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FechaTítuloResumen
30-may-1999Castillo Petruzzi y otros v. PerúEl 15 de octubre de 1993, Jaime Francisco Castillo Petruzzi, María Concepción Pincheira Sáez, Lautaro Enrique Mellado Saavedra y Alejandro Astorga Valdés, ciudadanos chilenos, fueron detenidos en Perú acusados por la comisión del delito de traición a la patria. Los nombrados fueron juzgados y condenados a prisión perpetua por un juez sin rostro de la justicia militar. Durante el trámite de las respectivas causas, los abogados defensores no pudieron entrevistarse en privado con sus asistidos, no tuvieron acceso al expediente, y no pudieron contrainterro-gar a los testigos de cargo. Por su parte, los inculpados tampoco tuvieron acceso a las pruebas reunidas en su contra, y declararon encapuchados, vendados y encadenados.
14-abr-1999United States v. CareyUn hombre estaba siendo investigado por la presunta tenencia y comercialización de estupefacientes. Tras varias entregas controladas, la policía obtuvo una orden de detención en su contra. Al momento de practicar la detención en el domicilio del hombre, los oficiales advirtieron a simple vista marihuana y dispositivos para fumar, por lo que le solicitaron su consentimiento para registrar su departamento. Tras una discusión con los oficiales, el hombre dio su consentimiento verbal, que luego ratificó por escrito en una comisaría. Con respaldo en este consentimiento, los oficiales regresaron al domicilio y secuestraron algunos estupefacientes y dos computadoras. Las computadoras fueron llevadas a la comisaría y se obtuvo una orden judicial para registrar archivos relacionados con la venta de estupefacientes. Uno de los oficiales identificó varios archivos en formato "JPG" que, al ser abiertos, contenían fotografías con pornografía infantil. Considerando que existía causa probable para continuar explorando los archivos, el detective descargó aproximadamente doscientos cuarenta y cuatro archivos JPG o de imagen. Por estos hechos, el hombre fue acusado de un cargo de posesión de un disco duro de ordenador que contenía tres o más imágenes de pornografía. El acusado acordó declararse culpable de forma condicional [conditional guilty plea] y apeló la decisión del tribunal de distrito que había denegado el pedido de supresión del material incautado en su computadora. Para ello, alegó que se había obtenido como resultado de un registro sin orden judicial.
18-nov-1997Informe Nº 55-97 Juan Carlos Abella v. ArgentinaEl 23 de enero de 1989, 42 personas armadas protagonizaron un ataque al cuartel militar del Regimiento de Infantería Mecanizada No. 3 "Gral. Belgrano" (RIM 3) localizado en La Tablada, Provincia de Buenos Aires. Se generó un combate de aproximadamente 30 horas entre los atacantes y fuerzas de seguridad de Argentina, que provocó la muerte de 29 de los atacantes y varios agentes del Estado. Muchos de los atacantes eran miembros del Movimiento Todos por la Patria (MTP). El cuartel del RIM 3 contaba con un arsenal, de donde los atacantes tomaron armas que utilizaron para defender sus posiciones luego de haber ingresado. Luego del combate en el cuartel, los agentes del Estado incurrieron en la ejecución sumaria de cuatro de los atacantes capturados, la desaparición de seis más, y la tortura de todos los prisioneros, tanto dentro del cuartel como en dependencias policiales. Con posterioridad, fueron capturados cinco miembros del MTP en las inmediaciones del cuartel, y otros dos más se presentaron voluntariamente a las autoridades y fueron detenidos. Estas siete personas fueron torturadas física y psicológicamente, y junto con trece atacantes capturados en el cuartel fueron juzgados y condenados por la Ley No. 23.077, denominada de "defensa de la democracia" recibiendo condenas a prisión que variaban desde diez años hasta cadena perpetua. De acuerdo a lo previsto en dicha ley, el juicio se inició ante un tribunal de segunda instancia, cuya sentencia condenatoria fue objeto de un recurso extraordinario que fue rechazado. La defensa recurrió en queja ante la Corte Suprema, que rechazó este recurso el 17 de marzo de 1992. El 14 de Septiembre de 1992, agotada la vía interna se presentó la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
18-mar-1997Foucher v. FranciaUn hombre fue identificado como el autor de insultos contra efectivos de fuerzas de seguridad. Por este hecho, se le labró una infracción y fue citado a concurrir a una sede policial. El hombre decidió presentarse y defenderse sin la representación letrada de un abogado. Con posterioridad, en dos oportunidades solicitó a la oficina judicial consultar el expediente y realizar copias de la documentación. Sin embargo, el fiscal rechazó el pedido por considerar que no podían entregarse copias a personas particulares sin la intermediación de un abogado. El hombre solicitó la nulidad del procedimiento y el tribunal interviniente hizo lugar al planteo. Contra esa decisión, el órgano acusador interpuso un recurso de apelación. Entonces, el tribunal de apelaciones revocó la nulidad del procedimiento y condenó al hombre imputado. Contra esa resolución, el hombre interpuso un recurso de casación, que fue rechazado. Luego, sometió su caso ante la Comisión Europea de Derechos Humanos.
11-mar-1997Informe Nº 2-97 Informe sobre prisión preventiva (Argentina)Desde octubre de 1993 hasta el momento de la emisión del informe, la Comisión recibió una numerosa cantidad de denuncias contra el Estado argentino por la duración excesiva de la prisión preventiva de personas con procesos criminales sin sentencia.
14-dic-1995R. v. O’ConnorCuatro personas denunciaron que veinticinco años antes, cuando se encontraban en una escuela religiosa residencial, el hombre a cargo de la institución los había agredido sexualmente. Con anterioridad al inicio del debate oral, la defensa solicitó y obtuvo una orden judicial para que los denunciantes autorizaran la entrega de sus registros médicos, de consejería terapéutica y escolar para que se informaran los datos de los profesionales tratantes. La fiscalía cuestionó el alcance de esa orden y no la cumplió en tiempo oportuno. Durante el juicio, la defensa solicitó la suspensión del proceso como remedio procesal frente a esos incumplimientos. El tribunal hizo lugar a su pedido y el órgano acusador recurrió la decisión. Entonces, el tribunal de alzada revocó la suspensión del proceso, dejó sin efecto la orden cuestionada y ordenó la realización de un nuevo juicio. En ese contexto, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Canadá.
10-oct-1995Wood v. BartholomewUn hombre fue condenado por un homicidio cometido durante un robo a una lavandería. Durante la investigación, el hombre admitió el robo, pero sostuvo que no había querido matar a la víctima, sino que su arma se había disparado accidentalmente. Como medida de prueba antes del juicio, el hermano del imputado y la novia de ese hombre se sometieron a exámenes poligráficos. En el caso de la mujer, los resultados sobre algunas preguntas fueron inconcluyentes, aunque el examinador consideró que sus respuestas eran veraces. En el caso del hermano, el examinador concluyó que sus respuestas sobre su intervención en el robo y sobre si había estado junto al imputado dentro de la lavandería indicaban engaño. Esa información no fue revelada a la defensa. Durante el debate oral, ambos declararon como testigos. Dijeron que, antes del hecho, el imputado les había dicho que pensaba robar la lavandería y no dejar testigos. También afirmaron que, después, les dijo que había puesto dos balas en la cabeza de la víctima. La defensa del imputado sostuvo que ambos testigos mentían para disminuir la participación del hermano en el hecho. Al momento de dictaminar, el tribunal condenó al hombre a pena de muerte. Esa condena fue revocada y luego fue condenado a prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Luego de agotar las vías recursivas posibles, el condenado promovió una acción federal de habeas corpus y alegó que la omisión de revelar los exámenes poligráficos había vulnerado la doctrina de Brady v. Maryland. El tribunal federal de distrito rechazó el planteo. Esa decisión fue apelada y la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito la revocó. Este tribunal entendió que los exámenes poligráficos eran inadmisibles como prueba según la ley de Washington, y que a pesar de que los resultados no hubiesen sido admitidos al juicio, la información era material bajo el estándar del caso Brady. Para arribar a esa conclusión, el tribunal explicó que, si el abogado defensor hubiera conocido los resultados del polígrafo, habría tenido un motivo más sólido para profundizar en la investigación del relato del hermano del imputado. Sostuvo que, de haber contado con esa información, la defensa probablemente le habría tomado una declaración testimonial en la que podría haber obtenido una confesión de su falsedad, permitiéndole descubrir diversas contradicciones que habrían sido utilizadas con gran eficacia durante el contrainterrogatorio en el juicio.
23-feb-1995R. v. ChaplinDos hombres fueron acusados por delitos contra la propiedad. Con anterioridad al inicio del debate oral, su defensa solicitó a las autoridades federales que informaran si alguno de los hombres imputados había sido alcanzado por autorizaciones de intervención de comunicaciones en otros casos en años anteriores. La fiscalía informó que no existían autorizaciones de intervención vinculadas con la investigación de esos cargos, pero se negó a confirmar o negar la existencia de otras autorizaciones relativas a investigaciones distintas. Entonces, su defensa solicitó una orden judicial para que la fiscalía respondiera el pedido de manera expresa y, en caso afirmativo, entregara las autorizaciones, los documentos de respaldo y los registros, transcripciones y grabaciones correspondientes. Argumentó que bajo los principios del caso Stinchcombe, una vez solicitada la divulgación, la carga de la prueba recae en la fiscalía para justificar su negativa basándose en la irrelevancia manifiesta o en el privilegio de interés público. La jueza hizo lugar al recurso de la fiscalía y ordenó la revelación de la información solicitada por la defensa, pero la fiscalía provincial lo recurrió, por lo cual la jueza dispuso la suspensión del proceso. Luego, el tribunal de alzada revocó la orden de revelación y la suspensión del proceso. Contra esa decisión, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Canadá para discutir el alcance de la obligación de revelación.
4-abr-1994Toonen v. AustraliaNicholas Toonen –ciudadano del Estado de Tasmania, Australia, y miembro destacado del Grupo de Reforma de leyes relativas a las personas homosexuales– impugnó dos disposiciones del Código Penal de Tasmania que criminalizaban diversas formas de contacto sexual entre hombres, aún cuando hubiesen tenido lugar de forma consentida y en privado. Dicha normativa facultaba a la policía a investigar aspectos íntimos de la vida privada de las personas y detenerlas si contaban con motivos para creer que participaron en actividades sexuales ilícitas. Por todo esto, Toonen denunció que Australia había violado, en su perjuicio, el párrafo 1 del artículo 2 y de los artículos 17 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
23-ene-1989Florida v. RileyLa policía del estado de Florida, Estados Unidos recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que estaba cultivando marihuana en un invernadero dentro de su propiedad. El lugar denunciado estaba cercado y cubierto por árboles, arbustos y por la casa del hombre. Esta situación le impidió a la policía observarlo desde el nivel del suelo. Por ese motivo, un policía circuló la vivienda en helicóptero a una altura de 120 metros. Desde allí, observó a través de una apertura en el invernadero unas plantas que parecían de marihuana. En base a sus observaciones, obtuvo una orden de allanamiento y se encontraron cultivos de marihuana en el lugar. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba obtenida. El tribunal hizo lugar al pedido. Contra esta decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de Florida hizo lugar a la impugnación y admitió la evidencia. Sin embargo, solicitó a la Corte Suprema de Florida que se pronunciara sobre la legalidad de las inspecciones policiales realizadas desde helicópteros. Sobre este aspecto, señaló la necesidad de interpretar la situación de acuerdo con el derecho a la privacidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La Corte Suprema de Florida hizo lugar al requerimiento y revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones. Para decidir así, sostuvo que la observación del invernadero constituyó una ‘pesquisa’ en los términos de la Cuarta Enmienda. Asimismo, consideró que la inspección policial sin orden judicial era inconstitucional y excluyó la prueba obtenida. Ante esa resolución, el Estado de Florida presentó un writ of certiorari que dio intervención a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos.