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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 27-abr-2018 | GEG (causa Nº 25323 2014) | Un persona de 34 años solicitó una pensión derivada del fallecimiento de su esposa. La ANSES denegó la prestación por considerar que la causante no era “aportante regular” ni “irregular con derecho”. En consecuencia, el requirente inició una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar al reclamo, revocó la resolución y ordenó a la ANSES que otorgara la pensión en el plazo de 30 días. La decisión fue impugnada por el organismo. |
| 27-abr-2018 | García (causa N° 146047) | Un hombre que se encontraba detenido solicitó visitas domiciliarias al hogar de la hija de su pareja con base en el artículo 166 de la ley N° 24.660. El a quo no hizo lugar al pedido. En ese sentido, indicó que, según lo señalado por la Sección de Asistencia Social y Área Médica de la administración, de los informes agregados no se advertía que la persona a la que requería visitar se encontrara imposibilitada de concurrir al actual lugar de alojamiento del hombre. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. |
| 26-abr-2018 | VNR (causa Nº 56352) | Un profesor comunicó a la directora del colegio en el que trabajaba que iba a contraer matrimonio con su pareja del mismo sexo. Al poco tiempo fue despedido sin causa. En consecuencia, el docente inició una demanda por despido discriminatorio, reclamó diferencias salariales y la reparación de daño psicológico y moral. El tribunal de primera instancia rechazó la acción e impuso las costas por su orden. Contra esta sentencia, ambas partes interpusieron un recurso de apelación. |
| 26-abr-2018 | ALO (causa Nº 102396) | Una persona había sido acusada por el robo de una moto, un celular y herramientas eléctricas. Por tal razón, se dispuso el allanamiento de su domicilio. En particular, se ordenó el secuestro de los elementos que sólo se relacionaran con el hecho investigado. En la inspección realizada sobre la vivienda, no se encontró ninguno de los bienes sustraídos. Sin embargo, dentro de una alacena, personal policial halló una balanza y un envoltorio con marihuana. Además, al notar tierra removida en el jardín, se excavó y se encontraron siete envoltorios más. En el acta de secuestro se señaló que la sustancia hallada en la alacena pesaba 318 gramos. Luego, el estudio pericial realizado sobre la misma droga indicó un peso de 561 gramos. El juzgado dictó el procesamiento del imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó la nulidad del allanamiento, por considerar que la policía se había excedido en el cumplimiento de la orden. En consecuencia, solicitó el sobreseimiento de su asistido. |
| 24-abr-2018 | Molina (reg. Nº 402 y causa Nº 15366) | Molina fue condenado a una pena única de tres años y seis meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe que, por mayoría, se expidió de manera favorable al pedido y recomendaba continuar con un tratamiento extramuros para la problemática de adicciones. Sin embargo, la división de servicio criminológico indicó un pronóstico de reinserción “desfavorable” que se fundó en cuestiones vinculadas a la personalidad y en los antecedentes judiciales y adictivos del condenado. Además, tuvo en cuenta un informe psicológico efectuado un año antes en otra unidad penitenciaria. Luego, la defensa solicitó un informe aclaratorio. En esa oportunidad, el servicio criminológico modificó el diagnóstico de reinserción social por uno “dudoso”. El Ministerio Público Fiscal no fue notificado del último informe, por lo que se opuso al pedido de libertad condicional. Por esa razón, el juzgado de ejecución penal rechazó la solicitud e indicó que Molina debía realizar un tratamiento intramuros por sus adicciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 24-abr-2018 | RCM (causa Nº 9-2014 (50-R) y otro) | Un médico neurocirujano, monotributista, se desempeñaba en el Hospital Alemán. Luego de 7 años, los directivos de la institución médica dejaron sin efecto una autorización concedida para prestar servicios. En consecuencia, el galeno inició una demanda contra el hospital y contra Médicos Asociados Sociedad Civil (MASC) por despido injustificado y solicitó el cobro de la indemnización correspondiente y de las multas por falta de registro de la relación laboral. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda. Apelada dicha resolución, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión, por lo que desestimó la defensa de las demandadas acerca de la naturaleza civil (locación de servicios) del vínculo que existió entre las partes y consideró que el actor prestó servicios en el marco de un contrato de trabajo. Ambas partes demandadas interpusieron un recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar a un recurso de queja. |
| 24-abr-2018 | TAA (causa Nº 20919 2014) | Una mujer, en representación de su hija, inició una demanda por alimentos contra el progenitor de la niña. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y fijó una cuota alimentaria que, a partir de agosto de 2015, ascendería con el fin de absorber, escalonadamente, los incrementos de los costos y las necesidades de la niña. Ambas partes interpusieron recursos de apelación que fueron declarados desiertos porque no se presentaron los memoriales dentro del plazo previsto en el art. 246 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su vez, la Defensora de Menores e Incapaces interpuso un recurso de apelación porque consideró insuficiente el monto fijado en concepto de alimentos. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró inapelable la cuestión por considerar que el defensor de menores sólo podía actuar, supletoriamente, cuando el representante legal omitía ejercer su representación, para impedir la frustración de un derecho; en consecuencia, desconoció su carácter de representante de la niña. Contra dicha resolución, la defensora interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar al recurso de queja. |
| 24-abr-2018 | BCD (causa Nº 74210) | Un individuo fue imputado por el delito de lesiones leves culposas. En etapa de juicio, suscribió un acuerdo de conciliación con el damnificado. Allí, se pactó el pago de la suma de $5.000 en concepto de reparación. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el caso se adecuaba a lo normado en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. El acuerdo fue homologado por el Tribunal Oral. Luego, la defensa presentó el comprobante de depósito que certificaba el abono del monto pactado. Por tal razón, solicitó que se declarase la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. |
| 24-abr-2018 | NBA (causa N° 29554) | Una mujer trans vivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. En una oportunidad la encerró en su casa y se fue, luego volvió, consumieron cocaína y una botella de vodka. Comenzaron a discutir, él la insultó y tomó un cuchillo. Entonces, ella lo agarró del brazo, forcejearon, le sacó el arma y se la clavó en el pecho. La mujer salió a pedir ayuda, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había tenido una buena convivencia con su pareja. Explicó que el hombre la obligaba a trabajar para pagar el alquiler y comprarle estupefacientes, toda vez que tenía un consumo problemático de drogas. En ese sentido, señaló que si no consumía se volvía muy violento con ella y la agredía. Además, dos testigos contaron que, desde su niñez, la imputada había padecido severos castigos por parte de su padre que no aceptaba su identidad. Agregaron también que había recibido agresiones físicas y psíquicas por parte de sus parejas. Además, una psiquiatra forense explicó que la mujer tenía una mirada idealizada de su pareja, lo que la había llevado a aceptar el maltrato. La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Para resolver de esa manera sostuvo que, si bien de las constancias médicas surgía que ambos presentaban cortes producidos con un arma blanca, ante la ausencia de testigos, no podía determinarse que el hombre hubiera comenzado la agresión con el cuchillo. En ese sentido sostuvo que no resultaba creíble la versión de los hechos aportada por la imputada y que no podía probarse la existencia de una agresión ilegítima que la habilitara a defenderse de esa manera. Además, explicó que como la mujer era el sostén económico podría haberse mudado a otro lugar en vez de continuar con el vínculo. Por otra parte, consideró la vulnerabilidad de la mujer trans como atenuante de la pena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó la necesidad de abordar el caso desde una perspectiva de género y criticó que el tribunal hubiese considerado la historia de vida de la mujer solo al aplicar las circunstancias excepcionales de atenuación de la pena y no así en relación con la causal exculpatoria de legítima defensa. |
| 20-abr-2018 | IRE (reg. 372, causa 5998) | Una persona que cumplía una pena privativa de la libertad realizó un total de 7 cursos de formación profesional (2 anuales y 5 de 90, 60 y 32 horas). Uno de los cursos anuales no contaba con instancia de evaluación; el otro no pudo ser acreditado. La defensa solicitó la aplicación de la reducción por estímulo educativo prevista en el inciso “b” del artículo 140 de la ley Nº 24.660 por un total de 14 meses, a razón de 2 meses de reducción por cada uno de los 7 cursos. Esto, a fin de que se incorporara a su representado al régimen de libertad asistida. El fiscal sostuvo que se encontraba acreditado que la persona había cursado y culminado satisfactoriamente 6 de los 7 cursos reseñados y que resultaba de aplicación el inciso “b” del artículo 140 de la ley Nº 24.660. De esa forma, entendió que debían reducirse un total de 7 meses: 2 meses por el curso anual cuya finalización estaba acreditada y 1 mes por cada uno de los 5 cursos de 32, 60 y 90 horas. El juez de ejecución penal rechazó el pedido de la defensa por considerar sólo podían computarse los cursos completados y aprobados por el imputado. Asimismo, afirmó que los cursos que reunían estas características no sumaban la carga horaria suficiente para considerarlos como un curso anual de formación profesional. Contra dicho pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. |
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