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FechaTítuloResumen
oct-2022Detenciones y requisas policiales sin orden judicial. La jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal posterior a la condena dictada por la Corte IDH en “Fernández Prieto y Tumbeiro”El presente trabajo se propone evaluar las sentencias dictadas por la Cámara Federal de Casación Penal entre el 1/1/2021 y el 30/6/2022; es decir, durante 18 meses posteriores al dictado de “Fernández Prieto y Tumbeiro”. El estudio se poropone, por un lado, realizar una caracterización de los casos resueltos por la CFCP y de los argumentos que empleó para validar o impugnar los procedimientos policiales de detención y requisa. Por otro, busca reflexionar acerca de la influencia que ejercen las decisiones de la CorteIDH sobre las sentencias que adopta ese tribunal. En definitiva, proponemos examinar el modo en que procedió la CFCP al realizar el control de convencionalidad encomendado por la Corte IDH.
oct-2022Conceptos y discusiones sobre la admisibilidad de la prueba en el proceso penal.El objeto de este trabajo es reflexionar sobre el alcance del derecho de una persona acusada para ofrecer y producir prueba de descargo en los procesos penales en los que se aplica el Código Procesal Penal de la Nación (también se harán breves referen cias al nuevo CPPF). Específicamente, se analizarán los conceptos que son claves para decidir si una prueba debe ser admitida en un proceso penal y se revisará su utilización en la jurisprudencia de diversos tribunales.
oct-2022Casos ambientales: jurisprudencia de la CSJNJurisprudencia de la CSJN en casos ambientales.
oct-2022Vehículos aéreos no tripuladosJurisprudencia nacional y extranjera sobre el uso de vehículos aéreos no tripulados para la obtención de prueba
30-sep-2022BNNUna mujer de 18 años vivía en un campo de la provincia del Chaco con su concubino. Tenían un hijo menor de edad. El hombre golpeaba, amenazaba y ejercía violencia sexual contra su pareja y el niño. Su hijo falleció a causa de diversas lesiones. Por ese hecho, la madre fue condenada por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo a la pena de diez años de prisión. Para decidir de esa manera, el tribunal interviniente sostuvo que la imputada había violado su deber de cuidado. La defensa de la mujer no recurrió la sentencia condenatoria. Luego, el Observatorio de Derecho Penal del Ministerio Público de la Defensa de la provincia del Chaco entrevistó a la mujer. En esa oportunidad, manifestó que no había sido informada sobre la posibilidad de recurrir el fallo. Ante esa situación, la Defensora General Adjunta del Poder Judicial de la provincia del Chaco interpuso un recurso de casación. En su presentación, explicó que la valoración de la prueba se había realizado en base a estereotipos de género. En ese sentido, remarcó que la incorporación de la perspectiva de género en los procesos judiciales era obligatoria en virtud de los tratados internacionales.
30-sep-2022Garcete (Causa N° 903)Una persona fue imputada por un delito tributario. A partir de un plan de pagos, reparó la mayor parte del perjuicio fiscal derivado por los hechos cometidos. Ese pago fue acreditado por las constancias remitidas por el organismo recaudador y fue reconocido por la parte querellante durante la celebración de la audiencia prevista por el artículo 293 del Código Procesal Penal. En ese sentido, solo quedaba subsistente el pago aproximado de $500.000 por lo que se encontraba abonado más de $2.000.000 del perjuicio fiscal por los períodos subsistentes. Entonces, el tribunal interviniente corrió vistas a las partes respecto de la legitimidad procesal actual de la AFIP/DGI para continuar en su rol de querellante. Por su parte, el representante de la AFIP/DGI estimó que no correspondía modificación alguna al respecto. Así, destacó que la legitimación procesal para actuar en juicio como parte querellante no había sufrido alteración alguna porque, a pesar de que el monto adeudado hubiera sido cancelado, el bien jurídico protegido por los delitos imputados era de carácter supraindividual. El representante del Ministerio Público Fiscal estimó que la AFIP/DGI continuaba legitimada para querellar pues la cancelación parcial de la deuda no eliminaba su capacidad en ese carácter. Además, expli-có que el bien jurídico protegido por las normas penales tributarias se vinculaba a la protección de la hacienda pública como recolección de tributos y soporte de los gastos del Estado. Por otro lado, la defensa expresó que debía declararse extinguida la acción penal por aplicación de lo normado por las leyes de regularización de deuda.
29-sep-2022Medina (Causa nº 4826)Una mujer utilizó las fotocopias del certificado de discapacidad y del DNI de su vecina para adquirir de manera gratuita cuatro pasajes de micro de larga distancia. Ello, en el marco del Régimen de Gratuidad de los Servicios de Transportes de Pasajeros para Personas con Capacidades Especiales (ley 22.431 y los decretos del Poder Ejecutivo de la Nación n° 38/2004 Y 118/2006). Dos de los pasajes fueron adquiridos a nombre de la beneficiaria y los otros dos a nombre de una tercera persona, en calidad de acompañante. A la hora de efectuar el viaje, simuló ser la titular y utilizó esos pasajes. En consecuencia, se inició una causa penal. La mujer fue imputada por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública en calidad de autora (artículos 45 y 174, inc. 5to. del Código Penal). En la etapa de juicio oral, la imputada ofreció arribar a un acuerdo conciliatorio. La mujer se comprometió a depositar la suma de $63.000 (pesos sesenta y tres mil), equivalentes al valor actual de los pasajes que obtuvo y utilizó indebidamente. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al acuerdo. Entre sus fundamentos, tuvo en cuenta las características y el alcance de la conducta disvaliosa, los bienes jurídicos afectados, la ausencia de antecedentes y la edad de la imputada.
28-sep-2022Chiozzi y otro (causa N° 299)Un grupo de personas presentó facturas falsas para subfacturar el valor de la mercadería que iban a exportar y obtener un tratamiento fiscal y aduanero distinto al que le correspondía. En consecuencia, fueron imputadas por el delito de contrabando documentado agravado (artículos 863, 864 inciso b y 865 inciso f) del Código Aduanero) en carácter de coautores (art. 45 del CP). En la etapa de juicio oral, las defensas solicitaron la aplicación del instituto de reparación integral. A ese efecto, ofrecieron donar a una institución la suma de $100.000 cada uno, pagaderos en tres cuotas mensuales y consecutivas. La fiscalía emitió un dictamen favorable al pedido. La querella, en cambio, se opuso a la aplicación del instituto. Entre sus argumentos, sostuvo que no era posible reparar en forma integral un perjuicio cuyo delito tiene un bien jurídico pluriofensivo y supra individual. El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 2 hizo lugar al ofrecimiento y suspendió el proceso por el término de tres meses. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación.
28-sep-2022Zelaya (causa Nº 23692)Un hombre había sido condenado a la pena de seis años de prisión e inhabilitación por el delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado. Al hombre le habían concedido la prisión domiciliaria. En ese contexto, su defensa solicitó su rehabilitación y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3, inciso e, del Código Nacional Electoral y de los artículos 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, en cuanto restringían el derecho a voto de las personas condenadas a penas de prisión. El representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció de manera favorable al pedido de rehabilitación, pero se opuso a la declaración de inconstitucionalidad. En su presentación, se remitió a lo establecido por la Cámara Electoral que negaba la posibilidad de votar a las personas condenadas con sentencia firme que cumplían la pena bajo la modalidad de arresto domiciliario. El tribunal interviniente rechazó los planteos de la defensa. Por ese motivo, interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad.
27-sep-2022Pfannshmidt Morales (Causa Nº 39286)Un hombre de nacionalidad chilena había sido condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de contrabando en grado de tentativa. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso por el término de diez años en virtud de lo dispuesto en el artículo 29, inciso c, de la Ley Nº 25.871, modificada por el decreto Nº 70/17. Contra esa disposición, el hombre interpuso un recurso de revisión judicial. En esa oportunidad, sostuvo que correspondía aplicar al caso la ley N°25.871 y su decreto reglamentario N°616/2010 sin las modificaciones introducidas por el decreto N°70/2017. En ese sentido, señaló que la redacción anterior era normativa vigente al momento del dictado de la condena penal y que era más benigna para su situación. Por su parte, el juzgado rechazó el recurso. Luego, la Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia. Contra esa decisión el actor interpuso un recurso extraordinario. Con posterioridad se promulgó el decreto 138/21 que derogó el Nº70/17 y restituyó la vigencia de la ley 25.871 en su texto original.