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FechaTítuloResumen
12-nov-2015K, R c. G, L M y otroEl juez de primera instancia había admitido el levantamiento de un embargo por resultar inejecutable el bien embargado. Ello, toda vez que la deuda que dio origen a la medida cautelar era posterior a la afectación del inmueble al régimen de la ley Nº 14.394. El actor interpuso recurso de apelación contra esa decisión.
8-sep-2015SQ, MA y otros c. R, FJLa actora inició una demanda contra su ex cónyuge y progenitor de sus tres hijas, solicitando se fije una cuota en concepto de alimentos a favor suyo y de las niñas. El demandado solicitó que se rechace el pedido de cuota alimentaria a favor de la actora y se fije la que corresponda a sus hijas, en atención a sus necesidades y a la real situación económica de las partes.
18-ago-2015P, RR c. A, GD; A, MAEl juez de primera instancia hizo lugar al pedido de la parte actora en el marco de un reclamo por el pago de honorarios profesionales. En consecuencia, ordenó la traba de un embargo preventivo sobre los derechos y acciones que las demandadas tuvieren sobre un inmueble registrado como bien de familia. Una de las codemandadas apeló la medida.
15-jul-2015C, CMUna mujer recurrió la decisión de instancia que la obligaba a restituir a su hijo a Italia junto a su padre.
16-jun-2015E, MD c. P, PF (competencia)Una pareja de argentinos se trasladó a España en el año 2007. En el año 2010 tuvieron un hijo y, con posterioridad, se separaron. La madre retornó a la Argentina con su hijo en 2012. Un año después, el padre del niño pidió su restitución internacional ante el Juzgado de Familia de Primera Nominación de Santiago del Estero en los términos del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores. Ese juzgado se inhibió de intervenir y remitió la causa a un juez de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional designado como juez de enlace con competencia en materia de restitución internacional de menores en el marco del Convenio de La Haya. Esa atribución de competencia fue consentida por las defensorías oficiales que ejercían la representación del progenitor y del niño, por la demandada y por las fiscalías de primera y de segunda instancia. En tales condiciones, el juicio se sustanció íntegramente ante dicho magistrado, sin que el padre peticionario ni el Ministerio Público presentaran ninguna objeción. El juez actuante rechazó la solicitud de restitución. El actor apeló esa decisión y, además, cuestionó la competencia y requirió la nulidad de lo actuado. El Tribunal Superior de Justicia hizo lugar a las peticiones. En virtud de ello, la progenitora del niño interpuso recurso extraordinario cuya denegación dio lugar al recurso de queja.
6-may-2015E, MD c. P, PF (dictamen PGN)Una pareja de argentinos se trasladó a España en el año 2007. En el año 2010 tuvieron un hijo y, con posterioridad, se separaron. La madre retornó a la Argentina con su hijo en 2012. Un año después, el padre del niño pidió su restitución internacional ante el Juzgado de Familia de Primera Nominación de Santiago del Estero en los términos del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores. Ese juzgado se inhibió de intervenir y remitió la causa a un juez de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional designado como juez de enlace con competencia en materia de restitución internacional de menores en el marco del Convenio de La Haya. Esa atribución de competencia fue consentida por las defensorías oficiales que ejercían la representación del progenitor y del niño, por la demandada y por las fiscalías de primera y de segunda instancia. En tales condiciones, el juicio se sustanció íntegramente ante dicho magistrado, sin que el padre peticionario ni el Ministerio Público presentaran ninguna objeción. El juez actuante rechazó la solicitud de restitución. El actor apeló esa decisión y, además, cuestionó la competencia y requirió la nulidad de lo actuado. El Tribunal Superior de Justicia hizo lugar a las peticiones. En virtud de ello, la progenitora del niño interpuso recurso extraordinario cuya denegación dio lugar al recurso de queja.
14-abr-2015B, D P c, A, A S (CSJN)El conflicto judicial en Argentina tuvo su inicio a partir del pedido de restitución realizado por la autoridad central de los Estados Unidos de América en virtud de una orden de devolución inmediata expedida -en octubre de 2010- por una Jueza del Distrito del Tribunal Combinado de Garfield, Colorado. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó los recursos intentados por la madre de las niñas y en consecuencia, ratificó la orden de restitución internacional. La demandada y una de las niñas involucradas presentaron un recurso extraordinario por salto de instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
12-mar-2015F, FG y otrosUna persona había sido sometida a juicio oral por el delito de robo con armas. Al momento de alegar, el fiscal estimó que el hecho calificaba como robo simple porque no se había acreditado la utilización de un arma. Por ese motivo, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se opuso al pedido por extemporáneo. El tribunal oral denegó la solicitud y condenó al imputado a una pena de prisión en suspenso. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
31-oct-2014R, I y M, DE c. M, MALa parte actora y la demandada fueron declaradas herederas del causante. La cónyuge sobreviniente y su hija iniciaron un juicio de colación contra otro hijo del causante por un inmueble que le donó al demandado en el año 2003. El accionado reconvino y pidió la exclusión de la vocación hereditaria de la cónyuge supérstite. Alegó que la parte actora estuvo separada de hecho del causante desde el año 1991 y que hizo abandono del hogar conyugal. Al contestar la reconvención, la parte actora argumentó que la separación de hecho obedeció a la culpa exclusiva del causante, por situaciones de maltrato hacia su hijo. El juez de grado hizo lugar parcialmente a la reconvención por exclusión de la vocación hereditaria de IR y, en consecuencia, rechazó la acción de colación.
23-oct-2014R, BE y otrosVarias personas se encontraban imputadas por violación de la ley Nº 23.737. Después de la sustanciación del debate oral, en su alegato de clausura, la defensa solicitó que se les concediera la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se expidió de manera favorable. Sin embargo, el tribunal condenó a los imputados a penas de prisión. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Durante el término de oficina, sostuvo que el acuerdo entre las partes respecto de la probation tenía carácter vinculante para los jueces.