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2-oct-2020MGD (reg. N° 2882 y causa N° 62182)MGD fue imputado por el delito de homicidio agravado por haber sido ejecutado mediante violencia de género, odio a la identidad de género y alevosía, en concurso real con el delito de robo. Al prestar declaración indagatoria, relató que el día de los hechos había concurrido al domicilio de Diana Sacayán, donde se encontró con otro sujeto que no conocía. En tal sentido, explicó que, luego de una discusión, ese hombre se violentó con Diana y la mató. Además, sostuvo que se encontraba bajo los efectos de estupefacientes y que, por tal razón, no había podido ayudarla. En el proceso se constituyeron como querellantes el hermano de Diana y el INADI. Además, intervino la fiscalía de juicio y la UFEM. Durante la audiencia de juicio oral, MGD se negó a declarar. Luego, solicitó ser escuchado, juró ser inocente y no haber estado presente en el hecho. Por ese motivo, la fiscalía solicitó que se incorporara por lectura su declaración indagatoria. En oportunidad de alegar, tanto las querellas como la fiscalía solicitaron que se le impusiera la pena de prisión perpetua y que el delito se identificara como “travesticidio”. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 4, por mayoría, condenó al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por odio a la identidad de género y por haber mediado violencia de género (artículo 80, incisos 4º y 11º del Código Penal). Además, lo absolvió por el delito de robo simple. Para decidir de esa manera, sostuvo que el agravante radicaba en la mayor perversidad del autor y en el gran peligro social que representaba ese tipo de homicidios. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por una errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba referida a la intervención de MGD en el hecho. Además, cuestionó la calificación de la conducta atribuida a su asistido como homicidio agravado por los incisos 4° y 11° del artículo 80 del Código Penal.
24-sep-2020Vega (Causa Nº 34718)Un hombre (HOV) fue acusado de haber irrumpido en el hogar de su ex pareja (MGTR) para golpearla y de haberle provocado lesiones (hecho A). Además, fue acusado de haberla amenazado de muerte para que no lo denuncie (hecho B). A raíz de esos hechos, a HOV le impusieron una medida de prohibición de acercamiento. Según la acusación, algunas semanas después de esos hechos, HOV irrumpió nuevamente en el hogar de MGTR -violando la prohibición de acercamiento (hecho C)-, en compañía de su hermano (JDV) quien la amenazó de muerte (hecho D). MGTR realizó denuncias y declaró ante la OVD y también en una fiscalía de la justicia de la CABA. En el juicio oral, MGTR no asistió pese a que fue debidamente citada y ordenada su comparecencia al debate por medio de la fuerza pública. La fiscalía solicitó la incorporación por lectura de sus declaraciones ante la fiscalía de la justicia de la CABA y ante la OVD. El tribunal lo autorizó pese a la oposición de la defensa. HOV fue condenado por los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por haber mediado violencia de género, amenazas coactivas (hecho B) y por el delito de desobediencia a funcionario público (hecho C). Por otro lado, JDV fue condenado por el delito de amenazas (hecho D). Para decidir de esa manera, el tribunal valoró las declaraciones previas de MGTR. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
3-sep-2020Ramos León (reg. N° 2682 y causa N° 67322)Un varón mantuvo una discusión con su pareja y la golpeó en el rostro y en la espalda. Luego tomó un cuchillo de cocina y la amenazó con matarla. La mujer se defendió, el hombre soltó el cuchillo y le dio golpes de puño en el brazo izquierdo. Ella logró encerrarse en el baño y solicitó ayuda. Por ese hecho, el varón fue imputado por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género, en concurso real con el delito de amenazas simples agravadas por el empleo de armas. La Oficina de Violencia de Género informó que la situación era de alto riesgo y resaltó el consumo abusivo de alcohol y las características celotípicas evidenciadas por el agresor. Cuatro años después, en la etapa de juicio, la defensa solicitó que se le concediera la probation. En la audiencia prevista por el artículo 293 del Código Procesal Penal de la Nación, la damnificada explicó que, luego de la denuncia, había continuado conviviendo con el imputado sin que se suscitaran nuevos episodios de violencia y que la relación era buena. Además, informó que el hombre no consumía más bebidas alcohólicas. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido de probation, resaltó la gravedad del caso en base al informe elaborado por la OVD y se remitió al precedente “Góngora” de la CSJN. En ese sentido, invocó la Convención de Belém do Pará como obstáculo para la procedencia del instituto. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Para decidir de esa manera estimó que el dictamen fiscal se encontraba debidamente fundado y resultaba vinculante. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
12-feb-2020Campanerutto (reg. N° 164 y causa N° 35853)Un hombre mantenía una relación amorosa con una mujer. En una oportunidad, el varón atacó con golpes de martillo en la cabeza a su amante y luego huyó del lugar. Por ese hecho fue condenado a la pena de doce años de prisión por el delito de homicidio agravado por haber mantenido una relación de pareja con la víctima en grado de tentativa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Ente otras cuestiones, planteó que la aplicación del artículo 80, inciso 1°, del Código Penal resultaba incorrecta. En ese sentido, explicó que la “relación de pareja” era un vínculo de carácter singular, público, notorio, estable y permanente entre dos personas que convivieran y compartieran un proyecto de vida común. De ese modo sostuvo que su asistido y la víctima eran amantes por lo que no se configuraba el elemento objetivo del tipo. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal impugnó la decisión del Tribunal Oral en torno a la exclusión de la aplicación del inciso 11 del artículo 80 del Código Penal.
27-dic-2018Gonzalez (reg. Nº 1678 y causa Nº 587)Un varón fue imputado por el delito de lesiones leves, agravado por haber sido cometido contra su pareja. En la etapa de juicio, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral se comunicó vía telefónica con la víctima, quien informó que no asistiría a la audiencia y que no le interesaba ningún tipo de resarcimiento económico. Además, manifestó que la relación de pareja había finalizado el mismo día en que ocurrieron los hechos. Al celebrarse la audiencia, el imputado expresó que el hecho había constituido un episodio aislado y que no había vuelto a ver a la mujer. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal expuso que no había podido entrevistarse con la víctima para analizar su situación. Por esa razón, se opuso a la solicitud. El Tribunal Oral concedió la probation por entender que el conflicto entre las partes se encontraba superado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el desinterés de la víctima no significaba la aceptación de la concesión del instituto. Además, señaló que el tribunal no había corroborado que la pareja no se hubiera vuelto a encontrar ni que el hecho hubiera sido aislado.
21-dic-2018Silva (reg. Nº 1663 y causa Nº 17065)Un varón fue imputado por el delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometido contra su pareja. En la etapa de juicio, su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La representante del Ministerio Público Fiscal entrevistó a la víctima, quien manifestó que los hechos de violencia no habían vuelto a suceder y expresó su consentimiento para la concesión del instituto. Sobre la base de dichas consideraciones, la fiscalía prestó su conformidad. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que –en los términos del precedente “Góngora” de la CSJN– el dictamen fiscal y la manifestación efectuada por la damnificada “no podían tener ningún efecto que habilitara la probation”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
5-jul-2018Balerdi (Reg Nº792 Causa Nº 29276)Un hombre violó en dos oportunidades la restricción de acercamiento que se le impuso con respecto a su ex pareja y a sus hijas. En la segunda ocasión, la mujer –que, además, sufrió amenazas– le arrojó gas pimienta. Entonces, el hombre fue imputado por los delitos de desobediencia y amenazas y su ex pareja por lesiones leves. Las causas fueron acumuladas materialmente. Durante la instrucción, la fiscalía requirió el sobreseimiento de la imputada. Posteriormente, la mujer requirió, con el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos (Defensoría General de la Nación), ser tenida como querellante, en derecho propio y en representación de sus hijas. El juzgado rechazó el pedido. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Para decidir de ese modo, sostuvo que la mujer no podía constituirse en querellante si poseía la calidad de imputada en una de las causas. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación.
28-mar-2018RBA (causa Nº 154573)Una persona había sido condenada a una pena privativa de la libertad por la comisión de un delito de violencia de género. Durante su detención, fue calificada con conducta ejemplar y buen concepto. Además, se encontraba incorporada al período de tratamiento. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la Unidad Penitenciaria se expidió —de manera unánime— a favor de su concesión. En particular, el área de atención psicológica sugirió la continuación de su tratamiento extramuros. La representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta la problemática de género por la que había sido condenada y efectuó un pronóstico negativo de reinserción social. El juzgado de ejecución sostuvo que no se encontraba habilitado a apartarse del dictamen fiscal y resolver “por fuera de la ausencia de contradictorio”. Por tal motivo, rechazó la solicitud y dispuso la elaboración de una pericia psicológica. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-oct-2017Chavez (reg. Nº 1079 y causa Nº 9142)Un hombre había sido condenado por la comisión de un delito constitutivo de violencia de género a una pena de prisión. Tenía conducta ejemplar (10), concepto muy bueno (8) y transitaba el período de prueba. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe favorable y propició, por unanimidad, la incorporación del penado al instituto en cuestión. En el informe psicológico se afirmó que el tratamiento terapéutico se encontraba cumplido. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que el requirente debía realizar un tratamiento psicológico específico que abordara cuestiones de violencia de género. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
23-ago-2016CGAUna persona imputada por la comisión de delitos constitutivos de violencia de género solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia el fiscal dictaminó de modo favorable. Sin embargo, el Tribunal Oral denegó la solicitud. A tal efecto, aplicó la doctrina elaborada por la CSJN en el precedente “Góngora”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.