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FechaTítuloResumen
28-jun-2016Comita, Nilda Eloisa c. Aguiar, Gabriel EstebanEn el marco de un juicio por daños y perjuicios, el juzgado de primera instancia declaró inoponible a la víctima la franquicia estipulada en el contrato de seguro del transporte público de pasajeros y extendió la condena a la aseguradora por el monto total del pago. La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil –por mayoría– confirmó la decisión. La citada en garantía dedujo un recurso extraordinario que fue concedido.
17-may-2016Pace, César ArmandoLa Suprema Corte de Justicia de Mendoza había confirmado la condena a prisión perpetua de una persona por el delito de homicidio criminis causae en concurso real con robo agravado por el uso de armas y en poblado y en banda. Ante la denegatoria del recurso extraordinario presentado, el imputado presentó recurso de queja in pauperis. En virtud de ello, se le dio intervención a la defensa técnica, que se remitió a la presentación de su asistido sin aportar otros fundamentos fácticos ni normativos.
10-may-2016Bravo Ruiz, Paulo César c. Martocq, Sebastián Marcelo y otros (CSJN)La parte actora inició un juicio por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda. El actor apeló la resolución. La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró desierto el recurso de apelación con fundamento en que el apelante no había cumplido con la carga impuesta por el artículo 259 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El actor interpuso recurso de revocatoria e indicó que, por un involuntario error, omitió acompañar copias digitalizadas y acompañó únicamente las copias impresas que exige el artículo 120 del Código Procesal Civil y Comercial. Además, sostuvo que la decisión de declarar desierto el recurso fue, a su criterio, una sanción desproporcionada. Por otra parte, entendió que el juzgado debió apercibirlo previamente mediante notificación a su domicilio electrónico. La cámara rechazó dicho recurso de revocatoria. Contra ese pronunciamiento, el actor interpuso recurso extraordinario que, denegado, motivó la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
22-dic-2015Terruli Jorge Miguel c. González Manuel Enrique y otroLa Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en el marco de una ejecución hipotecaria, confirmó la sentencia de primera instancia que había desestimado el planteo de nulidad formulado por la coejecutada con el objeto de que se anulara todo lo actuado con posterioridad a la decisión que dispuso que la deuda se abonara en moneda extranjera. Fundamentó su pedido en que, al no habérsele notificado esta última resolución, se le había impedido ejercer su derecho de defensa. El curador de la codeudora -declarada insana en los términos del art. 141 del código civil al tiempo del dictado de la sentencia- dedujo recurso extraordinario.
23-jun-2015Bergerot, Ana María c. Provincia de SaltaLa parte actora promovió un incidente a fin de que se le conceda el beneficio de litigar sin gastos previsto por los arts. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para hacerlo valer en la demanda iniciada contra la Provincia de Salta y otros, en virtud de la imposibilidad económica de afrontar los gastos que aquella ocasione. El monto de su reclamo en el proceso principal asciende a la suma de $ 63.000, más sus intereses.
11-dic-2014P, AC (PGN)Con motivo de la internación por salud mental de A. C. y en virtud de la entrada en vigencia de la ley 26.657, la Defensora Pública de Menores e Incapaces requirió al juez de grado la designación de un Curador Público a fin de que ejerza su defensa técnica con los fines previstos por el artículo 22 de la ley 26.657 y por la resolución DGN nro. 1728/10. Esta petición fue denegada en virtud de la sentencia que en 1994 había declarado la incapacidad absoluta de A. C. P. y había designado un curador definitivo (en los términos de los artículos 54, inciso 3; 57 inciso 3; y 141 del Código Civil) como su representante legal, decisión que fue recurrida por la Defensa. La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la denegatoria y, en consecuencia, la Defensora Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo interpuso recurso extraordinario.
17-may-2011Aráoz, Héctor JoséEn el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado una pena de cinco años por el delito de robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, en concurso real con la portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal. El Tribunal Oral modificó la segunda calificación asignada por la de tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil sin debida autorización y condenó a la persona imputada a la misma pena. Para decidir de ese modo, sostuvo que el tipo seleccionado implicaba un menor peligro para bien jurídico tutelado. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso in pauperis. La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó la impugnación. Entre sus argumentos, consideró que debido a la conformidad prestada en el marco del juicio abreviado y ante la falta de modificación de la pena impuesta, no hubo perjuicio o gravamen. Frente a esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo, presentó un recurso de queja.
4-may-2010García (causa N° 97999)Un hombre fue condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa modalidad de ejecución, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que el tribunal oral había desechado la ejecución condicional de la pena basado en fórmulas genéricas y consideraciones abstractas. El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso. Para así decidir, sostuvo que el recurrente no había rebatido los fundamentos por los que el tribunal oral había determinado que la sanción fuera cumplida de manera efectiva. Contra esa decisión, presentó un recurso extraordinario por inaplicabilidad de la ley. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires desestimó la impugnación con base en el límite establecido en el artículo 494 del código procesal penal local porque la pena impuesta resultaba menor de seis años. En consecuencia, interpuso un recurso extraordinario federal.