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FechaTítuloResumen
6-mar-2024NN (Causa N° 2024)Un hombre no cumplía de manera regular con el pago de los alimentos a favor de sus hijas. En ese marco, la progenitora de las niñas hizo el reclamo judicial y presentó una liquidación. En consecuencia, se intimó al hombre a abonar lo adeudado. Se le hizo saber que, si continuaba con esa conducta, se daría aviso a la fiscalía de turno por el delito de desobediencia. A su vez, se le notificó el cálculo efectuado por la accionante y se le comunicó que tenía tres días para abonar, bajo apercibimiento de embargar y vender sus bienes. El juzgado también ordenó su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios. Frente a esa situación, la actora pidió que se le impidiera al hombre la participación en la Fiesta Nacional del Surubí.
6-mar-2024L.S.A. (Causa N°18240)La firma “L.S.A.” realizó una obra consistente en la construcción de un galpón y de una cava a cielo abierto, en un predio cercano al Aeropuerto Internacional de Mar del Plata. La Administración Nacional de Aviación Civil denunció a la empresa por considerar que la obra afectaba la seguridad operacional de las aeronaves. Entonces, se inició una investigación contra las dos personas identificadas como responsables de la compañía por la presunta comisión del delito previsto en el artículo 194 del C.P y de las estipulaciones de la Ley 17285 Código Aeronáutico y reglamentaciones de la Administración Nacional de Aviación Civil 153 y 154. En ese marco, las personas fueron notificadas en los términos del artículo 104 del CPPN, pero no fueron citadas a prestar declaración indagatoria. Asimismo, se realizaron medidas de prueba para evaluar si las construcciones afectaban la operatoria de las aeronaves, que arrojaron resultado negativo. En consecuencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó el archivo de la investigación. La defensa de las personas indicadas como responsables de la compañía, por su parte, solicitó su sobreseimiento. En su presentación, entre otras consideraciones, indicó que el archivo era improcedente dado que los imputados estaban individualizados.
6-mar-2024Contrabando agravado. Problemas de una escala penal excesivaEl presente trabajo se propone conocer cuáles son las consecuencias de declarar la inconstitucionalidad de una escala penal y, principalmente, establecer qué tipo de sanción habilita la declaración de inconstitucionalidad. Para responder a ese interrogante, será necesario, previamente, poder dar respuesta a otras preguntas estrechamente relacionadas con el tema bajo estudio. En ese camino, deviene prudente comprender los argumentos que utilizan los magistrados para concluir que la escala penal, en un caso dado, deviene inconstitucional. A la par, resulta valioso conocer, por un lado, las características y forma de comisión de los hechos materia de juzgamiento, así como las características personales de los sujetos sometidos a proceso. Por último, es importante saber cuáles son las sanciones que, en definitiva, imponen los tribunales luego de declarar la incompatibilidad de la pena con la Carta Magna.
5-mar-2024NGR (Causa N°14535)Un joven de diecisiete años fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes sin prisión preventiva. Durante la etapa de instrucción, no se dio intervención al asesor de menores. Antes de ser elevada la causa a juicio, el imputado cumplió la mayoría de edad. En la etapa de juicio la Defensoría Pública de Menores e Incapaces solicitó que se declarara la nulidad absoluta de todo lo actuado y el sobreseimiento del joven.
5-mar-2024MDA c. COBERMED (Causa N° 1920)Una mujer estaba afiliada a una cobertura de salud privada. En su plan estaba incluida su hija menor de edad, que tenía una discapacidad psicofísica. En diciembre de 2023 la empresa le informó que incrementaría en gran medida las cuotas de los próximos meses en virtud de lo establecido por el DNU 70/2023. Por esa razón, la mujer –por su propio derecho y en representación de su hija– inició una acción de amparo contra su cobertura médica. En su presentación, sostuvo que los incrementos afectaban sus derechos al acceso a la salud, a la vida y a la propiedad. Asimismo, pidió como medida cautelar que se readecuaran las cuotas de manera que su valor se limitara a lo que autorizara la autoridad de aplicación. También planteó la inconstitucionalidad del referido decreto porque consideró que no se había cumplido con el procedimiento previsto por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.
5-mar-2024RNS c. Galeno (Causa N° 1192)Una mujer y su hija menor de edad estaban afiliadas a una cobertura de salud privada. La niña tenía una discapacidad psicosocial y requería prestaciones educativas, de apoyo escolar y de rehabilitación. A su vez, los únicos ingresos del grupo familiar provenían del trabajo en relación de dependencia del progenitor. Luego del dictado del DNU 70/23 –que desreguló el marco regulatorio del sistema de salud– su cobertura aplicó aumentos importantes en las cuotas mensuales. De esa manera, la cuota llegó a representar la mitad de los ingresos del grupo familiar. En ese marco, la mujer inició un amparo contra la cobertura para que no se aplicaran esos incrementos. A su vez, interpuso una medida cautelar para la suspensión de los aumentos durante el proceso. Luego, el juzgado de primera instancia corrió traslado de la demanda a la accionada por un plazo breve. En esa oportunidad, la cobertura de salud expresó que existía un gran retraso en el valor de las cuotas de los asociados. Manifestó que había procedido de forma legal al momento de implementar y notificar los aumentos a los afiliados.
4-mar-2024BDN (Causa N° 749909)Un hombre solicitó en sede judicial la reducción de la cuota alimentaria que se le había impuesto. En ese marco, se corrió traslado de la demanda. Luego, el juzgado dictó una providencia en la que la tuvo por contestada en tiempo y forma. Contra ese proveído, la actora interpuso un recurso de apelación. En concreto, sostuvo que el abogado de la contraria le había enviado un mensaje vía Whatsapp con anterioridad, por lo que ya tenía conocimiento de la existencia del proceso. En consecuencia, solicitó que tuviera por decaído el derecho a contestar demanda, dado que con ese mensaje ya se había notificado de manera personal y el plazo había vencido. Por su parte, la demandada señaló que la circunstancia que su letrado supiera de la tramitación del expediente no significaba que ella estuviera notificada.
mar-2024Delitos agravadosJurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre vehículos dejados en la vía pública, robo en poblado y en banda, intervención de una persona menor de 18 años y robo con arma impropia.
29-feb-2024AME (Causa Nº 92297)Una mujer con discapacidad psicosocial se encontraba internada por motivos de salud mental en un hospital. En paralelo se llevaba adelante un proceso de determinación de su capacidad jurídica. Asimismo, percibía una pensión no contributiva por discapacidad y estaba afiliada al programa Incluir Salud. A raíz de un informe social elaborado durante la pandemia, surgió que la mujer no conocía el valor del dinero y requería un auxiliar que efectuara las compras de elementos necesarios para su tratamiento hospitalario. El juzgado de primera instancia ordenó a Incluir Salud que otorgara la prestación del servicio de auxiliar. En una providencia posterior, el juez volvió a ordenar con carácter urgente que el Programa otorgara la cobertura integral de la prestación, lo que fue apelado por Incluir Salud. Por su parte, la Defensoría Pública Curaduría N° 1 contestó los agravios de la entidad y se opuso a ellos. Al respecto, planteó que se debía confirmar la orden para que Incluir Salud solventara en forma total los honorarios de la auxiliar que su defendida necesitaba. Con posterioridad, la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró mal concedida la apelación. En ese sentido, consideró que la sentencia apelada remitía a una anterior que se encontraba firme. Contra tal decisión, el Programa Incluir Salud interpuso un recurso de inconstitucionalidad, que fue rechazado por la Cámara. Para decidir así, entendió que la legislación procesal nacional no contemplaba ese remedio. Frente al rechazo, el apoderado de Incluir Salud interpuso un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esa oportunidad, el Tribunal dió trámite al recurso de inconstitucionalidad y ordenó a la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confiriera su traslado y luego se pronunciara sobre su admisibilidad.
29-feb-2024TMST (Causa N° 23490).Una mujer migrante se encontraba a cargo de su hijo argentino menor de edad. A su vez, la mujer había sido condenada por la comisión de un delito. En virtud de esa condena, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) ordenó su expulsión del país. Esa disposición fue convalidada en sede judicial tanto en primera como en segunda instancia. Contra lo decidido, la mujer interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo presentó una queja. En esa oportunidad, intervino la Defensoría General de la Nación. En su dictamen, la Defensora General remarcó el estado de indefensión del niño durante el trámite del expediente. En ese sentido, destacó la falta de intervención del defensor público de menores e incapaces, debido a que los jueces de las instancias anteriores habían negado la legitimación del Ministerio Público de la Defensa porque no consideraron al niño como parte en el proceso. También señaló que las disposiciones de la DNM que ordenaron la expulsión, así como las resoluciones judiciales posteriores no tuvieron en cuenta el interés superior del niño y el derecho a que se preserve su centro de vida y núcleo familiar. Sobre ese aspecto indicó que la mujer era el único sostén económico y afectivo del niño. Por último, expresó que la potestad estatal en materia migratoria debía respetar las garantías convencionales.