Buscar por Voces OFICINA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
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Fecha | Título | Resumen |
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28-oct-2016 | C, RA | Una mujer había denunciado a su esposo por agresiones violentas y lesiones ante la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN. Dicha oficina, a su vez, remitió las actuaciones al juzgado penal de turno. Desde la primera citación, y en sucesivas ocasiones, la denunciante manifestó su voluntad de no continuar con el proceso ya que no se habían producido nuevos hechos de violencia. Sin embargo, el Juzgado Nacional en lo Correccional condenó al imputado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso casación. Entre otros argumentos, sostuvo que la Oficina de Violencia Doméstica no es una autoridad competente para recibir denuncias. |
13-dic-2016 | R, MA | El Tribunal Oral condenó a un hombre a la pena de siete años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal en tres oportunidades y privación ilegítima de la libertad. Para llegar a esa decisión, valoró el testimonio de la víctima, concubina del condenado, lo declarado por otros testigos, vecinos del barrio, y la historia clínica de la damnificada. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación. Argumentó, entre otras razones, una errónea valoración de la prueba. |
15-sep-2017 | EVH (causa Nº 23947) | Dos personas que estaban en pareja concurrieron a una fiesta, bebieron alcohol y regresaron a su casa por la madrugada. Entonces, comenzaron a discutir y a agredirse. La mujer denunció al hombre por haberle propinado un golpe de puño en la boca y haberla tomado del cuello mientras le gritaba y la insultaba. La Oficina de Violencia Doméstica efectuó un informe interdisciplinario de riesgo y un informe médico legal. Durante el debate oral, la denunciante expresó que el forcejeo fue mutuo y que no sufrió lesiones. De todos modos, el juez correccional condenó al imputado a la pena de diez meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género. Para llegar a esta conclusión, se valoraron los dichos de la mujer. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
abr-2018 | In dubio pro reo (CNCCC) | El boletín contempla jurisprudencia emitida entre 2015 y 2018 por las tres salas de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, con foco en aspectos ligados a la valoración de la prueba: problemas que conlleva la prueba testimonial y el “testigo único”, la incorporación de prueba por lectura, el reconocimiento de personas, la prueba pericial y el deber de fundamentación que recae sobre los jueces. El análisis de los votos de los magistrados del tribunal permite advertir diferentes modos de interpretar el principio in dubio pro reo, con consecuencias directas sobre las soluciones propuestas para los conflictos planteados. |
26-oct-2018 | Villalva (Causa N° 1813) | Una mujer se presentó a la Oficina de Violencia Doméstica, denunció a su expareja por haberla golpeado, amenazado de muerte y acosado y solicitó una orden de restricción. Además, mencionó que tenían una hija. En ese sentido, explicó que se habían conocido cuando ella estaba embarazada y que habían inscripto a la niña como hija biológica de ambos en el Registro Nacional de las Personas. Las profesionales de la OVD elaboraron un informe interdisciplinario en el que calificaron la situación como de “riesgo altísimo”. Por otra parte, extrajeron testimonios y los remitieron a sede judicial con el objeto de que se investigara la posible comisión de un delito. El Ministerio Publico Fiscal requirió la instrucción del expediente e imputó a la denunciante y a su expareja por el delito de alteración o supresión de identidad. |
6-nov-2018 | Domínguez y otro (reg. N° 1413 y causa N° 75868) | Graziano compareció en el domicilio de su ex pareja, rompió una botella de vidrio y le cortó el pecho. Minutos después, le pidió disculpas y la acompaño al hospital. El día siguiente regresó a su casa, le exhibió un pico de botella y la amenazó con cortarle el cuello. La mujer se presentó ante una comisaría y personal policial la derivó a la OVD, donde interpuso su denuncia. El informe médico constató el corte sufrido por la mujer. Por tal razón, Graziano fue imputado por los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su ex pareja, en concurso real con amenazas agravadas por el uso de armas. Por otra parte, Domínguez y su pareja convivían en la habitación de un hotel. En una oportunidad, en el marco de una discusión, Domínguez la amenazó de muerte. Al hacerlo, la golpeó en la cara y en la cabeza. La víctima efectuó la denuncia y el hombre fue imputado por el delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su ex pareja, en concurso real con amenazas. Por razones de conexidad subjetiva y objetiva, las causas de Graziano y Domínguez fueron acumuladas. Durante la audiencia de debate, una de las víctimas expuso que las lesiones que Graziano le había producido habían sido causadas por accidente. Además, explicó que su pareja no la había querido herir con el pico de botella, sino que su intención había sido suicidarse. Por su parte, los agentes policiales declararon que la mujer, el día del hecho, les había asegurado que Graziano la quería “cortar toda”. Por su parte, la pareja de Domínguez declaró no recordar nada de lo denunciado. El Tribunal Oral condenó a Graziano a la pena de dos años y seis meses de prisión y a Domínguez a un año de prisión por los delitos oportunamente imputados. Además, ordenó la extracción de testimonios para que se investigara la posible comisión del delito de falso testimonio por parte de las víctimas. En ese sentido, indicó que si bien existían contradicciones y lo relatado ante la OVD no había sido expuesto bajo juramento de decir la verdad, sus declaraciones no perdían entidad. En tal sentido, entendió que el acta de la OVD se trataba de un instrumento público y que lo manifestado en el juicio había buscado beneficiar a Graziano y Domínguez. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. |
13-jul-2021 | TCV (causa Nº 44075) | Una mujer mantuvo una relación de convivencia con un varón durante siete años. Al momento de la ruptura del vínculo, continuaron la convivencia en habitaciones separadas. Luego de una semana, la mujer denunció a su ex pareja en la Oficina de Violencia Doméstica. Esta situación fue calificada de alto riesgo por la Oficina de Violencia Doméstica. El denunciado guardó silencio frente a las diversas notificaciones realizadas en el marco del proceso. Por ese motivo, el juzgado civil dispuso de manera cautelar la exclusión y la prohibición de reingreso del denunciado al domicilio, así como la restricción de acercamiento de ambas partes por un plazo de 180 días. Contra esta decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación en el que solicitó que la restricción sólo pesara sobre el denunciado. |
3-nov-2021 | Vallejos Meneses (causa N° 60581) | Luego de que una mujer le anunciara su pareja que quería poner fin a la relación, tuvo lugar una discusión. El 14 de octubre de 2015, la mujer fue entrevistada por la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia. En ese momento, manifestó que su ex pareja la había amenazado en reiteradas oportunidades y que la última vez había sido la semana anterior, cuando quiso separarse. El 15 de octubre, la mujer denunció en la Oficina de Violencia Doméstica que hacía dos días el hombre había abusado de ella, la había golpeado y amenazado. Esta situación dio lugar a un proceso penal. El hombre fue imputado por el delito de amenazas coactivas por los hechos presuntamente ocurridos el 13 de octubre de 2015. Con anterioridad al debate se realizaron múltiples diligencias para establecer el paradero de la denunciante. Sin embargo, ninguna medida tuvo éxito. El día del juicio, la mujer no compareció al tribunal. Por este motivo, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la incorporación de la declaración brindada por la mujer durante la instrucción. El tribunal interviniente hizo lugar a este pedido. Además, durante el debate, se incorporaron por lectura constancias documentales del informe de la OVD y de la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia, informes médicos y de situación de riesgo. El tribunal condenó al hombre a una pena de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre los motivos de su presentación, sostuvo que no se había sustanciado prueba de cargo durante el debate y que se había vulnerado el derecho de defensa. En ese sentido, señaló que durante el juicio no se le había permitido ejercer el control de la prueba. También, manifestó que el tribunal había basado su decisión en los elementos recolectados durante la instrucción y, en particular, en la declaración de la mujer ante la Oficina de Violencia Doméstica. Por último, alegó que el tribunal interviniente había valorado de manera arbitraria la prueba en violación al principio in dubio pro reo. |
dic-2021 | Violencia de género - Los problemas constitucionales de las medidas recíprocas de prevención | El área de Referencia Jurídica e Investigación de la Secretaría General de Capacitación y Jurisprudencia –con la cooperación del Programa de Asistencia y Patrocinio Especializado en Violencia de Género– se propuso recopilar y resumir diferentes fallos relevantes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNAC). Las resoluciones coinciden en revertir y dejar sin efecto la reciprocidad en las medidas de protección de prohibición de acercamiento dictadas en el marco de los procesos por denuncia de violencia impuestas por los tribunales de primera instancia. Las mujeres que realizan este tipo de denuncias con frecuencia son revictimizadas por el Estado cuando el poder judicial determina la restricción de derechos y libertades y compromete su responsabilidad penal ante el incumplimiento de una medida dictada con carácter reciproco sin que esta condición sea solicitada. |
15-nov-2022 | AS (Causa N° 35569) | Una mujer convivía con un hombre, con quien tuvo un hijo. El hombre la golpeaba, la insultaba y la amenazaba de manera constante. En ese contexto, se separaron. Sin embargo, las agresiones contra ella y su hijo continuaron. Por ese motivo, la mujer lo denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). En esa oportunidad, manifestó que buscaba una medida de protección que le prohibiera al denunciado tomar contacto y acercarse al niño y a ella. Además, pidió que se obligara al hombre al pago de los alimentos para la manutención de su hijo. El equipo interdisciplinario de la OVD consideró que el nivel de riesgo era moderado. Luego, la mujer requirió el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Especializado en Violencia de Género de la Defensoría General de la Nación. En ese marco, el juzgado hizo lugar a las medidas solicitadas y fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del niño. Además, dispuso la intervención del Cuerpo Interdisciplinario contra la Violencia Familiar para que evaluara la situación y el riesgo en el que se encontraban expuestos la mujer y su hijo. Si bien el hombre había sido notificado de la resolución judicial, siguió con las amenazas hacia la mujer y su entorno familiar. A raíz de los hechos denunciados, se inició una causa penal. Con posterioridad, la jueza en lo civil prorrogó las medidas de prohibición de contacto y acercamiento por cuatro meses. Además, ordenó al demandado que abonara los alimentos provisorios que adeudaba. Contra esa decisión, el accionado interpuso un recurso de apelación. |