una persona por la calle para sustraerle la cartera y el celular. Ambos fueron detenidos cerca del lugar del hecho; sin embargo, la damnificada pudo recuperar únicamente su cartera. En el segundo hecho, dos de los condenados le habían quitado a la víctima su celular y dinero mientras un tercero permanecía inmóvil al costado de la escena. La defensa interpuso recurso de casación contra la condena. Entre otras cuestiones, sostuvo que el primer hecho había quedado en grado de tentativa y que se había juzgado erróneamente la participación del tercero que intervino en el segundo hecho. |
8-oct-2019 | Riquelme y otros (causa Nº 1101) | Dos policías realizaban tareas de prevención cuando recibieron información acerca de un hombre que ofrecía marihuana en un local comercial. Al llegar al lugar, observaron a una persona similar a la descripta junto a dos hombres más. Al advertir la presencia de los policías, los hombres F, R y D se dirigieron al auto de R. En ese momento, los policías advirtieron que F arrojó una bolsa en el interior del rodado de R. A su vez, R arrojó sobre la vereda tres envoltorios. En el vehículo también se encontraron restos de cigarrillos de marihuana. Ante esa situación, los policías requisaron a F, R y D, y al automóvil de R. De esa manera, se determinó que los envoltorios contenían cocaína y marihuana. Por ese hecho, F, R y D fueron imputados en calidad de coautores por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. |
28-nov-2019 | Veroiza y otros (causa N° 30182) | En la ciudad de Bariloche, un integrante de la policía había cometido el homicidio de un adolescente luego de dispararle con un arma de fuego. Por esa razón, un grupo de jóvenes se manifestaron y lanzaron piedras contra la comisaría 28° de esa ciudad. En ese momento, fueron convocados miembros policiales de diferentes unidades de la ciudad y de otros puntos de la provincia, algunos pertenecientes a la Brigada de Operaciones de Rescate y Antitumulto (BORA). Además, se acudió a la provisión de proyectiles de armerías privadas. El Secretario de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro y el jefe de policía integraron la Junta Evaluadora de la situación. Sin embargo, ese día se dirigieron junto al jefe de la Regional Tercera a la localidad de El Bolsón para mantener una audiencia programada con anterioridad. Desde el lugar, ordenaron el envío de efectivos policiales de distintas unidades de la Regional Tercera a la Comisaría 28° y sus alrededores. Esos agentes se encontraban armados con escopetas 12/70 y 12/76, pero no contaban con la formación adecuada para la tarea encomendada. En ese contexto, dos grupos policiales efectuaron disparos con escopetas, algunas con cartuchos con postas de plomo. Como consecuencia de ese accionar, falleció un joven y otro sufrió lesiones. Luego, seis efectivos policiales –cuatro de ellos con escopetas– dispararon contra un grupo de jóvenes y ocasionaron la muerte de uno de ellos.; Por esos hechos, el Secretario de Seguridad y Justicia, el Jefe de Policía de la provincia y el Jefe de la Regional Tercera fueron imputados por haber abusado de sus funciones, incumplido voluntariamente con los deberes que tenía por su cargo y causar la muerte de dos personas y las lesiones de diversa gravedad que padecieron el resto de los manifestantes. En la acusación se agregó que, si hubieran realizado las conductas debidas, los hechos no habrían ocurrido. En ese sentido, se sostuvo que, ante la ausencia de un plan para resolver la situación, los policías convocados sin razón, en ausencia de dirección y control, dispararon de forma indiscriminada y antirreglamentaria. En la etapa de juicio oral, los tres imputados fueron condenados a la pena de cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y/o toda actividad que implicara la dirección, uso o manejo de armas por resultar coautores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, homicidio culposo y lesiones culposas (leves y graves) en concurso ideal. Contra esa decisión, las respectivas querellas y defensas interpusieron recursos de casación. |
feb-2021 | Tortura | Jurisprudencia nacional sobre tortura. |
1-mar-2023 | Violencias y espacio público: prácticas ilegítimas de las fuerzas de seguridad | El presente boletín elaborado por la Secretaría General de Capacitación y Jurisprudencia releva sentencias emitidas por distintos tribunales del país en procesos seguidos a integrantes de las fuerzas de seguridad por delitos cometidos en ejercicio de sus funciones. Los documentos recopilados dan cuenta de denuncias por el uso abusivo de la fuerza ya no dentro del espacio carcelario, sino en escenarios urbanos. Conforme lo reflejan las sentencias, estos excesos ocurrieron en el marco de protestas sociales o en supuestas prácticas preventivas y sus principales destinatarios fueron jóvenes de los sectores populares. |
19-sep-2023 | Responsabilidad penal del receptor en el delito de estafa informática. Respuesta jurídico-penal de la justicia nacional criminal y correccional | El artículo se propone visibilizar las complejidades y obstáculos que se presentan al analizar la relevancia penal –en términos de imputación objetiva– del sujeto titular de la cuenta bancaria receptora de la transferencia no autorizada a través del uso ilícito del medio de pago o, de los datos a él asociados. |