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FechaTítuloResumen
29-ago-2017AMN (causa N° 52908)Diversas personas fueron investigadas por haber integrado una asociación ilícita. En particular, se les imputó la comisión de los delitos de secuestro extorsivo, robo y tenencia ilegítima de armas. Al momento de los hechos, uno de los imputados tenía diecisiete años. Por tal razón, fue internado en un instituto de menores. Allí, mantuvo buena conducta y realizó actividades educativas y sociales. Al cumplir dieciocho años, fue trasladado a otro centro y cesó su disposición tutelar. Durante el juicio oral, la fiscalía entendió que correspondía declarar la responsabilidad penal del joven y reducir el monto de su pena (cfr. artículo 4 de la ley N° 22.278). En ese sentido, solicitó que se le impusiera una pena de 5 años de prisión. Por su parte, la defensa consideró que su asistido había cumplido con el tratamiento tutelar y que, en consecuencia, la aplicación de una pena, en su caso, carecería de sentido. La asesora de menores adhirió a dichos argumentos, y solicitó la absolución del imputado.
29-ago-2017BW y otrosEl juez de instrucción procesó a un grupo de personas por comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas. Más tarde, el hecho fue calificado como “confabulación” por la Cámara de Apelaciones. Sin embargo, al requerir la elevación a juicio de la causa, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que se trataba de una tentativa de contrabando agravada por ser cometido por tres o más personas. Frente a este cambio de calificación, la defensa realizó un planteo de nulidad. El Juzgado no hizo lugar a la impugnación. Por ese motivo, interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que se había violado el principio de congruencia.
29-ago-2017VGP y otro (causa Nº 25020)Dos personas habían utilizado una tarjeta de crédito y un DNI pertenecientes a un tercero para efectuar compras en una farmacia y le ocasionaron un perjuicio económico al local. Ambas fueron imputadas por el delito de estafa en concurso ideal con el uso de un documento nacional de identidad ajeno. La defensa solicitó la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal. El tribunal hizo lugar al pedido y el acto fue realizado de acuerdo a lo prescripto por el artículo 293 del CPPN. Los imputados ofrecieron reparar el daño patrimonial ocasionado al comercio. La propuesta fue aceptada por el representante legal de la firma. La defensa requirió, entonces, que se homologara el acuerdo y se extinguiera la acción penal. Sin embargo, la fiscalía consideró que el propietario del DNI y tarjeta de crédito también había sido damnificado. Por esa razón, planteó que correspondía suspender la audiencia y citarlo. Asimismo, entendió que su consentimiento resultaba ineludible para proceder de conformidad con lo peticionado por la defensa. El Tribunal Oral homologó el acuerdo, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a los imputados. Para decidir de esa manera sostuvo que, de acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, la farmacia era la única parte que había sufrido un perjuicio patrimonial. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
28-ago-2017FAI (causa Nº 2708)Un médico recetó a un joven con discapacidad (parálisis cerebral, retardo en el desarrollo y epilepsia encefalopática) un tratamiento con aceite de Cannabis. Los representantes legales del joven solicitaron a la empresa de medicina prepaga a la cual estaban afiliados la cobertura integral del medicamento. Ante la negativa de la entidad, iniciaron una acción de amparo y requirieron, como medida cautelar, la inmediata provisión del aceite de Cannabis. El tribunal de primera instancia hizo lugar a esta última pretensión. Contra dicha resolución, la demandada interpuso recurso de apelación.
28-ago-2017CMV (28 8 17)Una mujer con discapacidad (hipoparatiroidismo severo) solicitó a su obra social, mediante indicación médica, la cobertura de la hormona paratiroide recombinante 1-84 inyectable (Ntpara shire). Ante la negativa de la entidad, inició una acción de amparo y solicitó como medida cautelar la cobertura integral del medicamento. Posteriormente, CVM fue despedida de su empleo. Ante esta circunstancia, la ANSeS le otorgó un seguro desempleo por el término de un año; sin embargo, se quedó sin obra social. Entonces, concurrió al Ministerio de Desarrollo a fin de anotarse en el monotributo social y optar por su obra social (Unión Personal). Al concurrir a esa delegación le informaron que debía esperar tres meses para solicitar un turno y, un año después, se le concedería el monotributo y se la afiliaría a la obra social. En consecuencia, solicitó una segunda medida cautelar para que se la asociara nuevamente a la obra social y contar, sin interrupción, con la cobertura integral de la medicación que requería.
24-ago-2017Gutiérrez Hernández y otros v. GuatemalaLa mañana del 7 de abril de 2000, una mujer, Mayra Gutiérrez, acompañó a su hija adolescente a la parada del colectivo. Luego, según había comentado a su familia, haría trámites personales y se trasladaría a otra localidad para dar clases en la Universidad. Sin embargo, nunca viajó a la institución educativa ni al hotel en el que solía alojarse. Su hermano y una compañera de trabajo denunciaron su desaparición. Se inició, entonces, una investigación que permanece abierta. Después de descartar una serie de hipótesis, las autoridades consideraron la posibilidad de que la ex pareja de Gutiérrez tuviera responsabilidad en el hecho.
23-ago-2017JLR (causa Nº24424)Dos personas fueron imputadas de conformidad con las reglas que rigen el procedimiento de flagrancia. En ese marco, la defensa cuestionó “…las diversas medidas adoptadas por la Fiscalía durante el lapso que se aprehendió a los encartados y se desarrolló la audiencia de rigor, ello en tanto y en cuanto se ha llevado adelante la recolección de un plexo probatorio que no revestía urgencia alguna y sin el debido contralor que se exige para estos casos”. Frente a esto, se opuso al trámite de flagrancia que se le dio al caso y solicitó su “ordinarización”. El planteo llegó a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata por vía de un recurso de apelación.
19-ago-2017FLCA través de una denuncia anónima efectuada en un destacamento policial de Tigre se informó que una vivienda poseía una plantación de marihuana en su jardín. Por esa razón, se dio intervención a la Unidad Fiscal Especializada en Drogas Ilícitas de esa localidad, que ordenó una serie de tareas de investigación en torno al domicilio señalado. De los resultados de esas diligencias no surgió actividad alguna relacionada al comercio de estupefacientes. Sin embargo, la fiscalía solicitó el allanamiento del inmueble. En el marco de ese procedimiento se secuestraron frascos, envases y envoltorios que contenían marihuana y ocho plantas de la misma especie. El peso total de la sustancia secuestrada fue de 2613 gramos. Como consecuencia de ese hecho, se detuvo al ocupante del inmueble y se dictó su procesamiento por el delito de cultivo de estupefacientes (artículo 5, inciso a, ley Nº 23.737). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que la marihuana estaba destinada a su consumo personal. De manera subsidiaria, solicitó que se modificara la calificación legal imputada por la de tenencia simple. En paralelo, se requirió la excarcelación del imputado y, frente al rechazo de la solicitud, se dedujo el recurso correspondiente.
19-ago-2017FLC (excarcelacion)A través de una denuncia anónima efectuada en un destacamento policial de Tigre se informó que una vivienda poseía una plantación de marihuana en su jardín. Por esa razón, se dio intervención a la Unidad Fiscal Especializada en Drogas Ilícitas de esa localidad, que ordenó una serie de tareas de investigación en torno al domicilio señalado. De los resultados de esas diligencias no surgió actividad alguna relacionada al comercio de estupefacientes. Sin embargo, la fiscalía solicitó el allanamiento del inmueble. En el marco de ese procedimiento se secuestraron frascos, envases y envoltorios que contenían marihuana y ocho plantas de la misma especie. El peso total de la sustancia secuestrada fue de 2613 gramos. Como consecuencia de ese hecho, se detuvo al ocupante del inmueble y se dictó su procesamiento por el delito de cultivo de estupefacientes (artículo 5, inciso a, ley 23.737). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que la sustancia estaba destinada a su consumo personal. De manera subsidiaria, solicitó que se modificara la calificación legal imputada por la de tenencia simple. En paralelo, se requirió la excarcelación del imputado y, frente al rechazo de la solicitud, se dedujo el recurso correspondiente.
18-ago-2017MREP (causa Nº 93000172)Una persona condenada por delitos de lesa humanidad padecía severas afecciones neumonológicas crónicas. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. Junto a su presentación, acompañó un informe médico del que surgía que, de permanecer en el Complejo Penitenciario Federal donde se alojaba, sus enfermedades podían verse agravadas de grave manera. Asimismo, hizo hincapié en las condiciones estructurales del Complejo, que carecía de los medios adecuados para tratar la situación de su asistido. El Tribunal Oral requirió la realización de diversos informes médicos al establecimiento penitenciario y al Cuerpo Médico Forense. Del primero se desprendía que el imputado era un paciente con riesgo de muerte súbita ante cualquier circunstancia que lo descompensara. Por otro lado, el segundo afirmaba que su estado de salud se encontraba debidamente tratado en la cárcel. Sobre la base de ese dictamen, el tribunal rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.