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FechaTítuloResumen
20-mar-2020Carlevaris (causa N° 55559)Un hombre se encontraba detenido en el Complejo Penitenciario Federal I. Su defensa solicitó su excarcelación, que fue rechazada por el Tribunal Oral. Luego el Coronavirus fue declarado pandemia. La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación requirió a los establecimientos penitenciarios que informaran qué personas se encontraban comprendidas dentro del grupo de riesgo. El informe señaló al hombre como una de las personas que lo integraban. Por tal razón, su defensa requirió nuevamente su excarcelación. En su presentación invocó la Resolución DGN N° 285/2020 que recomendó la renovación de los pedidos de libertad o morigeración de la situación de encierro de las personas que se hallaran comprendidas en el grupo de personas en riesgo ante la pandemia. La fiscalía se expidió de forma favorable. En su dictamen ponderó el contexto de superpoblación del sistema penitenciario y que el hombre se encontrara en la nómina de personas de riesgo. Además, señaló que ante la situación de emergencia sanitaria se había limitado el funcionamiento de los tribunales, por lo que en lo inmediato no iba a ser posible llevar adelante el juicio que resolviera su situación procesal.
20-mar-2020Ocampo Scampini (causa n° 6876)Un hombre de 71 años se encontraba imputado por delitos de lesa humanidad y detenido bajo el régimen de prision preventiva en el Complejo Penitenciario Federal N° 34 de Campo de Mayo. El imputado tenía, entre otras enfermedades, hipertensión arterial y EPOC. Ante la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario por considerar que se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. La fiscalía se opuso a la concesión de la medida y el juzgado rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
19-mar-2020Ale (causa N° 29049)Un hombre de 64 años se encontraba imputado por delitos de lesa humanidad y detenido en la Unidad Nº 34 de Campo de Mayo. El hombre tenía, entre otras afecciones, hipertensión crónica y miocardiopatía dilatada severa que le configuraba una invalidez del 70%. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado lo rechazó y la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la decisión. Para decidir de ese modo tuvieron en consideración la gravedad de los hechos y el riesgo de entorpecimiento de la investigación. El 17 de marzo de 2020 el imputado requirió su excarcelación y, de modo subsidiario, que se le otorgara la prisión domiciliaria. En su presentación argumentó que había sido declarada la alerta epidemiológica del Coronavirus, que su cuadro lo colocaba dentro de las personas en situación de riesgo y que a fin de mes cumpliría los 65 años.
19-mar-2020Velasco (causa N° 29049)Un hombre de 71 años se encontraba imputado por delitos de lesa humanidad y detenido en la Unidad N° 34 de Campo de Mayo. El 17 de marzo de 2020 el hombre solicitó su excarcelación y, de modo subsidiario, que se le otorgara la prisión domiciliaria. En su presentación argumentó que había sido declarada la alerta epidemiológica del Coronavirus y que, por ser mayor de 65 años, se encontraba dentro de las personas en situación de riesgo.
17-mar-2020Iparraguirre (causa N° 96497)Un hombre de 64 años se encontraba detenido en el Complejo Carcelaria N° 1 de Córdoba. El hombre tenía, entre otras cuestiones, asma bronquial con múltiples internaciones por infecciones respiratorias, una hernia, y cardiopatía isquémica. Por tal razón, había sido internado en un hospital. El informe médico elaborado por el establecimiento penitenciario expuso que las patologías eran de difícil tratamiento, no presentaban evolución y requerían constantes traslados a hospitales extramuros. Sobre la base de dichas consideraciones, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. La fiscalía se expidió de modo favorable. En su dictamen ponderó el informe médico de la unidad, el delicado estado de salud del hombre, la gravedad y cronicidad de su enfermedad y la situación de emergencia sanitaria por la que atravesaba el país.
13-mar-2020Acordada 3.20 CFCPEl 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró que el coronavirus era una pandemia. Por tal razón, la Cámara Federal de Casación Penal advirtió sobre los riesgos que corren las personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios.
28-feb-2020SMF v. EspañaUna mujer llevaba 39 semanas y seis días de gestación. Entonces, acudió a un hospital público de Lugo, España, con el fin de recibir orientación sobre el parto mientras su embarazo seguía su curso normal. En ese momento, sin recibir ningún tipo de explicación, fue ingresada en una sala durante 36 horas y no pudo ver a su pareja hasta que empezó a dilatar. En ese momento recibió diez tactos vaginales y, sin prestar autorización, se le indujo el parto con oxitocina. Una vez en la sala de partos, cuando pidió incorporarse para dar a luz, el personal sanitario se lo prohibió y le realizó,sin ningún tipo de información ni autorización, una episiotomía. Al nacer, la bebé presentaba fiebre (provocada posiblemente por infección producto de los múltiples tactos vaginales) y fue ingresada en neonatología. Al año, la peticionaria presentó una queja formal en el hospital, pero no obtuvo respuestas. Después, trasladó un reclamo ante la Consejería de Sanidad del Gobierno gallego que fue desestimada. Luego, recurrió ante el Juzgado en lo Contencioso-administrativo Número 1 de Santiago de Compostela, que tampoco admitió su demanda. En su sentencia, el juez ponderó que era el médico quien decidía realizar o no la episiotomía y concluyó que no hubo mala praxis. Por este motivo, SFM recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, pero tampoco la respaldó y descartó un supuesto de vulneración de la ley de autonomía del paciente. Finalmente, interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, sin éxito.
17-feb-2020Gomez Lafuente (causa N° 9568)El niño F. fue diagnosticado a los tres años con TGD (Trastorno Generalizado del Desarrollo). Su madre, en su representación, inició una acción de amparo contra su obra social con el objeto de que la entidad cubriera de modo integral las prestaciones necesarias del niño. El juzgado hizo lugar a la acción. Durante el 2019, F. cursó su primer año del nivel secundario en un instituto de enseñanza privada con la cobertura de su obra social. En diciembre, la entidad notificó a la madre del niño que a partir del año 2020 cesaría el pago porque no se encontraba contemplada en la legislación vigente la cobertura de instituciones privadas “sin integración”. Por ese motivo, la madre interpuso una acción de amparo contra la obra social y la Federación Médica Corrientes a fin de que cese en su accionar unilateral de interrumpir la cobertura de prestaciones educativas. Asimismo, solicitó una medida cautelar de no innovar hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
4-feb-2020OSDE (causa N° 7468)Una mujer solicitó a su empresa de medicina prepaga que cubriese un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad. El procedimiento preveía la aplicación de una ICSI (inyección intacitoplasmática de espermatozoides) con columnas de anexina y criopreservación de gametos. La empresa rechazó el pedido porque esa prestación no se encontraba incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Entonces, la mujer se presentó ante la Superintendencia de Servicios de Salud y solicitó que se la intimase a cubrir el tratamiento. La Gerencia de Atención y Servicios al Usuario de Sistema de Salud de la Superintendencia de Servicios de Salud intimó a la prepaga a abonar la totalidad de lo solicitado. Entre sus argumentos, la administración sostuvo que el tratamiento de fertilización médicamente asistida era de carácter obligatorio y que la falta de reglamentación o adecuación del PMO no era obstáculo para que cubriese la prestación. Contra esa decisión, la empresa interpuso un recuso de reconsideración con jerárquico en subsidio. La decisión fue confirmada en ambas instancias. Por ese motivo, interpuso una demanda en contra de la Superintendencia y del Ministerio  de Salud y solicitó que se declarase la nulidad de los actos administrativos dictados. El juzgado rechazó la acción porque consideró que la parte actora no desvirtuó la validez de los actos impugnados ni probó su nulidad. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación.