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FechaTítuloResumen
7-abr-2017M, FY y otrosEn septiembre de 2014 un juez ordenó el allanamiento de un domicilio en el marco de una investigación por venta de estupefacientes. En la orden no se especificó el horario estimado ni se habilitó la realización de la medida en horario nocturno. Sin embargo, la policía de la provincia de Río Negro allanó el domicilio a las 20.05h. y encontró sustancias estupefacientes. La defensa solicitó la nulidad del procedimiento. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca hizo lugar al pedido. Para llegar a esa conclusión, confirmó a través de internet que el horario de la puesta de sol había sido a las 19:26h. y el crepúsculo vespertino a las 19:53h.; es decir, determinó que la medida se llevó a cabo en horario nocturno. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
7-abr-2017M, F c PAMIUn adulto mayor que padecía gonartrosis y no podía caminar solicitó a su obra social que le entregue la prótesis que le prescribió el médico para su rodilla. Ante la falta de respuesta de PAMI, inició una acción de amparo y requirió, como medida cautelar, la entrega de la prótesis. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar. La demandada interpuso un recurso de apelación.
7-abr-2017RDE (causa N° 990000124)Una persona se encontraba imputada por el delito de contrabando (artículo 863 y 865, inciso f del Código Aduanero). Su defensa planteó la inconstitucionalidad de los montos mínimos de pena establecidos en esa norma y solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el imputado ofreció autoinhabilitarse y $ 25.000 en concepto de reparación del daño ocasionado. El fiscal se opuso al planteo.
7-abr-2017TME y otro (causa Nº 1831)Una mujer y su hijo se encontraban a punto de abordar una embarcación con destino a Uruguay. Al controlar sus pertenencias, personal policial halló 146 gramos de marihuana y 0,4 gramos de cocaína. En consecuencia, el juzgado ordenó el allanamiento de su domicilio. Allí fueron secuestradas doce plantas de marihuana. En razón de esos hechos, las personas fueron imputadas por el delito de contrabando de exportación agravado por tratarse de estupefacientes en grado de tentativa (artículos 864, inciso d y 866, primer párrafo del Código Aduanero), en concurso real con la figura de guarda y siembra de semillas, hojas y plantas (artículo 5, inciso a, ley 23737). Las defensas de los imputados solicitaron su sobreseimiento por considerar que la conducta que se les reprochaba resultaba atípica por quedar amparada en la esfera de privacidad que contempla el artículo 19 de la Constitución Nacional. La fiscalía se expidió en el mismo sentido.
6-abr-2017Q, JL y otrosEn un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía y la defensa pactaron una pena de cinco años de prisión por el delito de explotación de la prostitución e incluyeron una reparación de $200.000. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena acordada pero no hizo lugar al compromiso reparatorio. Sobre este punto, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Asimismo, el Programa de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico para Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación se presentó como amicus curiae. Sostuvo que correspondía reparar a las víctimas de explotación de acuerdo con los parámetros tanto de la ley Nº 26.842 en consonancia con los artículos 23, 29 inc.1 y 2, 30 y 31 del CP, como de la CADH, la Convención de Belém do Pará, la Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo de Palermo. Asimismo, se fundó en las consideraciones del caso “Trabajadores de la Hacienda Brasil v. Brasil” de la Corte IDH.
6-abr-2017Defensoría de Menores e Incapaces c. ColegioUna adolescente con discapacidad cursó durante catorce años en un colegio de gestión privada bajo la modalidad de integración. Sin embargo, en 2015 las autoridades del colegio les informaron a los padres de la joven que no matricularían a su hija en el ciclo lectivo 2016. La Defensoría de Menores e Incapaces Nº 6 presentó una acción de amparo contra la institución y solicitó, como medida cautelar, que se inscribiera a la niña. La medida cautelar fue otorgada. La parte demandada interpuso un recurso de apelación que fue declarado desierto. Posteriormente, se presentó la adolescente con su abogado personal y manifestó que la demandada dejó de brindarle apoyo docente y maestra integradora con la intención de hacerla cesar en su voluntad de continuar su escolaridad en esa institución. En consecuencia, solicitó ampliar la medida cautelar. El Juzgado Civil Nº 99 desestimó el pedido del abogado de la niña porque el objeto de la litis no comprendía el modo en que se desarrollaba el trato de la niña en la institución educativa. La Defensoría de Menores e Incapaces Nº 6 interpuso una nueva demanda de amparo con el objeto de que se declare inconstitucional e ilegítima toda conducta que afecte o amenace el derecho de la niña a terminar su educación inclusiva en el colegio demandado por razones que tuvieran causa en su condición de persona con discapacidad.
6-abr-2017AWME (reg. N° 509 y causa N° 4736)Un hombre condenado, padre de dos niños, se hallaba detenido en un complejo penitenciario lejano al domicilio de su familia. Uno de sus hijos padecía una grave discapacidad derivada de una forma de hidrocefalia. Los niños, de 4 y 12 años, se encontraban al exclusivo cuidado de su madre, quien se hallaba imposibilitada para conseguir trabajo. Frente a esta situación, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario al imputado en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El pedido fue rechazado. La resolución fue recurrida y anulada por la Sala II de la CFCP, que ordenó la realización de varios informes que permitieran dar cuenta de la situación familiar del imputado. Luego, se dio intervención a diversos médicos, delegados tutelares y trabajadores sociales. De los informes elaborados surgía que el niño con discapacidad padecido severas consecuencias en su salud física y psicológica a raíz de la detención de su padre. Además, se explicó que la madre no contaba con posibilidades económicas para solventar los gastos diarios ni los tratamientos particulares que la discapacidad de su hijo requería. Frente a ese contexto, se concluyó que el arresto domiciliario del imputado resultaba el mejor instrumento para la protección integral de sus hijos. Sobre esa base, la defensa realizó un nuevo pedido de prisión domiciliaria. El juzgado de ejecución lo rechazó. Para decidir de esa manera, entendió que el cuidado de los menores de edad por parte de la madre y los fondos que la familia recibía resultaban suficientes. Contra esa decisión, la defensa oficial y el defensor público de menores e incapaces interpusieron recursos de casación.
6-abr-2017Q, DW y otrosVarias personas fueron detenidas por conductas calificadas como delitos de la ley de estupefacientes. La fiscalía consideró los hechos como flagrantes y aplicó el proceso previsto en la ley 27.272, modificatoria del CPPN. Durante la audiencia artículo 353 ter CPPN, la defensa solicitó la nulidad del acta inicial y todos los actos consecuentes y el sobreseimiento del imputado. El juez hizo lugar al pedido. Contra esa decisión, la fiscal interpuso un recurso de apelación. A tal fin, invocó los artículos 432, 449 y subsiguientes del CPPN, correspondientes al procedimiento recursivo común, y difirió la presentación de los agravios. Tres días después de la audiencia, fundó su presentación por escrito. El juez concedió el recurso de apelación.
6-abr-2017RJM (causa Nº 19)Una persona que cumplía una pena privativa de la libertad solicitó que se le concediera la libertad condicional. De los informes practicados por el Servicio Penitenciario Federal se desprendía que poseía conducta ejemplar y concepto bueno, y que había cumplido los objetivos fijados por las divisiones de trabajo y educación. Por su parte, el informe psiquiátrico consideró que tenía un trastorno antisocial de la personalidad que implicaba un desprecio por los derechos de las víctimas de sus delitos. Por tal razón, concluyó que, en caso de concedérsele la libertad, existían indicadores de riesgo para la sociedad. Con base en ese informe, el Tribunal Oral rechazó la incorporación del imputado al régimen requerido. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
5-abr-2017S, M (prisión preventiva)Una líder de una organización barrial había sido detenida luego de participar en una protesta social. Esa detención fue dejada sin efecto pero, debido a una nueva orden dictada en el marco de una causa por asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión, la mujer permaneció en prisión preventiva. Ante esta situación, la defensa interpuso un recurso de inconstitucionalidad. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy consideró que se encontraban cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 318 y 319 del Código Procesal Penal local para disponer la prisión preventiva (plena prueba de la existencia del delito y semiplena prueba de la culpabilidad). A su vez, a partir de las declaraciones brindadas en el marco de la investigación, consideró que existía riesgo de que los testigos fuesen intimidados por la imputada. Asimismo, señaló que, dada su condición de líder de una organización barrial, las posibilidades de que eluda el accionar de la justicia y obstruya la investigación se veían incrementadas. En consecuencia, el tribunal rechazó la impugnación. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso extraordinario.