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FechaTítuloResumen
19-ago-2022GMM (CAUSA N° 21-11374982-9)Un hombre y una mujer mantuvieron una relación sexoafectiva por un breve período. Luego perdieron contacto. Dos años después, el hombre tomó conocimiento que la mujer había tenido una hija, y que había sido reconocida por su pareja. Sin embargo, el hombre le planteó a la mujer que tenía dudas sobre su posible paternidad. Por ese motivo, realizaron un estudio de ADN que confirmó el vínculo filial entre la niña y el hombre. En consecuencia, el hombre comenzó a visitar a su hija e inició una acción judicial a fin de impugnar el reconocimiento del padre legal y ser emplazado como progenitor biológico. La madre no cuestionó el pedido en virtud de los resultados de la prueba genética. Sin embargo, sostuvo que nunca pensó que la niña podía ser hija del actor. Agregó que el padre reconociente había cuidado siempre de la niña y que existía afecto recíproco entre ellos. En consecuencia, solicitó que se mantuviera el apellido paterno y que no se desplazara la filiación del progenitor legal. Por su parte, el actor se opuso a lo requerido, ya que indicó que la niña debía llevar el apellido de sus progenitores biológicos. En ese sentido, manifestó que el cambio de apellido paterno no le ocasionaría ningún daño por su corta edad. Con posterioridad, se presentó el demandado y pidió se reconociera la triple filiación en razón del interés superior de la niña. Entre sus argumentos, destacó que se había conformado un vínculo socioafectivo entre ambos. Por último, el juzgado dio intervención al equipo interdisciplinario para escuchar a la niña. En esa ocasión, ella pudo expresar que tenía dos papás.
7-jun-2022Medina (causa Nº 5465)A dos hombres de nacionalidad boliviana –uno de ellos menor de edad– se les incautaron cédulas de identidad bolivianas que no eran suyas. Por tal razón, fueron imputados e indagados por el delito de uso de documento de identidad ajeno, en los términos del artículo 33 de la ley Nº 20.974. En la etapa de juicio oral, la defensa interpuso una excepción de falta de acción y solicitó el sobreseimiento de los imputados. En particular, sostuvo que sus asistidos eran extranjeros y que no se encontraban inscriptos en el Registro Nacional de las Personas, por lo que no poseían DNI. En ese sentido, entendió que la conducta reprochada era atípica. Por su parte, la fiscalía indicó había advertido que uno de los imputados era menor de edad. Por tal razón, consideró que se encontraba configurado el delito de trata de personas o el de facilitación de tráfico ilegal de personas. En consecuencia, planteó la nulidad de las declaraciones indagatorias y solicitó que se remitieran las actuaciones al juzgado de instrucción.
16-may-2022LHIE (Causa N° 9478)Desde enero de 2019, una mujer percibía la Asignación Familiar por Hijo (SUAF) por sus tres hijos menores de edad dado que su progenitor tenía un trabajo en relación de dependencia. En julio de 2020 la mujer se separó de su pareja por motivos de violencia de género. En ese contexto, la mujer no tenía trabajo. Por ese motivo, solicitó ante la ANSES el “formulario Madres” para que el cobro de la asignación lo obtuviera ella que estaba al cuidado exclusivo de sus hijos. Hasta octubre de 2020 percibió la asignación de manera ininterrumpida y luego, dejó de cobrarla sin aviso. En consecuencia, presentó un oficio a la ANSES para que le informaran lo que había sucedido. En marzo de 2021, la entidad contestó que había dejado de liquidar la asignación dado que el padre de los niños superaba el haber máximo individual. Desde entonces, la mujer no recibió ninguna prestación social. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que le otorgara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por sus tres hijos menores de edad. Asimismo, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución 11/2019 de la ANSES que regulaba los requisitos de la AUH por considerarla irrazonable y arbitraria. Asimismo, resaltó que para denegarse la prestación se estaba teniendo en cuenta la situación laboral del progenitor que ya no formaba parte del grupo familiar. Agregando que, la AUH se presentaba como el único modo en que podía garantizar la subsistencia de sus hijos. Por su parte, la ANSES contestó la demanda y señaló que la mujer no tenía derecho a lo peticionado dado que el progenitor de los niños trabajaba en relación de dependencia.
11-nov-2021Cabrera López (causa N° 37628)Una noche un hombre fue abordado por tres personas mientras regresaba de un bar. Las personas descendieron de un auto y lo interceptaron en un pasillo de su barrio. Uno de los hombres le preguntó al transeúnte acerca del paradero de la motocicleta que le había sido sustraída. Él contestó que no tenía conocimiento ni información del tema. Luego de un breve intercambio comenzaron a discutir y dos de los hombres regresaron al auto. El tercer integrante insistió sobre la discusión e hizo un gesto que dio a entender que estaba armado. Ante ese gesto, el transeúnte sacó un arma y efectuó al menos siete disparos hacia el hombre. Cuatro de los disparos ocasionaron la muerte del hombre que permaneció en la escena e hirió a otro de ellos. Por este hecho, se le imputó al transeúnte el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos. Al momento de la declaración indagatoria, la persona mostró una clara dificultad para expresarse. A su vez, informó que consumía marihuana y pastillas de rivotril con alcohol, y que había repetido cuatro veces el cuarto grado de la escuela primaria. Respecto de lo sucedido, sostuvo que creía que la víctima tenía un arma. Asimismo, señaló que el arma que portaba la había obtenido de un vendedor de drogas de su barrio. Durante la audiencia de debate, declaró una referente comunitaria del barrio. La mujer manifestó que la víctima formaba parte de una banda peligrosa, que solía tener actitudes agresivas, que era habitual que portara armas de fuego y que era una persona temida por los vecinos. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación más allá de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron lugar los hechos y solicitó una pena de diecinueve años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que la autoría y materialidad de los hechos se encontraban probadas y admitidas por el imputado. En ese sentido, señaló que no realizaría cuestionamientos sobre esos aspectos. Su alegato giró en torno a la existencia de una causa de justificación y la atipicidad de las conductas de tentativa de homicidio.
4-nov-2021TMI (Causa Nº 162)Una mujer que se encontraba en pareja mantuvo una relación sexoafectiva con otro hombre y quedó embarazada. Luego del nacimiento, su novio reconoció a la niña. Años después, la mujer se reencontró con el progenitor biológico y le informó sobre su paternidad. Además, le hizo saber a su pareja que no era el padre de la niña. A partir de ese momento, se separaron pero continuaron conviviendo por razones económicas. La mujer comenzó a sufrir hechos de violencia de género por parte de su ex pareja. Con posterioridad, la progenitora lo demandó a fin de impugnar el reconocimiento de la niña. En su presentación, también accionó contra el progenitor biológico para obtener el correspondiente emplazamiento filial de su hija. Luego, se presentó el padre reconociente. Señaló que no quería perder contacto con la adolescente, ya que compartía con la madre su cuidado personal. Por su parte, el progenitor biológico manifestó que la actora no le había comunicado que tenían una hija en común. Se realizó en el expediente una prueba genética que confirmó las afirmaciones de la actora. Por último, el juzgado entrevistó a la adolescente. En esa ocasión, la joven indicó que no tenía relación alguna con su padre biológico. Sin embargo, expresó que deseaba mantener el apellido de su papá –con quien tenía contacto– y que se le adicionara el del progenitor de origen.
24-sep-2021Galvez (causa N° 1863)Un hombre había sido condenado a una pena de prisión por un delito previsto en el artículo 56 bis de la ley N° 24.660. En noviembre de 2020, el tribunal interviniente declaró la inconstitucionalidad del artículo que excluía del régimen de progresividad de la pena a determinados delitos y le otorgó la libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión y, en diciembre de ese año, el hombre volvió a estar detenido. La defensa solicitó su incorporación al Régimen Preparatorio para la Liberación establecido en el artículo 56 quater de la Ley de Ejecución. En ese sentido, sostuvo que su asistido se había sujetado al control judicial de la pena durante el cumplimiento de la libertad condicional. Por esa razón, consideró que ese período debía ser considerado pena y su vencimiento no debía modificarse. Además, requirió que se tuvieran en cuenta ocho meses de estímulo educativo concedidos a su asistido a fin de anticipar la evolución de las fases bajo el nuevo Régimen Preparatorio para la Liberación. El representante del Ministerio Público Fiscal señaló que debía efectuarse un nuevo cómputo de detención y pena en el que se descontara el tiempo en que el condenado había estado en libertad condicional. Sin embargo, coincidió con la defensa en que debía ser incorporado al régimen previsto en el artículo 56 quater. Por su parte, la unidad penitenciaria informó que el hombre tenía conducta y concepto ejemplar 9, no poseía sanciones disciplinarias y contaba con apoyo familiar. En consecuencia, concluyó que se daba por cumplida la primera etapa del Régimen de Preparación para la Libertad. Por último, el Consejo Correccional entendió que el hombre se encontraba en condiciones de ingresar al régimen de salidas quincenales.
12-abr-2021OBN (causa N° 38979)Una mujer trans, portadora de HIV y trabajadora sexual, no podía acceder al mercado laboral formal debido a su situación de vulnerabilidad. Por ese motivo, inició una acción de amparo contra el Estado para que la Agencia Nacional de Discapacidad le liquide y efectivice una pensión no contributiva. La acción fue rechazada en primera instancia. Para resolver de ese modo, el juez interviniente señaló que la mujer no había alcanzado el porcentaje de incapacidad laboral que requiere la normativa aplicable para este tipo de beneficios de seguridad social. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que el caso no fue juzgado con la debida perspectiva de género.
feb-2021Relación de parejaInfografía sobre jurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre cómo se interpreta "relación de pareja" como agravante del delito de homicidio (artículo 80, inciso 1° del Código Penal).
30-nov-2020De Vido y otros (causa Nº 9608)En noviembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la ley Nº 27.304 que había modificado el artículo 41 ter del Código Penal. Esa modificación amplió el catálogo de delitos que autorizaban la utilización de la figura de “arrepentido”. En el marco de una investigación penal, un grupo de personas se acogió a esta figura y prestaron declaraciones que incriminaban a funcionarios del Estado por delitos de corrupción. Fue así que se suscribieron acuerdos de colaboración con el representante del Ministerio Público Fiscal. Los documentos fueron homologados por el juzgado y se remitieron copias digitalizadas de las actas y de los acuerdos de colaboración celebrados. A partir de sus declaraciones, varias personas fueron imputadas por hechos ocurridos entre los años 2008 y 2015. Durante el proceso, las defensas plantearon la inconstitucionalidad de la Ley del Arrepentido. El tribunal interviniente rechazó los planteos. Por ese motivo, las defensas impugnaron la decisión. Ante un nuevo rechazo, interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, sostuvieron que la norma violaba las garantías de prohibición de autoincriminación, igualdad ante la ley y debido proceso. En ese sentido, afirmaron que una vez que el imputado “arrepentido” declaraba en esos términos, si se desdecía o mentía debía afrontar una imputación en los términos del artículo 276 bis del Código Penal. Entonces, argumentaron que esa situación derivaba en una violación a la garantía de no autoincriminación. Así, plantearon que la ley Nº 27.304 no podía aplicarse de manera retroactiva porque no resultaba más benigna que la vigente al momento de la supuesta comisión de los hechos investigados. Por último, las defensas criticaron la forma en que las declaraciones de los imputados “arrepentidos” habían sido tomadas ya que no se habían registrado por un medio técnico idóneo que garantizara su posterior contralor. Por ese motivo, solicitaron la nulidad de las declaraciones de los imputados “arrepentidos”.
21-oct-2020RSV (Causa N° 15768)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo de 17 años. Desde hacía siete años que se había separado del padre del niño y no tenían contacto con él. Tampoco recibía por parte del progenitor un aporte para la alimentación de su hijo. Asimismo, la mujer se encontraba desocupada. Hasta el 2018 la mujer percibió el seguro por desempleo. En ese contexto, la mujer solicitó a la ANSES que le pagara la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). No obstante, la entidad negó su pedido y le informó que el progenitor del niño estaba inscripto como trabajador autónomo. En consecuencia, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo. Entre sus argumentos expuso que, la interpretación que realizaba la ANSES era arbitraria y afectaba no sólo a los derechos del niño, sino que estigmatizaba a la mujer. Asimismo, resaltó que el hombre no sólo incumplía con los deberes parentales, sino que ya no formaba parte del grupo familiar. Además, resaltó la realidad económica de la familia donde la mujer era el único sostén económico para sus hijos. El juzgado que intervino hizo lugar a lo peticionado. En ese sentido, ordenó a la ANSES que, previa comprobación de los requisitos que debía acreditar la actora, le abonara la AUH y sus beneficios complementarios. Contra esa decisión, la demanda interpuso un recurso de apelación.