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13-oct-2021NIT (Causa N° 2054)Una mujer había trabajado como subcomisaria en la jefatura Departamental de Colón, Entre Ríos. En ese ámbito, sufrió discriminación y violencia por motivos de género. Ante esta situación, decidió realizar una denuncia ante el Juzgado de Familia, Penal de Niños y Adolescentes de la cuidad de Colón. La denuncia fue fundada en los términos de la ley N° 26.485. En ese sentido, solicitó que se dictaran medidas urgentes de protección contra la violencia psicológica que sufría por parte del jefe departamental. Además, resaltó que las funciones y guardias que se le habían asignado no eran compatibles con el cuidado de sus hijos y que tampoco se había contemplado el período de lactancia que atravesaba. No obstante, el juzgado se declaró incompetente y ordenó la remisión de las actuaciones a la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Concepción del Uruguay.
2-sep-2021PSS (causa Nº 31074)Una mujer conoció a un hombre en 1983 mientras cursaba sus estudios secundarios y comenzaron una relación de noviazgo. Cuando tenía 26 años quedó embarazada y la relación presentó dificultades. Entre diversas cuestiones, la mujer recibía agresiones e injurias de manera permanente. En el 2000, tuvo lugar un primer episodio de agresión física. Luego, con la mejoría en la economía familiar, ambos decidieron que ella dejase su empleo formal y se dedicase al trabajo doméstico. En 2007, quedó embarazada de su segunda hija mientras continuaron las situaciones de violencia psicológica. En diciembre de 2015, ante un nuevo episodio de violencia emocional y física, la mujer presentó una denuncia ante la Oficina de Violencia Domestica. Luego de la entrevista, la OVD calificó la situación como de alto riesgo. Por otro lado, del informe médico realizado, se desprendió que presentaba diferentes hematomas y secuelas de la violencia ejercida. Por último, en 2016 la mujer demandó al hombre por daños y perjuicios, y solicitó una indemnización. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa resolución ambas partes interpusieron, respectivamente, un recurso de apelación. En su presentación, la mujer cuestionó los montos reconocidos.
23-ago-2021LAT (Causa N° 8873702)Una mujer había trabajado en el servicio de instrumentación quirúrgica en un hospital. En ese ámbito, el coordinar del equipo que integraba le marcaba de manera constante los errores frente a sus compañeros. Incluso, sólo ella recibía comentarios hostiles por tareas cotidianas que realizaba junto al equipo. Ante esta situación, decidió realizar una denuncia ante el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de la provincia de Córdoba. La mujer solicitó que se dictaran medidas urgentes de cese de actos de perturbación e intimidación por parte de su coordinador. En esa oportunidad, se dictaron las medidas cautelares solicitadas hasta que el juzgado resolviera la existencia de una situación de violencia de género en el ámbito laboral.
23-ago-2021Osorez (causa N° 303252)Una mujer vivía con su pareja y sus tres hijos menores de edad. Ella sufría violencia de género por parte del hombre de forma regular. En una oportunidad, luego de que sonara una notificación en el teléfono celular de la mujer, el hombre la asfixió, la golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el pecho. El hombre falleció en el momento. Al arribar la policía, la mujer indicó que unas personas habían querido robarles y, en el intento, habían herido a su concubino. La mujer fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas en los brazos. Luego, en la declaración indagatoria, la imputada relató que sufría violencia de género, que su pareja tenía un consumo problemático de estupefacientes y que había intentado defenderse de las agresiones ejercidas por su pareja. Asimismo, agregó que había mentido sobre el robo porque se encontraban presentes sus hijos y no quería asustarlos. En la etapa de juicio oral, la mujer reiteró su relato. Por su parte, la fiscalía aportó un informe psicológico que indicaba que la pareja mantenía una relación tóxica, pero que la mujer tenía una posición dominante. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal y la querella afirmaron que la acusada había tenido la intención de dar muerte a su pareja. Sin embargo, explicaron que existían circunstancias extraordinarias de atenuación dada la “violencia cruzada” que existía en el vínculo. En ese sentido, solicitaron que se la condenara a una pena de ocho años de prisión. La defensa sostuvo que la mujer se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género y que se había defendido de una de las tantas agresiones sufridas. Sobre este aspecto, argumentó que la mujer había actuado en legítima defensa y solicitó su absolución.
10-feb-2021Clínica DS (Causa N° 6883114)Una mujer cursaba su primer embarazo sin complicaciones. En abril de 2016, comenzó con dolores de parto y sangrado. Según surgía de su historia clínica, se encontraba en la semana 21 de gestación. Por ese motivo, se dirigió a la clínica privada en la que se atendía. Cuando llegó al lugar, fue derivada a la guardia pero no le realizaron monitoreos para controlar el estado de salud de la bebé. Una de las médicas le realizó tacto y le manifestó que la bebé tenía que nacer porque estaba muerta. La mujer insistió en que sentía movimientos en su vientre, pero no le realizaron estudios de chequeo. Por disposición de la clínica, estuvo varias horas sin compañía de sus familiares. Incluso, no les permitió el ingreso. Debido a que era su primer embarazo, la mujer no comprendía qué le sucedía ni que estaba en trabajo de parto. Tampoco los médicos se acercaron para explicarle la situación ni la trasladaron a una sala de parto. La mujer dió a luz sola en una cama de la guardia. Luego, le comunicó a los médicos sobre el nacimiento. Después de unos minutos, se llevaron a la bebé para limpiarla. Cuando regresaron, le informaron que había muerto. Respecto de los motivos, sólo le indicaron que la placenta se había desprendido. La mujer solicitó a la clínica que le entregara el cuerpo de su hija y la historia clínica. Ante la negativa, la mujer inició un reclamo por medio de un abogado. En diciembre de ese año, se le entregó la historia clínica con datos erróneos e información que no se correspondía con lo que la mujer había vivido. A su vez, el centro de salud consideró que no se trataba de una persona sino de un feto y se negó a entregar el certificado de defunción. La clínica le entregó a su bebé en un frasco con formol. En consecuencia, la mujer inició una demanda por violencia de género bajo la modalidad obstétrica establecida en el artículo 6, inciso e, de la ley N° 26.485. Entre sus argumentos, expresó que se sintió abandonada por la clínica. En ese sentido, agregó que se habían vulnerado sus derechos como paciente ya que no había recibido información ni ayuda de los médicos. Por su parte, la clínica solicitó el rechazo de la denuncia. Sobre este aspecto, señaló que era infundada, que la situación no configuraba un hecho de violencia contra la paciente y tampoco se la había afectado por su condición de mujer. Por último, agregó que se trataba de una “triste situación de aborto”.
5-nov-2020CC (causa N° 38028)Dos hermanas adolescentes fueron víctimas del delito de abuso sexual agravado con acceso carnal en el predio conocido como “Viejos Talleres” del ex Ferrocarril Sarmiento en la Municipalidad de Morón, provincia de Buenos Aires. Su madre, por derecho propio y en representación de sus hijas, interpuso una demanda contra el Estado Nacional, el Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE), la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), la Municipalidad de Morón y las firmas Trenes de Buenos Aires SA (TBA SA) y América Latina Logística Central SA (ALL Central SA). La presentación individualizó la conducta irregular de la empresa concesionaria y reprochó a la CNRT no haber realizado un control adecuado del modo en que la misma llevaba a cabo sus obligaciones contractuales. En consecuencia, solicitó que se ordenase el pago de un resarcimiento patrimonial por los daños y perjuicios sufridos. Por su parte, la CNRT sostuvo que correspondía a a la empresa concesionaría mantener el buen estado del predio. El juzgado hizo lugar a la acción de manera parcial. Contra esa decisión interpusieron un recurso de apelación la parte actora, el Estado Nacional, la CNRT y la firma ALL Central SA.
8-oct-2020GRE (causa N° 303)El señor G. y la señora M. se casaron en 1986 y tuvieron tres hijos. Durante el matrimonio M. fue víctima de violencia física y psicológica por parte de su marido y se dedicó a las tareas domésticas.En el 2009 la pareja se separó de hecho y M. demandó por alimentos a G. El juzgado estableció una cuota alimentaria consistente en la suma de $ 2.500 y el aporte de la obra social. La decisión tuvo en cuenta el rol que cada uno de los esposos había desempeñado durante el matrimonio y la aptitud para obtener ingresos propios. Además, consideróel rol desigual de las partes luego de la separacióny la dificultad de la actora para desempeñar tareas remuneradas por su edad y su estado de salud. G.incumplió la cobertura de la obra social y fue intimado en reiteradas oportunidades hasta que se ordenó a la empresa en donde trabajaba que descontase el monto de la cuota y lo depositase en una cuenta judicial. G. inició una acción de divorcio. La sentencia fue dictada con fundamento en la causal de injurias graves del esposo a raíz de diferentes episodios de violencia física y psicológica llevados a cabo contra M. Luego, G. solicitó el cese de la prestación alimentaria. En su presentación sostuvo que se había decretado el divorcio vincular y que la mujer podía proveerse de alimentos por sí misma ya que, entre otras cuestiones, tenía un domicilio donde residir. El juzgado ordenó la realización de un informe interdisciplinario que concluyó que M. se veía afectada seriamente al cesar el aporte de la cuota alimentaria porque no contaba con recursos para propiciarse ingresos que redundaran en una mejora de su calidad de vida. Finalmente, el juzgado hizo lugar a la petición y la Sala B de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la decisión. Contra esa resolución, M. interpuso un recurso de casación.