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31-may-2017MFUna mujer adulta mayor vivía en condiciones muy precarias (entre otras cosas, en una vivienda de reducidas dimensiones, mal alimentada, sin asistencia médica). Frente a esto, una vecina realizó una presentación espontánea ante el Juzgado de Paz de Mburucuyá, denunció la situación y requirió que se tomen medidas tendientes a salvaguardar la salud de esta persona.
12-may-2017CMJ (causa Nº 516674)Dos mujeres solicitaron al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) la cobertura total de los tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad con gametos propios y semen heterólogo. El instituto negó la petición con base en que no tenían una enfermedad orgánica ni antecedentes de infertilidad. Además, sostuvo que se trataba del embarazo de una persona de más de 40 años, riesgoso, con bajas posibilidades de éxito. En consecuencia, la pareja interpuso una acción de amparo con el objeto de conseguir la prestación requerida.
28-abr-2017RJR (causa N° 91001074)Un varón fue condenado a una pena privativa de la libertad y se dispuso su alojamiento en el Complejo Penitenciario Federal I. El hombre tenía siete hijos, de los cuales seis eran menores de edad. Los niños se encontraban al cuidado exclusivo de su madre. Tanto la mujer como algunos de sus hijos tenían problemas de salud. Sin embargo, desde la detención del hombre dejaron de realizar consultas y exámenes médicos debido a la falta de medios económicos. En ese contexto, los hijos mayores perdieron la regularidad escolar y la mujer se vio imposibilitada de trabajar. La defensa solicitó la prisión domiciliaria de su asistido. A tal fin, se aportaron diversos informes médicos y socio ambientales que daban cuenta de la apremiante situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la familia. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido.
5-abr-2017S, M y otros (inmunidades)Una persona que había sido elegida como parlamentaria del Mercosur fue detenida en enero de 2016 e imputada penalmente. Desde el comienzo de la causa se discutió si la detenida poseía inmunidad de arresto. Sobre el particular, el art. 16 de la ley Nº 27.120, que regula la elección de los parlamentarios del Mercosur, establecía la supletoriedad de las regulaciones internas en las materias que no estén reguladas en el Protocolo Consultivo. En punto a las inmunidades, esta norma remitía al Acuerdo de Sede que “…prevé la inmunidad de expresión de los parlamentarios [y] consagra […] su inviolabilidad personal […] en territorio uruguayo”. A su vez, varios Estados parte tenían regulado, en su derecho interno, la inmunidad de arresto de los parlamentarios. En ese marco, la defensa planteó la nulidad de la detención. La solicitud fue rechazada en primera y segunda instancia. Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Jujuy confirmó la decisión. Para fundamentar esa resolución, el tribunal sostuvo que la asimilación con los diputados nacionales que realiza el art. 16 de la ley Nº 27.120 no resultaba aplicable en materia de inmunidades dado que éstas se encontraban previstas en el Protocolo y Acuerdo Sede para el funcionamiento del Mercosur. Asimismo, entendió que las inmunidades sólo podían ser establecidas por los constituyentes, por lo que su creación por parte del Congreso vulneraba el principio de igualdad y resultaba inconstitucional. La decisión del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy motivó que la defensa interpusiera un recurso extraordinario federal.
10-mar-2017C, CVEl artículo 49 de la Constitución de la provincia de Salta establece el derecho de los padres y tutores a que sus hijos y pupilos reciban en la escuela pública educación religiosa de acuerdo con sus convicciones. Asimismo, el artículos 8, inc. m de la Ley de Educación de la Provincia (ley Nº 7.546) establece como principio, fin y criterio el derecho establecido en la constitución provincial; el art 27, inc. ñ, a su vez, dispone que la enseñanza religiosa integra los planes de estudios y se imparte dentro del horario de clase. Un grupo de personas y la Asociación por los Derechos Civiles iniciaron una acción de amparo a fin de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 27, inc. ñ de la ley Nº 7.546 y, en forma subsidiaria, postularon la invalidez constitucional del art. 8, inc. m de esa ley y del art. 49 de la Constitución de la provincia de Salta por violar derechos constitucionales a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad y no discriminación, a la autonomía personal y a la intimidad. Llegado el caso ante la Corte de Justicia de Salta, el tribunal confirmó la constitucionalidad de las normas cuestionadas. Sin embargo, ordenó que se arbitre un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica durante el horario escolar y que los usos religiosos tengan lugar únicamente durante las clases de educación religiosa. Los amparistas interpusieron, en consecuencia, un recurso extraordinario federal, que fue concedido.
16-feb-2017AMDFUna mujer había sido condenada en 2013 a una pena de cinco años de prisión. Esta persona era madre de dos niños menores de edad y se encontraba en una situación socio económica delicada, por lo que la sentencia era cumplida bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Durante su detención, se le imputó la comisión de otro hecho delictivo por el que fue condenada en febrero de 2016. El Tribunal Oral, además, la declaró reincidente. Para decidir de esa manera consideró, por un lado, que la mujer había cumplido pena como condenada. Por otra parte, tuvo en cuenta que el nuevo hecho había sido cometido con posterioridad al dictado de la condena anterior. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-dic-2016SEMUna persona cumplió dos tercios de la pena de ocho años de prisión que se le impuso por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae. La defensa requirió su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Servicio Penitenciario emitió un informe favorable a su concesión. Por su parte, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó la petición. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito por el que la persona había sido condenada –homicidio criminis causae– se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto solicitado, de acuerdo al art. 14 CP, segundo supuesto, y 56 bis de la ley Nº 24.660. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas.
20-dic-2016Ocampo, Jonathan OscarUna persona fue detenida por la presunta comisión del delito de robo con arma de utilería y se le aplicó el procedimiento previsto en el art. 353 bis y siguientes del CPPN, modificados por la ley 27.272. Entre otras cuestiones, esta norma establece la instrucción mediante dos audiencias orales multipropósito, una de inicio y una de clausura. Asimismo, el art. 353 sexies establece que en esa instancia –bajo pena de caducidad– se puede solicitar la suspensión del proceso a prueba o realizar un acuerdo de juicio abreviado. En este caso, durante la instrucción, el juez había decidido unificar ambas audiencias en una sola. En esta oportunidad, la defensa no solicitó la suspensión del proceso a prueba. Sin embargo, lo hizo en la etapa de juicio. El fiscal se opuso al pedido, pues entendió que, en su interpretación literal, la oportunidad para solicitarla se limita únicamente a las audiencias inicial y de clausura.
20-dic-2016CJA (reg. N° 1031 y causa Nº 247)Un individuo que se encontraba detenido en una unidad penitenciaria solicitó que se le concediera el arresto domiciliario para cuidar a su hijo de 15 años de edad. El adolescente tenía autismo y estaba a cargo del cuidado de su madre, que cursaba un embarazo con fecha de parto próxima. El juez de Ejecución –sin conferirle intervención del asesor de menores– rechazó el pedido de arresto domiciliario. Ante esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-dic-2016PDN (causa Nº 35876)Un hombre reservó una suite en un hotel y abonó la totalidad de la tarifa. Al presentarse en el establecimiento con una persona del mismo sexo le prohibieron ingresar. En consecuencia, inició una acción de daños y perjuicios. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra dicha resolución, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.