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10-jul-2019FMM (Causa Nº 5349)Una joven de diecisiete años fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal por aplicación de la ley Nº 22.278 y que fuera sometida a un año de tratamiento tutelar. Además, manifestó que en caso de que el resultado del tratamiento indicara que era innecesaria la aplicación de una sanción, requeriría su absolución. El Tribunal Oral declaró su responsabilidad penal y señaló que el tratamiento no procedía ya que la joven había adquirido la mayoría de edad. En cambio, consideró que podía suplirse con un in-forme sobre su conducta y pidió que la policía provincial lo elaborara. La policía informó que la joven estaba desempleada, que se había mudado en varias oportunidades y que, según dos vecinos, continuaba con la venta de estupefacientes. En la audiencia fijada para la evaluación de la conveniencia de la aplicación de una pena, la fiscalía valoró de forma negativa el resultado del informe policial sobre la joven y solicitó que se la condenada a una pena de cuatro años de prisión. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso y le impuso el cumplimiento de una serie de reglas de conductas por el mismo plazo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La fiscalía ante la CFCP peticionó que se hiciera lugar a la impugnación por compartir los argumentos de la defensa. En particular, sostuvo que el in-forme no suplía en el caso la exigencia del tratamiento tutelar necesario para determinar la pena, de acuerdo al artículo 4 de la ley N° 22.278.
28-sep-2016CRS (causa N° 1690)Dos hombres se encontraban en la vía pública. Personal policial los observó, consideró que se encontraban en actitud sospechosa y les solicitó que se identificaran. Entonces, intentaron huir. Uno de ellos, de diecisiete años, fue detenido. En ese momento, se encontraron, entre sus pertenencias, siete paquetes con cinco kilos de marihuana. Por esa razón, fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes en concurso real con desobediencia a la autoridad. Durante el trámite de las actuaciones, no fue sometido a un tratamiento tutelar. En la etapa de juicio, cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se lo condenara a la pena de cuatro años de prisión. Sin embargo, dejó a criterio del tribunal la aplicación de la ley N° 22.278.
20-sep-2016HMB (causa N° 51004999)Varias personas habían sido investigadas por el delito de secuestro extorsivo agravado por haberse obtenido el rescate y por haberse cometido entre tres o más personas, en concurso ideal con el delito de robo con armas de fuego y en poblado y en banda. Uno de los imputados era menor de edad. Por tal razón, fue internado en los institutos de menores “Roca” y “Belgrano”. En los informes sociales y de evolución incorporados al expediente, se hizo saber que el joven no había conocido a su padre y que durante su infancia había sido agredido y discriminado. Además, se indicó que, durante los dos primeros años de internación, había realizado diversos y progresivos estudios de formación y que el trato con sus pares había sido solidario y respetuoso. En oportunidad de celebrarse la audiencia de debate, ya era mayor de edad. La defensa, sobre la base de los informes mencionados, consideró que, en caso de determinarse la responsabilidad penal de su asistido, no correspondía aplicarle una pena (cfr. artículo 4 de la ley N° 22.278).
16-sep-2016GFA (causa N° 7039)Tres personas fueron imputadas por la tenencia de 1,4 gramos de cocaína y 0,7 gramos de marihuana. Una de ellas tenía dieciséis años. Durante la instrucción, no se dispuso un tratamiento tutelar a su respecto. En la etapa de juicio, la defensa planteó la nulidad de las actuaciones por considerar que se había infringido el artículo 4 de la ley N° 22.278. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable.
8-ago-2016SLA (causa N° 6347)A través de una denuncia anónima, se informó que un grupo de jóvenes realizaría un saqueo a un supermercado. Al ser interceptados por personal policial, uno de ellos arrojó una bolsa. De su interior se secuestraron 60 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El joven no poseía antecedentes condenatorios y fue sometido a un tratamiento tutelar durante tres meses, hasta alcanzar la mayoría de edad. Luego, comenzó a trabajar. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa tuvo en consideración la edad de su representado al momento de cometer el hecho que se le atribuía y requirió que se lo eximiera de pena. La defensoría de menores, además, solicitó su absolución.
4-jul-2016PMAM (causa N° 7920)Un joven menor de edad formaba parte de una organización dedicada al comercio de estupefacientes. En ese sentido, fue imputado en los términos del artículo 5, inciso c, de la ley N° 23.737. Durante la instrucción de las actuaciones, fue sometido a un tratamiento tutelar. En etapa de juicio, cumplió dieciocho años y celebró un acuerdo de juicio abreviado junto a su defensa, la defensoría de menores y la fiscalía. Allí, se pactó la reducción de la pena de conformidad con la escala prevista para la tentativa.
16-may-2016RIAS (causa N° 11457)Un adolescente de dieciséis años fue hallado en la vía pública con dos envoltorios de 346 gramos de marihuana. Además, se le secuestraron una balanza de precisión y dos teléfonos celulares. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Dada la edad del imputado, se elaboraron informes médicos y sociales que fueron incorporados a su legajo tutelar. Allí, se indicó que el joven provenía de una familia desintegrada con graves dificultades de sustento y vivienda. Además, se señaló que había retomado sus estudios, se había presentado en una entrevista de orientación psicológica de la SEDRONAR, y esperaba un hijo con su pareja afectiva. Al celebrarse un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en consideración lo que se desprendía de los informes y solicitó su absolución.
6-abr-2016AJC (causa Nº 12000089)Varias personas fueron imputadas por el delito de transporte de estupefacientes. Una de ellas tenía dieciséis años al momento de la comisión del hecho. Por esa razón, fue sometido a un tratamiento tutelar en los términos del artículo 4 de la ley N° 22.278. Durante juicio oral, la fiscalía solicitó que se le impusiera la pena de seis años de prisión. Por su parte, la defensa postuló su absolución.
1-abr-2016VDSJP (causa Nº 111017896)Un joven de diecisiete años de edad fue acusado por el delito de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas, cometido mediante la realización de una maniobra de sustitución fotográfica. Durante la etapa de instrucción, se dio intervención a la Defensoría de Menores. Sin embargo, no se realizó un informe socio- ambiental ni se dispuso un tratamiento tutelar. Por ese motivo, la defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido.
17-dic-2015GALS (causa N° 5019)Varias personas efectuaron gráficos con pintura en aerosol sobre una formación ferroviaria. Una de ellas era menor de edad. Por ese hecho, fue imputada por el delito de daño, agravado por haber sido cometido sobre un bien público. Posteriormente, el imputado realizó tareas comunitarias consistentes en la enseñanza teórica y práctica de pintura a un grupo de niños en un barrio de bajos recursos. Sus tareas fueron coordinadas por el centro cultural y por la Secretaría de Cultura del lugar. Dichas entidades elaboraron un informe en el que se agradeció la colaboración del joven y se destacó su voluntad y predisposición respecto al abordaje pedagógico y participativo de los niños del barrio. A su vez, se incorporaron informes socio- ambientales que indicaban que el imputado poseía contención familiar y gran capacidad de proyección y crecimiento personal. En la etapa de juicio, se celebró un acuerdo de juicio abreviado. En ese marco, la fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad del imputado en los términos del artículo 4 de la ley N° 22.278. Asimismo, tuvo en consideración las tareas realizadas y entendió que no era necesaria la aplicación de una sanción penal. En consecuencia, postuló su absolución.