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FechaTítuloResumen
13-jul-2021Carew (Causa N° 43243)Un hombre utilizó un arma de plástico para cometer un robo. El arma no contaba con la parte superior ni con el cargador, y se encontraba en un estado deficiente. Por ese hecho, el tribunal oral interviniente lo condenó como coautor del delito de robo calificado por haber sido cometido con un arma de utilería. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Con posterioridad, presentó un escrito en el que postuló que el arma utilizada era de juguete y no podía ser considerada de utilería. En ese sentido, solicitó que el comportamiento de su asistido sea encuadrado en el delito de robo simple.
13-jul-2021TCV (causa Nº 44075)Una mujer mantuvo una relación de convivencia con un varón durante siete años. Al momento de la ruptura del vínculo, continuaron la convivencia en habitaciones separadas. Luego de una semana, la mujer denunció a su ex pareja en la Oficina de Violencia Doméstica. Esta situación fue calificada de alto riesgo por la Oficina de Violencia Doméstica. El denunciado guardó silencio frente a las diversas notificaciones realizadas en el marco del proceso. Por ese motivo, el juzgado civil dispuso de manera cautelar la exclusión y la prohibición de reingreso del denunciado al domicilio, así como la restricción de acercamiento de ambas partes por un plazo de 180 días. Contra esta decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación en el que solicitó que la restricción sólo pesara sobre el denunciado.
13-jul-2021Madsen (reg. Nº 1154 y causa Nº 17789)Dos personas fueron acusadas de haber evadido al Fisco nacional la suma de $795.807,36 correspondiente al Impuesto al Valor Agregado del período fiscal 2016. Por ese hecho fueron imputadas por el delito de evasión simple En la etapa de instrucción, fueron sobreseídos por la aplicación retroactiva de la ley N° 27.430. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. La Cámara revocó el pronunciamiento recurrido. Para decidir de esa manera, consideró que la nueva ley no había modificado la reprobación social de la conducta, sino que había actualizado el quantum de las condiciones objetivas de punibilidad de los delitos allí previstos. La defensa interpuso un recurso de casación, que fue rechazado. En consecuencia, interpuso un recurso de queja. Entre otras cuestiones, planteó que la Cámara había hecho una interpretación irrazonable de la ley N° 27.430 por lo que se había vulnerado el principio de legalidad. En ese sentido, expuso que dicha ley resultaba más benigna y que debía aplicarse de manera retroactiva, en línea con lo afirmado en el precedente “Palero” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
13-jul-2021AVB (causa Nº 16986)Una mujer realizó una denuncia por violencia de género en la Oficina de Violencia de Género (OVD). En esa oportunidad, solicitó que el denunciado no se acercase al domicilio en el que ella vivía así como no quedar a solas con él. La OVD emitió un informe interdisciplinario en el que sugirió la discontinuidad del vínculo entre el denunciado y la denunciante, y la determinación de la prohibición de acercamiento del denunciado a la residencia. El juzgado de primera instancia emitió una medida de protección y dispuso la prohibición de acercamiento reciproca entre la denunciante y el denunciado. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación.
9-jul-2021Promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas africanas y afrodescendientes contra el uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridadLa Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos realizó un informe temático sobre la promoción y protección de los derechos humanos de las personas africanas y afrodescendientes en el marco del mantenimiento del orden público. En particular, analizó el uso excesivo de la fuerza y otras violaciones cometidas por las fuerzas de seguridad con motivos raciales. Luego, formuló recomendaciones para combatir el racismo estructural en las fuerzas de seguridad y en el sistema de justicia penal.
8-jul-2021Cardozo (causa N°440)Durante un control fronterizo en el Paso Internacional “Cardenal Antonio Samoré” llevado a cabo por la Gendarmería Nacional, se revisó un micro de larga distancia mediante el empleo de un can antinarcóticos. En determinado momento, el perro realizó gestos característicos vinculados al hallazgo de estupefacientes sobre una pasajera. Luego de requisarla, se encontraron 2,7 kilos de cocaína entre sus prendas. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad tenencia con fines de comercialización. Durante el transcurso del proceso la defensa aportó pruebas respecto de la situación de vulnerabilidad de la mujer, así como de la necesidad que atravesaba ante la imposibilidad económica de hacer frente a una cirugía de alto riesgo que requería su hijo. Las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. Durante la etapa de juicio oral, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que la mujer era una víctima estructural ante la falta de acceso oportuno a bienes económicos, culturales y sociales. En ese sentido, sostuvo que terceras personas abusaron de su situación de extrema vulnerabilidad y la utilizaron para transportar estupefacientes. Sobre este aspecto, señaló que había realizado un trabajo de transporte de drogas en condición de “mula”. Por esa razón, tuvo por acreditado un estado de necesidad que justificó la conducta, retiró la acusación y solicitó su absolución.
7-jul-2021Calermo (causa N° 76024)Dos hermanos, uno de ellos menor de edad, estaban con un amigo en un pasillo de su barrio cuando un hombre se acercó a hacerles una pregunta. En ese momento, las tres personas lo arrinconaron para quitarle sus pertenencias. El hermano menor lo revisó, la otra persona lo inmovilizó y el hermano mayor se mantuvo a distancia para controlar la situación. Luego de producirse un forcejeo, dos de ellos huyeron mientras que el joven menor de edad permaneció en el lugar, extrajo un arma de fuego de su cintura y disparó sobre la víctima. El hombre fue herido y trasladado a un hospital. El hermano mayor fue detenido e imputado en calidad de coautor por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido criminis causae en grado de tentativa, en concurso ideal con robo con arma de fuego, agravados por la intervención de un menor. Bajo esta calificación, la causa se elevó a juicio. Durante la audiencia del debate, uno de los testigos declaró que el joven menor de edad había aludido a la tenencia de un arma mediante un gesto. La víctima sostuvo que no había notado que el joven tenía un arma ni si había realizado un gesto en alusión. Por su parte, el imputado aceptó la concreción del robo, pero desconoció la existencia del arma que llevaba su hermano menor, su posible uso y la consideración de la posible lesividad.
7-jul-2021Urbano (causa N° 91021922 )En 2011, a raíz de una denuncia anónima, personal policial detuvo a un hombre que llevaba consigo aproximadamente un kilo y medio de cannabis sativa y que almacenaba en otro lugar cercano cuatrocientos sesenta y cinco gramos de la misma sustancia. Por esos hechos, el hombre fue procesado por el delito de almacenamiento de estupefacientes. Al momento de su detención, la persona consumía cocaína, era padre de tres niños pequeños, realizaba trabajos informales como albañil y carecía de recursos económicos. En 2021, elevada la causa al tribunal oral, el hombre suscribió un acuerdo de juicio abreviado. En ese marco, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la aplicación de la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento. Por su parte, la defensa sostuvo que la persona carecía de antecedentes penales, que se había reinsertado socialmente y que la aplicación de la pena suscripta era contraria a los principios de proporcionalidad y razonabilidad. Por ese motivo, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del mínimo de la pena y la imposición de una condena de tres años de prisión de ejecución condicional.
7-jul-2021SORR (Causa N° 7244)En 1997 se declaró la incapacidad de una mujer, de acuerdo a lo que preveía el artículo 153 del Código Civil vigente en ese momento. En la resolución, se aplicó la referida norma dado que la mujer presentaba la condición de “sordomuda que no sabe darse a entender por escrito”. Con posterioridad, esa decisión se sometió a revisión. Así, en 2021 se dictó una sentencia que restringió la capacidad jurídica de la mujer para la realización de cualquier acto de disposición de bienes y de administración de sus haberes previsionales. Asimismo, se designó como apoyo a su sobrina. A la vez, estableció a modo de salvaguarda que para la enajenación de bienes registrables requería autorización judicial previa. Para decidir de esa manera, el juez valoró la entrevista personal y el dictamen del equipo interdisciplinario. Luego, la Unidad de Letrados en Procesos de Salud Mental provincial (ULPSM) –en calidad de patrocinante de la mujer– apeló la resolución. En ese sentido, solicitó el cese de la restricción de la capacidad jurídica de la mujer porque no estaba comprendida en ninguna de las situaciones descriptas por el artículo 32 del Código Civil y Comercial. Al respecto, señaló que la hipoacusia no era un padecimiento mental prolongado. Además, consideró que la mujer manejaba de forma autónoma sus ingresos y convivía desde hacía varios años con un hombre. Agregó que se desempeñaba como profesora de lengua de señas y que a las barreras se encontraban en el contexto y en las instituciones. Por su parte, el Ministerio Público actuante indicó que había reconsiderado las circunstancias del caso a partir del recurso presentado. En esa línea, advirtió que las restricciones impuestas no se correspondían con la realidad de la mujer, ya que su discapacidad no había sido un obstáculo en su vida. Al respecto, destacó que percibía y administraba su pensión y que su sobrina la asistía con las compras. Por ese motivo, solicitó que se admitiera el recurso, se revocaran las restricciones y se mantuviera a su sobrina como figura de apoyo.
7-jun-2021FGE (Causa N° 7232)Tres hermanos se encontraban en situación de vulnerabilidad social. Uno de ellos tenía un año cuando su progenitora lo llevó al hospital y le diagnosticaron quemaduras. En ese contexto, tomó intervención el servicio zonal, que constató que el mismo año la progenitora había acudido a la guardia por politraumatismo, producto de una golpiza por parte del progenitor. En virtud de esa situación, se dictó una medida de abrigo con relación al niño y fue separado de su familia de origen. Con posterioridad, sus otros dos hermanos fueron incluidos en una medida de protección excepcional y trasladados a un hogar. Luego de cuatro años de iniciado el proceso, los progenitores no pudieron probar la aptitud para garantizar el bienestar de los niños. En consecuencia, se declaró la situación de adoptabilidad de los tres hermanos. Esa decisión fue apelada por la progenitora y confirmada por la cámara. En ese contexto, un matrimonio comenzó a vincularse con uno de los niños y a realizaba salidas periódicas. Luego, manifestaron su deseo de adoptarlo. Tiempo después, se dictó la adopción plena del niño. Al año, el matrimonio manifestó su deseo de no continuar con la adopción por las conductas violentas que el niño exteriorizaba. En consecuencia, el servicio zonal dictó una medida de abrigo mediante la cual el niño volvió a ser institucionalizado. En esa oportunidad, la madre biológica tomó conocimiento de la situación y expresó que había podido rehacer su vida y que en ese momento estaba en condiciones de hacerse cargo de su hijo. Solicitó que se le brindara la oportunidad de criarlo y darle la contención que no había podido. Por su parte, el niño también expresó su deseo de reencontrarse con su madre. El equipo técnico del juzgado valoró de forma positiva la vinculación entre ellos y la voluntad de permanecer juntos.