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FechaTítuloResumen
9-nov-2018Huanachin (Causa Nº 17340)Un hombre extranjero [no registra su nacionalidad la sentencia] alojado en un complejo penitenciario fue condenado a la pena de tres años de prisión. La Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de ocho años. La persona dejó asentado su disconformidad con la decisión cuando se lo notificó en la unidad penitenciaria. Esa manifestación fue comprendida como un recurso jerárquico que, luego, fue rechazado. Entonces, con la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación interpuso un recurso judicial y manifestó que tenía una hija menor de edad que por motivos ajenos a su voluntad no había podido reconocer. El juzgado de primera instancia rechazó la impugnación. Finalmente, interpuso un recurso de apelación.
30-oct-2018MCV (causa Nº 343777)En el marco de un proceso de determinación de la capacidad de una mujer, el juzgado de primera instancia consideró que la causante carecía de bienes suficientes para su subsistencia y designó, en carácter de apoyo provisorio al Defensor Público Curador (conforme artículo 628 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil entendió que, dado el patrimonio que poseía la causante, se debió dar prioridad a un abogado de la matrícula (conforme artículo 626, inc. 1º CPCCN). Afirmó, además, que la intervención del Defensor Público Curador sólo corresponde cuando la persona carece de bienes o estos únicamente alcanzan para su subsistencia. Contra tal resolución, la Defensora Pública de Menores e Incapaces de Cámara dedujo recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación del recurso de queja.
18-oct-2018Martínez Hassan (reg. Nº 1103 y causa Nº 7158)Una mujer boliviana intentó cruzar la frontera de Villazón–La Quiaca a través de un paso no habilitado. Allí fue interceptada por personal de la Gendarmería Nacional, que le solicitó que exhibiera su documentación y el contenido de la mochila que transportaba. La mujer mostró su cédula de identidad y, al abrir la mochila, los agentes observaron en su interior paquetes con 6 kilos de cocaína. La mujer se angustió y explicó que el bolso no le pertenecía y que su vida corría peligro. Finalmente, fue detenida e imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización. Al declarar en las etapas de instrucción y de juicio oral, la mujer manifestó que su hijo se encontraba enfermo y necesitaba una operación. En tal sentido, explicó que carecía de los medios económicos para afrontar la intervención y que, por tal razón, se le ofreció ejercer la prostitución. En tal sentido, relató que viajó desde La Paz a Villazón, donde fue recibida por un hombre que la alojó en una habitación. Al manifestar su deseo de regresar a su ciudad, el hombre le manifestó que había generado gastos de traslado, comida y alojamiento que debía compensar. En ese contexto, fue trasladada a la frontera con Argentina, donde le indicaron que –para saldar la deuda– debía entregar una mochila y, luego, regresar a Bolivia. La defensa planteó que su asistida había sido coaccionada por una red de prostitución y tráfico de estupefacientes que se había aprovechado de su situación de vulnerabilidad. En tal sentido, consideró aplicable el artículo 5 de la Ley de Trata de Personas (N° 26.364) y solicitó su absolución. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de seis años de prisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el relato de la imputada resultaba falaz, mendaz y absurdo. Además, entendió que la imputada había contado con libertad ambulatoria y que no se habían configurado los medios comisivos necesarios para demostrar que había sido víctima del delito de trata de personas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
1-oct-2018González (causa Nº 2187)En un domicilio se ofrecían servicios sexuales de mujeres que eran extranjeras y se encontraban en una situación económica apremiante. El lugar era administrado por Pérez. Roa se encargaba de recibir y acoger a las víctimas. González era el portero, ejercía funciones de vigilancia y seguridad del local y requisaba a los clientes. Miranda era el policía “Jefe de Calle” de la comisaría zonal y garantizaba la continuidad de la actividad a cambio de dinero. Por ese hecho, fueron imputados por el delito de trata de personas agravado, entre otras cuestiones, por haberse cometido mediante abuso de la situación de vulnerabilidad. Durante la instrucción del expediente, las víctimas prestaron declaración testimonial. En esa ocasión relataron que viajaron al país a buscar trabajo, que ejercían la prostitución en el domicilio investigado y que recibían el 50% de los “pases” y las “copas”. Luego, el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de las Personas Damnificadas por el Delito de Trata las entrevistó y concluyó que se encontraban en una situación de vulnerabilidad. Para expedirse de ese modo tuvo en consideración su trasfondo social, su precaria situación económica y las “características propias de su profesión”. En el debate de juicio oral las víctimas no declararon y sus manifestaciones fueron incorporadas por lectura. Por su parte, la fiscalía consideró que no se daban en el caso los supuestos del delito de trata de personas. En tal sentido, solicitó que se condenara a Pérez, González, Miranda y Roa por el delito de facilitación y explotación de la prostitución aje-na agravada por el aprovechamiento de las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas. Por último, consideró que no existía prueba suficiente para vincular a Roa a los hechos, por lo que solicitó su absolución. La defensoría solicitó que las declaraciones de las víctimas incorporadas por lectura fueran excluidas de la valoración probatoria. Además, sostuvo que no se había acreditado que González hubiera hecho ninguna de las conductas típicas de la figura de facilitación de la prostitución. En particular, consideró que en el caso no se daba un supuesto de explotación económica de las víctimas. Sobre la base de dichas consideraciones, se solicitó la absolución de los imputados.
10-ago-2018Agresión y criminalización de defensores de Derechos HumanosLa Relatoría Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas dio a conocer su informe en el marco de la 39º sesión del Consejo de Derechos Humanos. En su presentación, realizó un estudio temático sobre las agresiones y la criminalización a las que se ven sometidos los defensores de los derechos humanos de los indígenas. A su vez, propuso medidas de prevención y protección de las comunidades indígenas.
18-may-2018VJA (causa Nº 18726)Un hombre había sido condenado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por el delito de robo reiterado en dos oportunidades. Ante una nueva imputación, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. Allí, las partes acordaron la pena de seis meses de prisión por el delito de robo simple y una pena única de un año y cinco meses. El Tribunal Oral homologó el acuerdo. Sin embargo, aumentó en un mes la pena única pactada por considerar que correspondía la suma aritmética de las sanciones comprendidas en ella. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación en el que se agravió, por un lado, por la imposición de una pena única mayor a la acordada por las partes y, por otro, por no haberse considerado ninguna circunstancia atenuante al mensurar la sanción.
22-mar-2018CELS (causa Nº 3061)El Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y el Colectivo por la Diversidad presentaron una acción de amparo colectivo e impugnaron el decreto de necesidad y urgencia Nº 70/17, modificatorio de la ley 25.871, por considerar que resultaba violatorio del principio de legalidad y del debido proceso. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra tal decisión los actores interpusieron un recurso de apelación.
1-mar-2018La situación de niños, niñas y adolescentes en el sistema de justicia penal de adultos de Estados UnidosLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó una serie de visitas a los Estados Unidos a fin de relevar la situación de los niños, niñas y adolescentes tratados como adultos en el sistema de justicia penal de ese país.