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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 4-jul-2017 | CC | El juzgado de instrucción había rechazado la entrega de un vehículo secuestrado en el marco de un proceso penal. La defensa fue notificada de la decisión por vía electrónica un día inhábil. Por esa razón, el primer día hábil posterior a la notificación solicitó tener vista del incidente y del expediente principal. Como la causa se encontraba en la fiscalía, requirió la suspensión de los plazos procesales para impugnar la resolución. El pedido fue denegado con fundamento en que, de acuerdo a las acordadas 3, 11 y 35 de la CSJN, desde mayo de 2016 resultaba obligatoria y exclusiva la notificación electrónica. La defensa, entonces, interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. El fiscal adhirió al recurso. |
| 3-jul-2017 | SHE | Se generó un alerta a partir de una denuncia que ponía de manifiesto que dos personas presentaban una “actitud sospechosa”. En razón de eso, se constituyó en el lugar un móvil con vidrios polarizados y sin identificación de la policía. Uno de los individuos que se encontraban allí le habría apuntado con un arma de fuego a los agentes que se encontraban dentro del vehículo. Luego arrojó el revólver hacia el interior de un club lindero. Después de forcejear con los agentes, ambas personas fueron detenidas. Los policías declararon en el marco del juicio oral. Sin embargo, de sus declaraciones surgían contradicciones en relación a la dirección en la que se apuntó el arma. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró probado el hecho a partir de la declaración de uno de los agentes. El Tribunal Oral condenó a los imputados por los delitos de atentado y resistencia a la autoridad agravados por el uso de armas en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil condicional sin autorización. Para decidir de esa manera, se remitió de manera total al alegato de la fiscalía. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, consideró que la prueba en la que se fundó la sentencia fue valorada de manera arbitraria. |
| 3-jul-2017 | PHD (causa N° 5722) | Un hombre conducía un camión por una ruta de la provincia de Corrientes. Personal de la Gendarmería Nacional lo interceptó con el objeto de realizar un control rutinario y detectó irregularidades en su documentación. Luego de dar aviso al juzgado federal, se requisó el vehículo y se encontraron 8.443 kilogramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. Durante el debate, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En esa oportunidad, individualizó a quien lo había contactado con las personas que prepararon la droga para su transporte. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de diez años de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, argumentó que el tribunal no había valorado la información aportada por su representado. |
| 30-jun-2017 | ENK (causa Nº 31534) | Una persona trans que se encontraba en situación de calle fue incorporada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al “Programa de Atención a familias en Situación de Calle” y se le otorgó el subsidio habitacional establecido en el decreto Nº 690-GCBA-06. Una vez cumplido el plazo previsto por el programa y dado que no pudo superar su estado de vulnerabilidad, dirigió una nota a su coordinador para solicitar su reincorporación. Ante el silencio de la administración, interpuso una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la ley Nº 4036 y del decreto Nº 690/06 que limitaban el tiempo y el monto del subsidio habitacional. En lo principal, solicitó que el GCBA le proveyera una vivienda estable y permanente. |
| 29-jun-2017 | M, MT | Un ex juez federal de Tucumán fue imputado por tres hechos presuntamente constitutivos de delitos de lesa humanidad. En el identificado como hecho 1, el magistrado tomó conocimiento personalmente de un allanamiento ilegal cometido por las fuerzas armadas a un domicilio, acción que tuvo como desenlace la muerte de cinco personas vinculadas a la organización “Montoneros”, y, sin embargo, no realizó ni promovió la investigación correspondiente. Asimismo, el juez ordenó la detención del locador de ese inmueble. El detenido fue interrogado por la policía y retenido por más de cuarenta y ocho horas antes de la indagatoria, que se realizó sin la presencia de un defensor. Luego, lo procesó con prisión preventiva (hecho 2). Finalmente, de acuerdo a la acusación, formó parte de una asociación ilícita en connivencia con las fuerzas armadas (hecho 3). Esta última imputación reunía una cantidad de conductas genéricas entre las que se encontraban la demora en la tramitación de hábeas corpus y la visita a lugares de detención donde funcionaban centros clandestinos. Durante el debate quedó acreditado que en el período de tiempo en que tuvieron lugar aquellos delitos el ex magistrado sufrió un atentado en su domicilio mediante el uso de un artefacto explosivo y, por este motivo, intentó renunciar a su cargo. Asimismo, se produjo prueba testimonial que daba cuenta de la cercanía del imputado con personas perseguidas por las fuerzas militares. Entre ellos, se encontraban su esposa, que figuraba en una lista negra y cuya hermana tuvo que exiliarse, y uno de sus amigos, que desapareció durante la dictadura. Finalmente, a través de la incorporación por lectura de distintos expedientes judiciales, se constató el trámite expedito que el ex magistrado daba a las presentaciones de hábeas corpus y que su visita a los centros de detención obedecía a las distintas solicitudes de los accionantes. Por último, se verificó que el ex juez sobreseyó a muchos de los imputados por delitos regulados en la ley de Seguridad Nacional y restituyó a sus familiares los cuerpos de las víctimas relacionadas con la agrupación “Montoneros”. La fiscalía fundó la acusación en un comunicado emitido por el comandante de infantería Vilas, quien se encontraba a cargo del “Operativo Independencia”. En aquel documento, el militar describía las memorias del Operativo entre enero y diciembre de 1975, criticaba a la justicia provincial por obedecer, por miedo o complicidad, las órdenes de “elementos subversivos” y proponía un cambio de jueces federales de primera y segunda instancia por personas de su confianza. Este material no había sido autenticado. El Tribunal Oral condenó al ex juez a la pena de dieciséis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal y encubrimiento (hecho 1); privación ilegal de la libertad, por abuso de las funciones, agravado por grave daño en la persona y a la salud y por superar la misma un plazo mayor a un mes, abuso de autoridad y prevaricato (hecho 2) y asociación ilícita (hecho 3). Adicionalmente, se lo excluyó del haber jubilatorio que recibía en su calidad de ex juez federal. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 29-jun-2017 | RAFA (causa Nº 1392) | Una persona detenida en el CPF I manifestó que se le otorgaba comida en mal estado preparada en una cocina de campaña. Por tal razón, se presentó una acción de habeas corpus. En el marco de ese proceso, la ANMAT efectuó un informe pericial del que se desprendía que los alimentos estudiados habían obtenido resultados acordes con las especificaciones microbiológicas del Código Alimentario Argentino. Sin embargo, con posterioridad se efectuaron una serie de presentaciones individuales que daban cuenta de la misma problemática. Por esa razón, la acción se convirtió en un habeas corpus colectivo que involucró a todos los detenidos del Complejo Penitenciario. Como consecuencia de esto, la ANMAT realizó un nuevo análisis en el que se determinó que la comida no era apta para el consumo humano por superar los límites de presencia de escherichia coli. Ante esta situación, el juzgado hizo lugar a la acción de habeas corpus. El representante legal del SPF interpuso, entonces, un recurso de apelación. |
| 28-jun-2017 | LRJ | Un jubilado inició una acción de reajuste contra la ANSES. El juzgado de primera instancia determinó la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la prestación compensatoria (PC), la prestación adicional por permanencia (PAP) y de la prestación básica universal (PBU) de conformidad con el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC). Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley Nº 24.463 que condicionaba la movilidad de las prestaciones a la Ley de Presupuesto y a las resoluciones Nº 918/94 y 63/94. La ANSES interpuso un recurso de apelación y solicitó la sustitución del índice ISBIC por el RIPTE (Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estatales, contemplado por la ley Nº 27.260, conocida como “Reparación histórica”) como pauta de movilidad para la determinación del haber jubilatorio. |
| 27-jun-2017 | RR A | Una persona solicitó a ANSeS el retiro por invalidez previsto en el artículo 48 de la ley Nº 24.241. La Comisión Médica Central dictaminó que el peticionario contaba con un porcentaje de incapacidad del 39,24%, por lo que ANSeS rechazó la solicitud. El actor impugnó el dictamen ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, que confirmó la determinación. En consecuencia, el demandante interpuso una recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja. |
| 27-jun-2017 | Gonzalez (causa Nº 12000159) | En el año 2009, dos agentes policiales observaron un pasamanos de estupefacientes entre dos personas. Luego, una de ellas huyó en moto. Entonces uno de los policías la persiguió, la detuvo y le secuestró un paquete con droga. El agente tenía una relación preexistente con la otra persona interviniente en el hecho, por lo que no la detuvo ni dio aviso a las autoridades judiciales de su participación. Por tal razón, en 2012 fue denunciado por su compañero y fue imputado por el delito de encubrimiento agravado por su condición de funcionario público. Durante la audiencia de juicio oral, la defensa alegó que solo se contaba con el testimonio del denunciante como prueba para fundar la acusación. Por tal razón, solicitó la absolución de su asistido. |
| 27-jun-2017 | BOA | En el marco de un juicio por daños y perjuicios una persona confirió, en el escrito de inicio, poder especial a favor de su letrado. El juez de primera instancia dispuso no aceptar el poder por no haber sido otorgado por escritura pública. En consecuencia, la actora interpuso un recurso de apelación. |
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