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Título : Giménez Ayala (causa N° 57346)
Fecha: 11-may-2026
Resumen : En el marco de un proceso penal, el juzgado interviniente había dispuesto que se practicara el examen mental previsto en el artículo 78 del Código Procesal Penal de la Nación sobre la persona imputada. Entre los puntos periciales, se había ordenado determinar la existencia de indicadores de desajustes o compromisos psicoorgánicos y/o características de personalidad compatibles con los hechos imputados. La defensa se opuso a la realización de la medida. En ese sentido, señaló que el punto de pericia afectaba la prohibición de autoincriminación y situaba a su asistido como objeto de prueba. El juzgado rechazó la oposición. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Por su parte, el dictamen del representante del Ministerio Público Fiscal ante la cámara fue favorable a la pretensión de la defensa.
Decisión: La Sala VI Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso y excluyó el punto de pericia impugnado (jueces Laíño y Lucini).
Argumentos: 1. Autoincriminación. Pericia médica. Informe pericial. Informe psicológico. “La pericia psicológica o psiquiátrica –a diferencia de otras diligencias en las que el imputado actúa como mero objeto de constatación– demanda necesariamente su participación activa. Este tipo de examen presupone la exteriorización de aspectos subjetivos y la provisión de información que se encuentra en la esfera de la intimidad, y que eventualmente podría resultar autoincriminante [hay cita]. En tales condiciones, frente a la negativa expresa a someterse a la medida en los términos dispuestos, imponer su materialización implicaría –como señaló [la defensa]– vulnerar el principio de no autoincriminación. [E]sa garantía supone, entre otras cosas, la libertad que tiene cualquier persona que sea sometida a un proceso penal a declarar o guardar silencio, sin que ello genere una presunción en su contra”.
Presentación de la Defensa: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6444
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala VI
Juez/a: Magdalena Laíño Dondiz
Julio Marcelo Lucini
Voces: AUTOINCRIMINACIÓN
INFORME PERICIAL
INFORME PSICOLÓGICO
PERICIA MÉDICA
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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