Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 5406.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
4-mar-2026Encina (Causa N° 5809)En el marco de un control de rutina, personal de Gendarmería Nacional detuvo una camioneta conducida por un hombre y una mujer como acompañante. El rodado tenía prohibición de circular. En ese contexto, el personal observó que algunos paneles traseros se encontraban flojos y sobresalían bolsas de nylon. Tras la autorización del juez de garantías y en presencia de dos testigos, realizó la requisa. Entonces, encontró cien paquetes de marihuana en diversas partes de la estructura. Al ser requerido por los gendarmes, la acompañante entregó su celular y aportó su patrón de desbloqueo. En base a la extracción del celular de la imputada, la sustancia debía ser transportada de Corrientes a Santa Fe, donde sería entregada a un potencial comprador o distribuidor. En ese contexto, fueron detenidos e imputados por el delito de transporte de estupefacientes, en calidad de coautores. Los imputados prestaron conformidad para el trámite de acuerdo pleno sobre los hechos imputados, la calificación legal y la prueba recolectada, en virtud del artículo 324 del Código Procesal Penal Federal. Primero, en la audiencia de acuerdo pleno de la imputada, se modificó su calificación jurídica a participación secundaria y se la condenó a la pena de dos años y seis meses de prisión en modalidad domiciliaria por razones de salud y una multa de cuarenta y cinco unidades fijas. Luego, en la audiencia de acuerdo pleno, el imputado, solicitó un juicio sobre la pena a imponerse y el alcance de su culpabilidad. En consecuencia, el magistrado interviniente transformó el acuerdo pleno en un acuerdo parcial conforme al artículo 326 CPPF y fijó fecha para la audiencia de cesura. Allí, la defensa refirió que su asistido trabajaba desde los dieciocho años y que, a sus cuarenta y siete, no contaba con antecedentes penales. Destacó que había perdido su empleo y que, desde su despido hasta la fecha del hecho, había transcurrido un año. Planteó la inconstitucionalidad del mínimo de la escala penal y solicitó que la pena fuera de tres años de prisión de ejecución condicional. Por otro lado, solicitó que se declarase la inobservancia del artículo 21 del Código Penal y que se impusiera una multa que no superase las cuarenta y cinco unidades. El tribunal oral federal interviniente rechazó el pedido y fijó la pena en cinco años y seis meses de prisión, además de sesenta y seis unidades fijas de multa. La defensa impugnó esa decisión. En primer lugar, planteó que se habían afectado los derechos de defensa, debido proceso y tercero imparcial por ausencia de tratamiento de las pautas atenuantes que había introducido en el juicio de cesura. Por esa razón, sostuvo que la sentencia había sido arbitraria. En segundo lugar, cuestionó la falta de motivación, en tanto el magistrado no había explicado qué valor le asignaba a cada una de las cuestiones que había considerado para agravar la pena en un año y seis meses. Por último, planteó la inobservancia de los principios de culpabilidad y proporcionalidad por el rechazo del planteo de inconstitucionalidad del mínimo de la pena. En la audiencia de sustanciación de la impugnación, la defensa desistió de los agravios incoados por su antecesor en la instancia, a excepción del vinculado con la falta de motivación de la sentencia con respecto al monto de pena decidido. Como cuestión novedosa, solicitó la aplicación de una pena de cuatro años y diez meses de prisión y cincuenta unidades fijas de multa, en virtud de lo pactado en el acuerdo pleno. El fiscal general coincidió con el planteo de la defensa. Consideró que en el juicio de cesura no se introdujeron elementos distintos a los valorados previamente que lo llevasen a modificar la pretensión punitiva inicial.
26-feb-2026Orona (Causa N° 63685)Un hombre se encontraba detenido desde el 2 de diciembre de 2000. En febrero de 2010, fue condenado a una pena de veintidós años de prisión, mediante una unificación de penas de dos procesos distintos. El 4 de mayo de 2012 —habiendo transcurrido 11 años, 5 meses y 3 días desde su detención—, se dispuso la libertad condicional en su favor. En noviembre de 2013, fue detenido por un nuevo hecho y alojado en el CPF de CABA. Luego, fue trasladado al CPF II de Marcos Paz. En noviembre de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 15 de la Capital Federal lo condenó a una pena única de veinticinco años de prisión y lo declaró reincidente. En ese contexto, sufrió un agravamiento de las condiciones de su detención ya que no era trasladado a sus turnos médicos, no pudo continuar con sus estudios y se vio privado de trabajar. El 30 de octubre de 2017, le concedieron la prisión domiciliaria. Asimismo, le otorgaron una reducción de siete meses por estímulo educativo, conforme al artículo 140 de la ley N° 24.660. Transcurridos veinticuatro años y un mes detenido, su defensa solicitó la libertad asistida. Sostuvo que el tiempo de detención que había transcurrido desde que cumplió los dos años en prisión preventiva hasta el dictado de la sentencia condenatoria debía computarse doblemente. Además, adujo que debía contarse el plazo que estuvo en libertad condicional entre los distintos procesos a los que su asistido estuvo sometido y el tiempo que permaneció detenido en el marco de esta causa. Por otra parte, sostuvo que la redacción actual del artículo 54 de la ley N° 24.660 establecía que la libertad asistida podía otorgarse a aquellos a quienes restasen cumplir tres meses de la pena impuesta. Sin embargo, en este caso, los hechos databan del 2013, por lo que correspondía aplicar la redacción de ese entonces, es decir, el plazo de seis meses previos al cumplimiento de la pena. Por último, planteó que no se podía considerar en contra de su asistido la ausencia de un informe técnico-criminológico, ya que éste se encontraba en detención domiciliaria.
4-feb-2026LBP (Causa N° 70315)Una mujer con una discapacidad psicosocial tenía una hija de cuatro años. En el 2020, sus progenitores iniciaron una acción judicial para la determinación de su capacidad jurídica y solicitaron que se los designara como sistema de apoyo. En su presentación, explicaron que se hacían cargo de su nieta. Manifestaron que en otro proceso judicial habían solicitado la tutela de la niña y, en ese marco, habían sido designados guardadores provisorios. Durante el proceso de determinación de la capacidad jurídica, se realizaron informes interdisciplinarios a la mujer. Los estudios concluyeron que tenía una discapacidad intelectual leve a moderada. En virtud de ello, indicaron que gozaba de autonomía para realizar actividades básicas de la vida cotidiana y que requería de apoyos para las instrumentales. En particular, uno de los informes destacó que no se encontraba en condiciones de tomar decisiones con relación al cuidado de terceros, por lo que requería apoyo y acompañamiento para el ejercicio de la función materna.; El juzgado interviniente restringió el ejercicio de la capacidad jurídica para actos de administración y disposición de bienes, manejo de sumas de dinero, gestión y percepción de beneficio previsional, obtención de créditos, firma de contratos, entre otros, y designó a sus progenitores como apoyos con funciones de representación. Aclaró que ellos debían asistirla cuando tuviera que brindar el consentimiento informado para prácticas médicas. A su vez, precisó que la mujer podía ejercer su derecho al voto, pero le restringió la posibilidad de integrar mesas electorales o ser votada para cargos electivos. También restringió y suspendió el ejercicio de la responsabilidad parental respecto a su hija. Para decidir así, entendió que la mujer no estaba en condiciones de tomar tanto las decisiones que hacían a la vida cotidiana, como aquellas de mayor transcendencia para su hija. Explicó que cabía aplicar al caso el artículo 702, inciso c, el cual habilita a suspender el ejercicio de la responsabilidad parental en casos graves de salud mental. Por último, aclaró que no estaba previsto que la responsabilidad parental pudiera ejercerse a través de apoyos.; Contra esta sentencia, la Defensoría Pública Curaduría N° 4 –designada para ejercer la defensa técnica de la mujer– interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, objetó la suspensión del ejercicio de la responsabilidad parental y la no designación de apoyos. Destacó que esa medida resultaba desproporcionada ya que no guardaba relación con el cuadro de salud mental de su asistida. Asimismo, remarcó que así se afectaba su derecho fundamental a la maternidad que se proyectaba a su hija. Añadió que la restricción suponía un acto de discriminación con motivo de la discapacidad. Sostuvo que la falta de designación de apoyos para esa función contrariaba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ello debido a que los apoyos se establecen para garantizar el derecho a elegir de las personas con discapacidad y ayudarlas en la toma de decisiones para ejercer sus derechos. Enfatizó que la solicitud de designación de apoyos para el ejercicio del rol materno era un ajuste razonable de acuerdo a la Convención. Por su parte, la Defensoría Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo adhirió a lo solicitado por el Defensor Público Curador.
30-dic-2025Delitos culpososContiene los casos "Cruce peligroso" y "Decisiones de guardia". Además, incluye preguntas que guían la reflexión sobre cada uno de los casos y material de estudio.
29-dic-2025Miradas sobre el CPPF desde una defensa pública en acción. Trabajos realizados en el marco del Seminario de Investigación "Debates en torno al CPPF У su implementación"La publicación reúne una selección de trabajos elaborados en el Seminario de Investigación “Debates en torno al CPPF y su implementación”, organizado por la Escuela de la Defensa Pública. Los artículos fueron realizados por integrantes del Ministerio Público de la Defensa y abordan distintos aspectos vinculados a la implementación del Código Procesal Penal Federal. Los textos tratan temas como garantías procesales, derecho de defensa, prueba pericial, salidas alternativas y rol de las víctimas, a partir de experiencias concretas en distintas jurisdicciones. La publicación constituye un aporte inicial para el debate jurídico sobre el nuevo sistema procesal y refleja el papel activo de la defensa pública en la producción de conocimiento y la formación permanente.
29-dic-2025La implementación del Código Procesal Penal Federal. El análisis de los plazos de investigación del Ministerio Público Fiscal y las consecuencias de su vencimiento sin impulso de la parte desde una mirada patagónicaEste trabajo aborda la problemática interpretativa en torno a los plazos de la investigación penal preparatoria en el marco del Código Procesal Penal Federal y su implementación progresiva. A través de un análisis comparativo con los sistemas acusatorios de las provincias patagónicas y el estudio de la jurisprudencia reciente —con especial énfasis en el fallo “Price” de la Corte Suprema—, el artículo examina las consecuencias procesales y constitucionales del vencimiento de los términos sin impulso fiscal. El texto invita a reflexionar sobre la tensión existente entre las facultades persecutorias del Estado, el principio de perentoriedad y la garantía del imputado a ser juzgado en un plazo razonable, planteando interrogantes sobre si la inacción acusatoria debe derivar en sanciones administrativas o en la extinción de la acción penal.
29-dic-2025El proceso especial de flagrancia y la figura del imputado colaborador o arrepentido en el Código Procesal Penal Federal: interacción entre ambos institutos y desafíos para la defensa públicaEste trabajo analiza la interacción y las tensiones estructurales existentes entre el proceso especial de flagrancia y la figura del imputado colaborador en el marco del Código Procesal Penal Federal. Desde la perspectiva de la Defensa Pública, el autor examina si la celeridad y simplificación propias de la flagrancia resultan compatibles con los tiempos y garantías que demanda la negociación de acuerdos de colaboración eficaz. El artículo explora los desafíos que esta dinámica plantea para el respeto de principios constitucionales como la prohibición de autoincriminación y la defensa en juicio, indagando sobre la necesidad de establecer criterios de actuación que equilibren la eficiencia persecutoria con los estándares internacionales de derechos humanos
29-dic-2025Detención sin orden judicial en flagrancia: tensiones entre el CPPF y los estándares internacionalesEste artículo aborda la problemática de la detención sin orden judicial en el marco del Código Procesal Penal Federal, poniendo el foco en la tensión existente entre la regulación normativa de la flagrancia y los estándares internacionales de derechos humanos. A partir de las advertencias formuladas por la Corte Interamericana en el fallo Fernández Prieto y Tumbeiro, el trabajo analiza críticamente si la actual definición de flagrancia logra superar los déficits históricos de arbitrariedad policial o si, por el contrario, perpetúa márgenes de discrecionalidad incompatibles con la libertad personal bajo nuevas fórmulas legales. La obra invita a reflexionar sobre la adecuación del sistema acusatorio federal a las exigencias de estricta legalidad, objetividad y control judicial inmediato.
29-dic-2025El control sustantivo en la audiencia de formalización: fundamentos para admitir el sobreseimiento inicialEste artículo examina la viabilidad jurídica y procesal de solicitar el sobreseimiento durante la audiencia de formalización en el marco del Código Procesal Penal Federal. A través de un análisis que articula fundamentos filosófico-políticos sobre el poder punitivo con la dogmática del sistema adversarial, el texto explora la tensión entre las prácticas heredadas del sistema mixto y los principios de desformalización y defensa eficaz.
29-dic-2025El derecho de defensa en la etapa intermedia del CPPF. Apuntes para pensar nuevas estrategias alternativas desde la perspectiva de la defensa públicaEste artículo examina las facultades y estrategias defensivas durante la etapa intermedia del Código Procesal Penal Federal, destacando su rol crucial como filtro de control previo al juicio oral. El autor analiza los mecanismos procesales ante el vencimiento de los plazos de investigación y la inacción fiscal, cuestionando la constitucionalidad de la intimación judicial prevista en el artículo 266 del CPPF. Asimismo, se abordan las tácticas para impugnar la acusación fiscal —ya sea por defectos formales, atipicidad o insuficiencia probatoria— y se profundiza en el control de admisibilidad de la prueba, alertando sobre prácticas que podrían vulnerar la igualdad de armas, como el fraude de etiquetas en la prueba documental o la citación indebida de testigos de la defensa.