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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 26-abr-2016 | Peralta Valiente, Mario Raúl | La DNM ordenó en 2009 la expulsión de una persona extranjera, padre de tres niños argentinos. Durante el trámite administrativo, el afectado no había contado con la asistencia técnica obligatoria prevista en el artículo 86 de la ley Nº 25.871. En 2011, el actor presentó un recurso de revisión en el que alegó que, al disponer su expulsión, la DNM no tomó en cuenta que su familia residía en Argentina. Asimismo, sostuvo que se había afectado su derecho de defensa. En 2013, el organismo administrativo, en lugar de revocar de oficio la resolución por violación al debido proceso (artículo 90, ley Nº 25.871), declaró extemporánea la impugnación, le dio tratamiento de denuncia de ilegitimidad y la desestimó. Posteriormente, el actor interpuso un recurso directo ante el juez, que consideró que no se encontraba habilitada la instancia judicial (conf. lo resuelto por la CSJN en “Gorordo” –Fallos 322:73–). La decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. El accionante presentó, entonces, un recurso extraordinario federal. |
| 26-abr-2016 | PGHA (dictamen PGN) | Desde el año 2007 tramitó ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 12 un expediente sobre la guarda de GHAP. En virtud de ello y por razones de conexidad, en el año 2013 se radicó ante dicho juzgado un nuevo expediente judicial sobre la determinación de su capacidad jurídica. En marzo de 2013, GHAP fue internado en un hospital ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cuando recibió el alta médica de internación fue derivado a un centro especializado en discapacidad ubicado en la localidad de San Miguel, provincia de Buenos Aires. Por esa razón, el juzgado nacional declinó su competencia en abril del año 2015. Así, se suscitó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 12 y el Juzgado de Familia Nº 2 con asiento en San Miguel, del Departamento Judicial de San Martín. |
| 26-abr-2016 | Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia c. Provincia de Santa Cruz y otro | La actora promovió acción de amparo ambiental contra el Estado Nacional y la Provincia de Santa Cruz, a fin de que se ordene investigar y, en su caso, se impida el comienzo de la obra correspondiente a dos represas localizadas en la provincia demandada, cuya construcción fue proyectada en el marco de la ejecución de los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz, Cóndor Cliffo y La Barrancosao. La actora sostuvo que no se habrían efectuado los estudios ambientales previos, a fin de establecer cuál sería el impacto que dichos emprendimientos podrían causarle al ecosistema, en particular al Lago Argentino, los glaciares Perito Moreno, Spegazzini y Upsala y al Parque Nacional Los Glaciares. Asimismo, destaca que tampoco se efectuaron las consultas ciudadanas que, en función de la envergadura de las obras, correspondía realizar. |
| 22-abr-2016 | Martínez, Santiago Ulpiano | El representante del Ministerio Público Fiscal –en calidad de Fiscal General subrogante de la Fiscalía Federal de Primera Instancia– había interpuesto un recurso de apelación contra la resolución que desestimó una denuncia contra un juez por irregularidades en causas seguidas por crímenes de lesa humanidad. El fiscal mantuvo el recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca mediante la presentación del informe previsto por la acordada CFABB 72/08 en reemplazo de la audiencia prevista en el art. 454 CPPN. La Cámara tuvo por desistido el recurso por entender que el escrito era inoficioso por haber sido firmado y sellado por el funcionario que lo interpuso y no por el Fiscal de Cámara. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso de casación. |
| 21-abr-2016 | G., R. S. | En ambos casos, el juzgado de instrucción había rechazado la posibilidad de aplicar el instituto de la conciliación como forma de extinción de la acción penal. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de apelación. |
| 21-abr-2016 | SSJ (causa N° 80644) | Desde diciembre de 2008 la señora G. fue víctima de violencia de género por parte de su cónyuge, el señor S. En noviembre de 2011 la pareja se separó de hecho y en junio de 2013, S. amenazó de muerte a G. Por este motivo, se inició una causa penal por amenazas y la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que G. se en-contraba en una situación de alto riesgo. Con posterioridad, S. inició una demanda de divorcio contra G. La parte demandada reconvino y accionó también por daños y perjuicios para la re-paración de daño psicológico y daño moral. El juzgado de primera instancia decretó el divorcio pero rechazó la acción de daños porque entendió que la pretensión no tenía respaldo normativo de conformidad con el Código Civil y Comercial de la Nación. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. |
| 20-abr-2016 | De Candido, Luis Armando | El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán había rechazado la solicitud de arresto domiciliario por cuestiones de salud de una persona de 76 años condenada por delitos de lesa humanidad. Ello, pese al informe médico del Cuerpo Médico Forense de la CSJN que sostenía la imposibilidad de que el imputado fuera alojado en un penal y del informe posteriormente presentado por la Unidad Penitenciaria, en el que se concluía que el penal no disponía de las instalaciones adecuadas para su tratamiento. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 13-abr-2016 | Sosa (reg. N° 555 y causa N° 10515) | Un hombre había sido imputado por el delito de robo doblemente agravado por haber sido cometido por armas de fuego en grado de tentativa y por el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, en concurso real entre sí. Durante la etapa de debate oral, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. El tribunal oral modificó la calificación legal, agregó la agravante de poblado y en banda, y lo condenó a la pena de cuatro años y diez meses de prisión de efectivo cumplimiento. Además, lo declaró reincidente. Contra la declaración de reincidencia, el hombre interpuso un recurso in pauperis forma. La defensa fundó la impugnación y señaló que en las actuaciones no se había verificado la concurrencia de los requisitos objetivos para la procedencia de dicha declaración. El tribunal oral rechazó el recurso, por lo que la defensa interpuso un recurso de queja. En su presentación, refirió que la pena impuesta a su asistido no se encontraba fundada ya que lo había condenado a la misma pena por una calificación más gravosa. |
| 12-abr-2016 | ADS | Una persona había sido imputada penalmente por desobedecer una orden judicial de restricción de contacto impuesta en sede civil. Para resolver la causa, solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal advirtió que existía una denuncia contra el imputado por hechos presuntamente constitutivos de violencia de género en trámite ante otro tribunal. El fiscal pidió la suspensión de la audiencia para certificar el estado de las actuaciones. La jueza rechazó la solicitud y exigió al fiscal que dictamine en ese acto. El representante del MPF se opuso a la concesión de la probation por aplicación del precedente “Góngora” de la CSJN y, en consecuencia, el juzgado correccional rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 12-abr-2016 | Escaris, Sergio Roberto c. Estado Nacional | En este caso, se suscitó un conflicto de competencia negativo entre la Justicia Nacional en lo Civil y la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil manifestó que la disputa giraba en tomo a un aspecto de la responsabilidad del Estado, que para su solución se deberían aplicar, en lo sustancial, principios de derecho público y ratione personae, por lo que corresponde al fuero federal entender en la controversia, al haber argüido el Estado su condición de aforado. Por su parte, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 se opuso a la radicación invocando que las causas iniciadas en Capital Federal que deriven de accidentes de tránsito, incluso ferroviarios, aun cuando la Nación o sus entidades sean partes, corresponden a la competencia civil. En consecuencia, determinó la devolución de las actuaciones al fuero que previno. En ese contexto, la alzada civil elevó las actuaciones a la Corte para que resuelva. |
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