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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 6-ene-2016 | Menlika v. Grecia | El señor Memlika se había realizado una serie de pruebas médicas. El director el hospital en el que se realizó los análisis le informó que sufría de lepra (enfermedad de Hansen). Su esposa y sus dos hijos fueron examinados y se concluyó que padecían la misma enfermedad. Todos fueron ingresados al centro hospitalario y fueron dados de alta el 2 de junio de 2011. Sin embargo, el director regional de salud pública para el oeste de Grecia les advirtió que los niños no debían regresar a la escuela sin el permiso de una junta médica. Ese requerimiento se encontraba previsto en el artículo 8 de la ley Nº 1137/1981. El 30 de junio de 2011, el señor Memlika asistió a un hospital especializado en enfermedades infecciosas y, tras realizarse una serie de pruebas, se demostró que no sufría lepra. En consecuencia, notificó los resultados a los servicios médicos y solicitó que habilite a sus hijos a ir a la escuela. El 15 de julio de 2011, el director regional respondió que los niños no podían volver a su centro educativo hasta que la junta médica los examinara. El año escolar comenzó a principios de septiembre. La junta médica examinó a todos los miembros de la familia el 8 de diciembre 2011 y encontró que ninguno de ellos tenía lepra. Al día siguiente, los niños concurrieron a la escuela. Sin embargo, el director se negó a admitirlos hasta que recibiese una copia de la decisión médica. Los niños recién pudieron regresar al colegio el 12 de diciembre de 2011. |
| 5-ene-2016 | Informe sobre tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en relación a las mujeres, niñas y LGTBI | Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en el ámbito de las mujeres, niñas y personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales. |
| 31-dic-2015 | Informe sobre Derechos humanos de migrantes, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas y desplazados internos | El informe es el resultado de un proceso iniciado por la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH que recogió y sistematizó la jurisprudencia y doctrina que han desarrollado los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos con relación a las personas en el contexto de la movilidad humana. También incorporó abundante información recabada por la CIDH a través de mecanismos de monitoreo como visitas a países, estudios temáticos e informes de países, solicitudes de información, audiencias y reuniones de trabajo. |
| 31-dic-2015 | Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales.: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo | La Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó un informe temático sobre la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo. En su documento, analizó las obligaciones específicas de los Estados en el marco de esas actividades. Luego, formuló recomendaciones a los Estados a fin de contribuir a la protección de los derechos humanos en la región frente a las actividades empresariales. |
| 31-dic-2015 | Derechos humanos de migrantes, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas y desplazados internos. Normas y estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos | La Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó un informe temático sobre los derechos humanos de las personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiados, personas en necesidad de protección complementaria, apátridas, víctimas de trata de personas y desplazados internos. En su informe, sistematizó los estándares interamericanos desarrollados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con el alcance y contenido de los derechos humanos de las personas en el contexto de la migración, de conformidad con las obligaciones derivadas de los instrumentos interamericanos. |
| 18-dic-2015 | R. v. Stinchcombe | Un hombre fue acusado por hurto, fraude y abuso de confianza en relación con fondos que tenía en administración fiduciaria para un cliente. Durante la investigación, la policía entrevistó a una mujer, ex secretaria del acusado, quien se encontraba en condiciones de aportar información favorable a la defensa. La entrevista fue grabada y, además, se labró una acta sobre su declaración. Con anterioridad al debate oral, la defensa solicitó la revelación de sus declaraciones y la fiscalía se negó a producirlas. Luego, durante el curso del juicio, la mujer fue nuevamente entrevistada por la policía y su declaración registrada por escrito. La defensa tomó conocimiento de eso y solicitó nuevamente que se le mostrara la declaración. La fiscalía se opuso y señaló que no convocaría a la mujer como testigo porque no era digna de confianza. El tercer día del juicio, cuando la defensa se enteró de que la acusación no citaría a la mujer a declarar, solicitó al juez o que la acusación o que el Tribunal cité a la mujer, o que la acusación revele el contenido de las declaraciones. Además, el abogado defensor explicó que la mujer se había negado a hablar con él o con su colaboradores cuando intentaron entrevistarla. El juez profesional interviniente rechazó el pedido de la defensa y finalmente el hombre fue condenado por abuso de confianza y fraude. Su defensa presentó un recurso contra la condena, que fue desestimado sin emitir fundamentos. Por último, concedió autorización para que la defensa recurriera ante la Corte Suprema de Canadá el agravio relativo a la falta de revelación de las declaraciones de la mujer entrevistada por la policía. |
| 18-dic-2015 | R. v. Richard y otros | La causa se originó en una investigación sobre un presunto plan de evasión fiscal a gran escala. La fiscalía alegó que los ocho acusados crearon una estructura falsa para que inversores adinerados obtuvieran deducciones fiscales desproporcionadas, simulando préstamos y gastos en investigación y desarrollo que en realidad regresaban a cuentas controladas por los imputados. El monto de los impuestos en juego se estimó en 107 millones de libras esterlinas. Durante la investigación, se incautaron 85 dispositivos electrónicos con aproximadamente 7 terabytes de datos. El proceso no llegó a superar la etapa preliminar de revelación inicial de pruebas. El magistrado de primera instancia ordenó a la fiscalía procesar la totalidad de la base de datos electrónica para que la defensa pueda acceder. Ante las dificultades técnicas de la fiscalía para cumplir con los plazos y formatos ordenados (errores de metadatos y problemas de software), el juzgado interviniente suspendió el proceso penal [stay of proceedings] y declaró que hubo un abuso de procedimiento (abuse of process) por demora injustificada y consideró que ya no era posible un juicio justo. La fiscalía apeló esta decisión alegando que el enfoque judicial sobre la revelación inicial fue erróneo y la suspensión irrazonable. |
| 15-dic-2015 | Schatschaschwili v. Alemania | El peticionario había sido condenado a la pena de nueve años y seis meses de prisión por los delitos de robo y extorsión. Para fundamentar la condena, el tribunal local se apoyó, principalmente, en las declaraciones testimoniales de las dos víctimas. Dichas declaraciones fueron realizadas ante la policía durante la etapa de instrucción y, ante la ausencia de los testigos, fueron incorporadas por lectura al juicio. La Sala del TEDH que intervino en primer término consideró que, en el caso, no se había violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos. |
| 15-dic-2015 | Yavuz Selim Güler v. Turquía | El peticionario, un suboficial militar, había sido sancionado por su superior jerárquico a permanecer dos días arrestado. |
| 14-dic-2015 | GCAA v. Uruguay | En la primera de las comunicaciones, el peticionario GCAA había formado parte de la Junta de Oficiales Generales y la Junta de Comandantes en Jefe del régimen “cívico-militar” que gobernó Uruguay hasta el 28 de febrero de 1985. En 2007, un grupo de personas presentó una denuncia contra varios mandos de aquel gobierno en la que alegaron que, en el marco de traslados realizados en forma clandestina por miembros de las Fuerzas Armadas en 1977 y 1978 (Operación Cóndor), sus familiares habían sido víctimas de desaparición forzada. En consecuencia, se llevó a cabo un proceso penal contra el peticionario que culminó con la imposición de una pena de 25 años de prisión por el delito de homicidio muy especialmente agravado en reiteración real cometido contra 37 personas. En la segunda comunicación, el peticionario J.N.G.P había formado parte de la Armada como teniente coronel durante el régimen “cívico-militar”, siendo el responsable de implementar y ejecutar las acciones propias de la Operación Cóndor en el país. En 2006, se inició un proceso penal contra el peticionario que culminó en 2009 con la condena a 25 años de prisión por el delito de homicidio muy especialmente agravado en reiteración real cometido contra 28 personas. Ambos peticionarios denunciaron ante el Comité de Derechos Humanos que los procesos judiciales llevados a cabo en su contra se realizaron sin respetar ciertos institutos básicos del derecho penal como la prescripción, la irretroactividad de la ley penal, la cosa juzgada y el non bis in idem. De la misma manera, alegaron la violación del debido proceso, el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial y cuestionaron la denegación de su solicitud de cumplir la pena de prisión en régimen de reclusión domiciliaria. |
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