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29-jun-2017M, MTUn ex juez federal de Tucumán fue imputado por tres hechos presuntamente constitutivos de delitos de lesa humanidad. En el identificado como hecho 1, el magistrado tomó conocimiento personalmente de un allanamiento ilegal cometido por las fuerzas armadas a un domicilio, acción que tuvo como desenlace la muerte de cinco personas vinculadas a la organización “Montoneros”, y, sin embargo, no realizó ni promovió la investigación correspondiente. Asimismo, el juez ordenó la detención del locador de ese inmueble. El detenido fue interrogado por la policía y retenido por más de cuarenta y ocho horas antes de la indagatoria, que se realizó sin la presencia de un defensor. Luego, lo procesó con prisión preventiva (hecho 2). Finalmente, de acuerdo a la acusación, formó parte de una asociación ilícita en connivencia con las fuerzas armadas (hecho 3). Esta última imputación reunía una cantidad de conductas genéricas entre las que se encontraban la demora en la tramitación de hábeas corpus y la visita a lugares de detención donde funcionaban centros clandestinos. Durante el debate quedó acreditado que en el período de tiempo en que tuvieron lugar aquellos delitos el ex magistrado sufrió un atentado en su domicilio mediante el uso de un artefacto explosivo y, por este motivo, intentó renunciar a su cargo. Asimismo, se produjo prueba testimonial que daba cuenta de la cercanía del imputado con personas perseguidas por las fuerzas militares. Entre ellos, se encontraban su esposa, que figuraba en una lista negra y cuya hermana tuvo que exiliarse, y uno de sus amigos, que desapareció durante la dictadura. Finalmente, a través de la incorporación por lectura de distintos expedientes judiciales, se constató el trámite expedito que el ex magistrado daba a las presentaciones de hábeas corpus y que su visita a los centros de detención obedecía a las distintas solicitudes de los accionantes. Por último, se verificó que el ex juez sobreseyó a muchos de los imputados por delitos regulados en la ley de Seguridad Nacional y restituyó a sus familiares los cuerpos de las víctimas relacionadas con la agrupación “Montoneros”. La fiscalía fundó la acusación en un comunicado emitido por el comandante de infantería Vilas, quien se encontraba a cargo del “Operativo Independencia”. En aquel documento, el militar describía las memorias del Operativo entre enero y diciembre de 1975, criticaba a la justicia provincial por obedecer, por miedo o complicidad, las órdenes de “elementos subversivos” y proponía un cambio de jueces federales de primera y segunda instancia por personas de su confianza. Este material no había sido autenticado. El Tribunal Oral condenó al ex juez a la pena de dieciséis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal y encubrimiento (hecho 1); privación ilegal de la libertad, por abuso de las funciones, agravado por grave daño en la persona y a la salud y por superar la misma un plazo mayor a un mes, abuso de autoridad y prevaricato (hecho 2) y asociación ilícita (hecho 3). Adicionalmente, se lo excluyó del haber jubilatorio que recibía en su calidad de ex juez federal. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-abr-2017Etchecolatz, Miguel OUna persona había sido condenada por delitos de lesa humanidad. El detenido contaba con 87 años de edad y sufría graves problemas de salud. Entre ellos, “hipertensión arterial, deterioro cognitivo moderado, espanvascular, labilidad emocional y una adenoma de próstata que [requería] cateterización permanente”. Por este motivo, la defensa pidió su arresto domiciliario. Entre sus argumentos, señaló que el Hospital Penitenciario de Ezeiza carecía de la infraestructura necesaria para el tratamiento requerido por el condenado. El juez de primera instancia rechazó la solicitud y la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la decisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-abr-2017T, SB y otrosUna mujer cumplía una condena de 4 años y 6 meses de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario. Tenía a su cargo a sus dos hijos adolescentes, de dieciocho y veinte años. La primera tenía, a su vez, una hija de dos años. El segundo poseía una discapacidad por un retraso madurativo permanente. La condenada, antes de ser detenida, cuidaba a un anciano; ese era el único ingreso económico con el que contaba la familia. Por tal motivo, la defensa solicitó al Tribunal Oral que autorizara salidas con fines laborales a la imputada, para que continuara realizando aquel trabajo. El fiscal estuvo de acuerdo. El tribunal no hizo lugar a lo peticionado. Contra esa solución, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-abr-2017Tapia (reg. N° 284 y causa Nº 1304)Una mujer que se encontraba detenida bajo la modalidad de arresto domiciliario habitaba junto a su hijo de veinte años con discapacidad, su hija de dieciocho años y su nieta de dos años. Era el sostén económico de su grupo familiar sin tener ningún ingreso salvo alimentos que le proveían sus hermanos. La situación económica se agravó cuando fallecieron sus progenitores que la ayudaban con dinero. Esa circunstancia agravó el estado de salud de su hijo que requería cuidados especiales. Por esa razón, la defensa solicitó una autorización para realizar salidas laborales. En ese sentido, explicó que la mujer poseía conocimientos de enfermería y que su último trabajo había consistido en cuidar a un adulto mayor. Al respecto, manifestó que la posibilidad de empleo en ese mismo sitio seguía vigente. Así, ofreció informes médicos, social y socioambiental. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. Sin embargo, el tribunal interviniente rechazó el pedido. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
5-abr-2017MLA (Causa Nº76000007)Una persona de 79 años condenada por delitos de lesa humanidad cumplía una pena privativa de la libertad. Su defensa solicitó la concesión del arresto domiciliario en atención a su edad y a los múltiples problemas de salud que lo afectaban (hipertensión arterial severa de origen renal, Cardiopatía Hipertensiva, Nefropatía Hipertensiva, tumor renal quístico en riñón izquierdo, hiperplasia prostática, nódulo tiroideo, Neuropatía bilateral de ambos miembros inferiores y trastorno adaptativo con síntomas depresivos ansiosos que se acrecentaron por el encierro carcelario). Las dolencias que padecía demandaban la realización de estudios, controles periódicos y medicación específica. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-mar-2017PPN. Internos U4 SPFEn la Unidad Penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Santa Rosa se habían reducido las horas en los talleres de trabajo y, por ende, los salarios. A su vez, se detectaron defectos en el registro de la cantidad de horas trabajadas, se rechazó la recepción de certificados médicos y no se liquidaron las horas no trabajadas por enfermedad. Un grupo de personas detenidas en esa unidad interpuso una acción de habeas corpus. El Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, hizo lugar a la acción. La Direccional Nacional del Servicio Penitenciario de la Nación recurrió esa decisión. Entre sus argumentos, sostuvo que a través del dictamen 129/16 del ENCOPE se estableció que las personas detenidas debían recibir, en concepto de salario, las horas efectivamente trabajadas. Luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmara la resolución, se interpuso un recurso de casación.
8-mar-2017AGAUna persona detenida en Marcos Paz padecía severos trastornos de salud que debían ser controlados periódicamente y de forma inmediata frente a la aparición de nuevos síntomas. El Cuerpo Médico Forense sostuvo que dicho tratamiento podía realizarse en la unidad de detención. La defensa, por otro lado, solicitó la prisión domiciliaria. El Tribunal Oral no hizo lugar al pedido. Sin embargo, ordenó al Complejo Penitenciario que diera cumplimiento, sin excepción, a todo traslado necesario por razones médicas. La defensa interpuso un recurso de casación.
26-dic-2016SCCL (causa N° 51004898)Una persona había sido imputada por la presunta comisión del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia con fines de comercialización. Durante el trámite de la causa, prestó declaración indagatoria en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Posteriormente, se inició otro proceso penal y se dictaron una serie de medidas con el objeto de corroborar los datos aportados en carácter de arrepentido: se ordenó el allanamiento de diversos domicilios, se secuestraron estupefacientes y se detuvo a trece integrantes de una banda dedicada a su comercialización. Por tal motivo, la defensa interpuso un recurso de revisión. Entre sus argumentos, sostuvo que correspondía la revisión de la pena impuesta a su asistido. El fiscal dictaminó de manera favorable.
15-dic-2016B, FFUna persona se encontraba imputada por la comisión del delito de robo agravado por el uso de un arma. El Tribunal Oral en lo Criminal la absolvió. Contra ese pronunciamiento, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación y condenó al imputado a la pena de siete años de prisión. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación –por aplicación de la doctrina del caso “Duarte”– declaró procedente la impugnación y devolvió el caso a la Cámara a fin de que revisara la sentencia.
20-sep-2016Hábeas corpus – detenidos UR III Pabellón 4 CPF II (Marcos Paz)Una persona detenida en la Unidad Residencial III, Pabellón 4, del Complejo Penitenciario Federal II, presentó un habeas corpus en representación de los integrantes del pabellón en el que se encontraba. En su presentación explicó las deficiencias edilicias del lugar de detención, que no eran afectados a actividades laborales y que tenían problemas relativos al acceso a la educación. El Juzgado Federal entendió que el acto lesivo no subsistía debido a que el accionante había recuperado la libertad. A su vez, consideró que la situación que motivó la acción había variado a lo largo del proceso ya que, según informó el Servicio Penitenciario Federal, se emprendieron los pasos administrativos para la readecuación de las instalaciones. De ese modo, rechazó la acción de habeas corpus. La Procuración Penitenciaria y la Defensoría Pública apelaron el rechazo de la acción. La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó la resolución. No obstante, dispuso que el juez de primera instancia controlara efectivamente el cumplimiento de las medidas dispuestas en el centro penitenciario. Ante esa decisión, y dada la persistencia de la situación originariamente descripta, se dedujo un recurso de casación que, declarado inadmisible, dio lugar a la interposición de un recurso de queja.