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Título : RR A
Fecha: 27-jun-2017
Resumen : Una persona solicitó a ANSeS el retiro por invalidez previsto en el artículo 48 de la ley Nº 24.241. La Comisión Médica Central dictaminó que el peticionario contaba con un porcentaje de incapacidad del 39,24%, por lo que ANSeS rechazó la solicitud. El actor impugnó el dictamen ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, que confirmó la determinación. En consecuencia, el demandante interpuso una recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja.
Argumentos: La Corte Suprema de Justicia de la Nación, hizo lugar al recurso y dejó sin efecto la sentencia impugnada (voto de los ministros Lorenzetti, Rosatti y Maqueda). Para decidir de ese modo, los ministros sostuvieron que “…la alzada se limitó a confirmar los porcentajes de incapacidad que habían fijado los expertos de la Provincia de Santa Fe sin dar fundamento concreto para arribar a esa conclusión. Ello es así, porque el informe –realizado a partir de una medida dispuesta por el a quo– reprodujo con total exactitud los porcentajes reconocidos por la Comisión Médica Central, pero no indicó cuáles fueron los estudios tomados en cuenta para determinar el grado de invalidez ni efectuó consideraciones médico-legales sobre el examen físico que se le habría efectuado al apelante, aparte de que omitió consignar si con las patologías detectadas el peticionario podía continuar trabajando, aun cuando dicho aspecto fue uno de los puntos del peritaje ordenado por la cámara”. A su turno, la Corte dispuso “…como medida para mejor proveer la remisión de las […] actuaciones al Cuerpo Médico Forense a fin de que, atendiendo a todos los dictámenes elaborados en la causa, evaluara la incapacidad del actor e informara si su estado de minusvalía era compatible con las tareas denunciadas, así como también sobre la posibilidad de reinsertarse en el mercado laboral”. Asimismo, los magistrados señalaron que “…el dictamen de los expertos coincide con las afecciones diagnosticadas en los informes médicos precitados; sin embargo, difiere sustancialmente en la valoración de la incapacidad que tales patologías producen en la aptitud laboral del actor, pues concluye que la minusvalía alcanza al 70,3% sin atribuir tal diferencia a nuevas afecciones o a un agravamiento progresivo de las anteriores”. Finalmente, los magistrados explicaron que “…dicho informe fue precedido por un minucioso examen clínico efectuado al demandante, que incluyó interconsultas con especialistas en oftalmología, cardiología y radiología, y se apoyó, además, en una exhaustiva y razonada ponderación de todos los antecedentes agregados a la causa según los criterios normados por el baremo del decreto 478/98, consideraciones estas que no se observan en el dictamen emitido por los peritos de la Provincia de Santa Fe, que no justificaron siquíera en forma mínima sobre qué elementos se apoyaron para arribar a los porcentajes de invalidez indicados”.
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: RETIRO POR INVALIDEZ
INCAPACIDAD SOBREVINIENTE
PRUEBA
INFORME PERICIAL
MEDIDAS PARA MEJOR PROVEER
CUERPO MÉDICO FORENSE
ARBITRARIEDAD
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/RR A.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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