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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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9-jun-2020 | Guillarmenc (Causa n°27255) | Una mujer se encontraba detenida con prisión preventiva en el Complejo Penitenciario N° 13 de Santa Rosa, La Pampa. La imputada tenía dos hijas de 8 y 12 años que estaban el cuidado de su madre. En el mes de diciembre de 2019 la cuidadora de las niñas tuvo un accidente de tránsito que le provocó problemas en su salud y dificultades para ejercer las tareas de cuidado. Por ese motivo la imputada solicitó de forma in pauperis que se le concediera el arresto domiciliario. Su defensa fundó el pedido y consideró, entre otras cuestiones, el interés superior de las niñas. A su turno, la fiscalía dictaminó de forma negativa al planteo. |
3-jun-2020 | QFJM (causa N° 166) | Un hombre de 22 años, en representación de su hermana de 14, denunció a la pareja de su madre, P. En la presentación relató que su hermana había sido testigo de la violencia que ejercía el hombre contra su madre, que hacía dos años que no tenía privacidad y que era controlada todo el tiempo. En particular, señaló que P. conocía sus contraseñas, le quitaba el celular y revisaba sus conversaciones. Asimismo manifestó que él había tenido que retirarse de la casa porque P. lo había golpeado y, luego de denunciarlo, se había mudado al domicilio de sus abuelos maternos. A raíz de los hechos relatados, el denunciante solicitó medidas de protección para su hermana. El juzgado hizo lugar al pedido. Con posterioridad, el Organismo Proteccional presentó un informe de la dinámica familiar donde constaba que la joven se había ido a vivir a la casa de sus abuelos. La defensoría de menores solicitó que se fijara una cuota alimentaria provisoria a cargo de P., su progenitor afín, con sustento en los hechos de violencia vividos a causa suya, que habían obligado a la joven a retirarse de su casa para vivir junto a sus abuelos y hermano mayor. |
4-may-2020 | Macaroff (causa N° 6556) | Una mujer se encontraba detenida bajo el régimen prisión preventiva en la Unidad 13 de Santa Rosa, imputada por el delito de trata de personas agravado por haber sido cometido en perjuicio de niños, niñas y adolescentes, en concurso real con el delito de reducción a servidumbre de sus hijos menores de edad y la figura de amenazas. La mujer era madre de cuatro niños que desde su detención se encontraban al cuidado de su hermana en la ciudad de Bahía Blanca. Luego fueron trasladados al domicilio de la señora F. en Santa Rosa. La imputada solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El tribunal requirió la elaboración de diversos informes. La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de Santa Rosa informó que los hijos de la imputada se encontraban en un estado de vulnerabilidad absoluta y señaló que la señora F. no estaba en condiciones de responsabilizarse de su cuidado. Por otro lado, la defensoría actuante en representación de los niños sostuvo que su asistencia era compleja y que era recomendable que se le concediera la prisión domiciliaria a la imputada. A su vez, el Servicio de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de Bahía Blanca señaló que los niños tenían un vínculo estrecho con su madre, que deseaban estar más cerca suyo y que por ese motivo habían sido trasladados a la ciudad de Santa Rosa. Por su parte, la fiscalía se opuso a la concesión de la medida. En particular, tuvo en consideración la gravedad de los hechos imputados y señaló que habían sido cometidos en perjuicio de sus hijos y miembros de su familia. En ese sentido, indicó que la mujer podía afectar el testimonio de las víctimas de la investigación y obstaculizar el proceso. |
24-abr-2020 | VRB (causa N° 21710) | Un varón había sido condenado por el delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y se encontraba alojado en el Complejo Penitenciario Federal III del NOA en la ciudad de Guemes, provincia de Salta. El imputado era padre de dos niños de cuatro años y dos meses de edad, quienes vivían con su madre en una casa prestada en Chubut. La mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus hijos, por lo que no podía trabajar y su único ingreso económico provenía de una indemnización laboral y de la asignación universal por hijo. Por esa razón, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El asesor de menores e incapaces señaló que el hombre contribuiría en la crianza de sus hijos, lo que afianzaría los vínculos familiares y el derecho de los niños a vivir en un núcleo familiar adecuado. El juzgado de ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera sostuvo que los hijos no se encontraban en una situación de desprotección toda vez que la madre estaba a su cargo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de revisión. |
10-abr-2020 | Pandemia y Derechos Humanos en las Américas | La Organización Mundial de la Salud declaró al Coronavirus como una pandemia. A partir de dicha declaración, los Estados dispusieron diversas medidas de contención con el fin de enfrentar y prevenir sus efectos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) identificó que en algunos casos se declararon “estados de emergencia” o “estados de excepción” a través de decretos presidenciales y normativa de diversa naturaleza jurídica con el objeto de proteger la salud pública. En ese contexto, se dispusieron diferentes medidas que registringieron, entre otros, los derechos de la libertad de expresión, la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio o el derecho a la propiedad privada. Por tal razón, la CIDH se reunió a fin de adoptar una resolución con estándares y recomendaciones. |
9-mar-2020 | Acordada Nº 2/2020 | En marzo de 2019 el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación declaró la emergencia penitenciaria. De acuerdo al Servicio Penitenciario Federal, hasta el mes de febrero de 2020 se encontraban detenidas 21 mujeres con sus hijos e hijas y otras 4 estaban embarazadas. Las estadísticas del Sistema Nacional de Estadística sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) dieron cuenta de que, a diciembre de 2018, se encontraban detenidas 1.092 mujeres en las cárceles del Servicio Penitenciario Federal. De ese grupo 36 se hallaban alojadas en la cárcel en cohabitación con sus hijos e hijas menores de cuatro años. |
23-dic-2019 | Medina (reg. N° 2730 y causa N° 55652) | Un hombre se encontraba detenido por la comisión de un delito. Desde su detención, su hija de cuatro años presentaba un cuadro de estrés reactivo postraumático. Frente a ese contexto, la defensa solicitó el arresto domiciliario de su asistido en los términos del inciso f de los artículos 10 del Código Penal y 32 de la Ley de Ejecución. En ese sentido, presentó un informe psicológico sobre el estado de la niña y un informe del colegio al que asistía que indicaba que se habían observado cambios negativos en la menor de edad desde el momento de la detención de su padre. Por su parte, el Asesor de Menores se expidió de manera favorable al pedido. Entre otras cuestiones, explicó que la presencia del hombre en el hogar favorecería el desarrollo y crecimiento de su hija. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, efectuó un repaso de los informes presentados por la defensa y concluyó que no había prueba que acreditara que la concubina del detenido se encontraba imposibilitada de cumplir con su rol de madre. Agregó que no se verificaba una lesión al interés superior de la niña que justificara hacer una excepción al inciso f) del artículo 32 de la ley N° 24.660. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. |
23-dic-2019 | Pascua (reg. N° 2749 y causa N° 106204) | Un hombre fue detenido e imputado por la comisión de un delito. Su grupo familiar se conformaba por su concubina y cuatro hijos, tres menores de edad y uno de quince años. Desde el momento de su detención, la mujer pasó a ser el único sostén económico del hogar y el hijo mayor debió abandonar sus estudios secundarios para hacerse cargo del cuidado de sus hermanos menores. La defensa del hombre solicitó que le concedieran la prisión domiciliaria. Fundó el pedido en las graves condiciones de salud física y psicológica de su familia por su familia bajo la línea de indigencia. Por su parte, el equipo interdisciplinario del programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica observó que la presencia del hombre en el domicilio aportaría que sus hijos e hijas recibieran contención cercana y sostenida. El juez rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó la resolución de la instancia anterior. Para decidir de esa manera, sostuvo que en el caso no se daba una situación extraordinaria de desamparo o inseguridad. Contra dicha resolución, la defensa del imputado y la Defensora Pública de Menores interpusieron recursos de casación. |
5-dic-2019 | MSA (Causa Nº 789) | Una mujer y un hombre tuvieron una relación sexoafectiva, de la que nacieron tres niñas. Luego, se separaron y la mujer quedó a cargo de sus hijas. Por su parte, el hombre realizaba aportes esporádicos y escasos, pese a que los gastos de sostenimiento de las hijas aumentaban de acuerdo a sus edades. Dos de ellas eran adolescentes y acudían a la escuela, mientras que la otra –ya mayor de edad en ese momento– concurría a una universidad situada en otra provincia. Asimismo, realizaban distintas actividades extracurriculares. Frente a esa situación, el salario de la madre como empleada estatal era insuficiente para cubrir la totalidad de los gastos. Por esa razón, la mujer hacía algunas tareas informales y recibía ayuda económica de su madre. En consecuencia, la mujer inició una demanda de alimentos contra el progenitor. En su presentación, informó que el demandado se desempeñaba como policía de la provincia. Por lo tanto, solicitó que se fijara una cuota equivalente al 50% de sus haberes, más la mitad del aguinaldo. También requirió que se agregaran las asignaciones familiares y escolares en caso que las percibiera. El juzgado estableció una cuota provisoria, que comenzó a ser descontada del sueldo del hombre. Sin embargo, el progenitor no se presentó en el expediente y fue declarado rebelde. Tampoco fue a la audiencia fijada por la jueza. |
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