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FechaTítuloResumen
19-ago-2020Pérez (causa N° 31000615)Una persona de 71 años había sido condenada a la pena de diez años de prisión por delitos de lesa humanidad y se hallaba alojada en la Unidad N° 21 del Servicio Penitenciario Federal. Allí había sido diagnosticada con COVID-19, hipertensión arterial y patología cardíaca. La defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario en razón de la edad y su delicado estado de salud. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera sostuvo que no se advertía que la detención de la persona pudiera provocar una afectación a su salud y que el requisito etario previsto en el inciso “d” del artículo 32 de la ley N° 24.660 no era de aplicación automática. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
19-ago-2020Santillan (Causa nº 1370)Personal de la Gendarmería se encontraba realizando un control de rutina sobre los ómnibus que circulaban en una ruta nacional. En esa ocasión, observaron que un pasajero poseía en su mochila dos paquetes que contenían un kilo y cuatrocientos ochenta gramos de clorhidrato de cocaína. El hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes y se dispuso su prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. Durante el proceso, se constató que el imputado poseía un coeficiente intelectual inferior al medio, que carecía de un empleo y que vivía en una situación habitacional de pobreza extrema. En el juicio oral, la fiscalía solicitó que se lo condenara a la pena de cuatro años de prisión junto con una multa de cincuenta unidades fijas. El Tribunal Oral lo condenó en esos términos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación planteó, entre otras cuestiones, que el imputado se encontraba en una situación de vulnerabilidad. Por esos motivos, solicitó que se lo condenara a la pena de tres años de prisión en suspenso, y de forma subsidiaria, a la pena de tres años de prisión de cumplimento efectivo manteniendo la modalidad de arresto domiciliario. Asimismo, solicitó que se aplicara el mínimo de la multa correspondiente. Por su parte, la fiscalía dictaminó de forma favorable al planteo subsidiario de la defensa. En su presentación consideró, entre otras cuestiones, la culpabilidad disminuida en razón del nivel intelectual constatado. En ese sentido, señaló que correspondía analizar el caso bajo el error de prohibición evitable e imponer una pena por debajo del mínimo legal.
19-ago-2020Ruiz (reg. N° 1040 y causa N° 14049)Un hombre que se encontraba detenido era padre de tres hijos, de 15, 13 y 8 años. El mayor sufría una malformación genética y dependía de un tercero para ser movilizado a través de una silla de ruedas. Además, le habían detectado problemas de corazón y debía ser intervenido de manera quirúrgica. Desde la detención del hombre, los niños quedaron al exclusivo cuidado de su madre, que era el único sostén emocional y económico de la familia. Frente a esa situación, la defensa presentó un informe social que concluía que el joven requería constantes cuidados y la asistencia de un adulto mayor. Además, explicaba que el adolescente había abandonado los estudios secundarios desde la detención de su padre. Por esa razón, la defensa solicitó que se concediera el arresto domiciliario en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que los niños se encontraban al cuidado de la madre y no se había verificado un estado de desprotección o desamparo ni una situación de extrema vulnerabilidad que comprometiera el interés superior de la niñez. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
19-ago-2020Tejada Aguilera (reg. N° 1041 y causa N° 4262)Un hombre había sido detenido e imputado por la comisión de un delito. Al momento de su detención, sus hijos —de once y trece años— quedaron al cuidado de su tía paterna. Frente a la emergencia sanitaria, la situación de vulnerabilidad del grupo familiar se agravó y basaba su subsistencia en el retiro de bolsones de mercadería que ofrecía la Dirección General de Escuelas de Mendoza. En ese contexto, la defensa solicitó que se concediera la prisión domiciliaria a su asistido en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El Asesor de Menores sostuvo que si bien el tope legislativo para conceder el instituto era de cinco años, los hijos del imputado seguían siendo niños y dicho tope no resultaba infranqueable. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al pedido de morigeración de la detención. En particular, consideró que debía prevalecer el interés superior de los niños y consideró no existía peligro de obstrucción a la investigación por parte del detenido. El juez a cargo de la instrucción rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza no hizo lugar a la impugnación y confirmó la decisión apelada. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-ago-2020Gonzalez (causa N° 3497)Una empresa estaba próxima a cortarle el suministro de gas a un hombre. Por esa razón, se manifestó en la vía pública De acuerdo al decreto que regulaba la movilidad en el contexto de pandemia según la terminación de su DNI, el hombre se encontraba habilitado a circular. Durante la protesta, la policía lo detuvo. Una vez en la comisaría, el juzgado señaló que no debían iniciarse actuaciones por infracción al decreto dado que el ciudadano se encontraba reclamando un bien esencial y de primera necesidad. A su vez, ordenó dar intervención a la Secretaría de Desarrollo Social para que se le brindara una solución. La Ministra de Desarrollo Social entrevistó al hombre en la comisaría y se comprometió a resolver su situación. El personal policial le leyó sus derechos y garantías y remitió las actuaciones al juzgado. La defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido por considerar que la conducta reprochada era atípica ya que se encontraba autorizado para circular.
18-ago-2020Garibay (causa N° 26694)Una persona había sido condenada a la pena única de un año de prisión. Luego de siete meses y veinte días de detención, fue excarcelada en términos de libertad condicional. Ante la comisión de un nuevo hecho, fue detenida y condenada a la pena única de dos años y cuatro meses de prisión. En ese expediente estuvo detenida durante dos meses y siete días. En ninguna de las causas fue declarada reincidente. Por ese motivo, su defensa solicitó su excarcelación en los términos del artículo 317, inciso 5, del Código Procesal Penal de la Nación. La División de Servicio Criminológico del Servicio Penitenciario Federal informó que no contaba con sanciones disciplinarias y que, debido al poco tiempo transcurrido desde su ingreso a la unidad de detención, no había recibido calificación de su conducta. El representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó a favor de lo solicitado.
18-ago-2020Bajaneta (reg. N° 2523 y causa N° 26310)Un hombre había mantenido una relación de pareja durante tres años con una mujer. Veintisiete años después, se reunieron en un local gastronómico para conversar. En el momento en que se disponían a abandonar el lugar, el hombre la sujetó y le propinó varias puñaladas con un cuchillo de caza, causándole la muerte. Luego, salió a la vía pública e intentó suicidarse infligiéndose cortes con el mismo cuchillo. Por ese hecho, el hombre fue condenado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido contra una mujer y mediando violencia de género, contra una persona con la que había mantenido una relación de pareja, y con alevosía. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el imputado no había contado con capacidad de culpabilidad al momento de la comisión del hecho. Por esa razón, solicitó su absolución. De manera subsidiaria, la defensa se agravió por la decisión del tribunal oral en tanto consideró aplicable al caso la agravante de “relación de pareja”.
18-ago-2020RAV (Causa N°3308387)Un hombre no cumplía con los alimentos correspondientes a sus dos hijos. En consecuencia, la madre de los niños inició un reclamo judicial y se dictó sentencia. Sin embargo, el hombre seguía sin abonar la cuota alimentaria. Por ese motivo, el juez interviniente le prohibió la salida del país y dispuso el corte de su línea telefónica. Con posterioridad, la mujer se enteró dónde trabajaba el hombre y manifestó que había renunciado apenas lo notificaron que le retendrían las cuotas alimentarias futuras. Ante esa situación, la accionante solicitó que se ordenara el corte de las líneas de celulares a nombre del demandado y que se le impidiera obtener otras hasta que cumpliera con su obligación. Asimismo, requirió que se le retirara la licencia de conducir ciclomotores. Sobre esa cuestión, sostuvo que lo peticionado no le impedía trabajar al hombre porque para sus empleos anteriores siempre había manejado maquinaria agrícola, mientras que la motocicleta la usaba en momentos de ocio.
14-ago-2020Gonzalez (Causa n°2204)Dos hombres fueron condenados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro años de prisión. La defensa de uno de los imputados planteó la inconstitucionalidad del artículo 14, inciso 10, del Código Penal por considerar que la imposibilidad de acceder al régimen de libertad condicional por parte de las personas imputadas por los artículos 5, 6 y 7 de la ley Nº 23.737 era violatoria del régimen de resocialización y progresividad de la pena. La fiscalía dictaminó a favor del planteo y señaló que la norma colisionaba con los principios constitucionales de igualdad, progresividad y reinserción social de las penas.
13-ago-2020Lezcano (causa Nº 1646)Una persona se encontraba detenida desde junio de 2015. En noviembre de 2018 fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada. La sentencia fue impugnada. La persona se encontraba incorporada al período de consolidación, registraba conducta ejemplar y concepto bueno y se había inscripto en el Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena. Además, por aplicación del régimen de estímulo educativo, se le habían reducido dos meses en el plazo del régimen de progresividad. El Consejo Correccional señaló que, si bien era viable su alojamiento en un régimen semiabierto, no se podía establecer un pronóstico de reinserción social toda vez que aún revestía la condición de procesada. La defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Para dictaminar de esa manera sostuvo que no correspondía la aplicación del estímulo educativo a la libertad condicional ni a la excarcelación concedida en esos términos. En ese sentido, consideró que los períodos a los que correspondía aplicar la reducción de los plazos que establecía el artículo 140 de la ley de ejecución N° 26.695 eran el de observación, el de tratamiento y el de prueba. Además, estimó que no se contaba con los elementos suficientes para determinar si existía posibilidad de trazar un pronóstico de reinserción favorable. Por último, consideró que existía un peligro de fuga ya que la sentencia, si bien no se encontraba firme, lo había condenado a una pena de prisión elevada.