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Fecha | Título | Resumen |
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30-sep-2014 | Zarate Villalba, Juan Ramon y otros c. GCBA s. amparo | En este caso, la sentencia de primera instancia declaró la nulidad absoluta e insanable de los decretos N° 1247/05 y 2136/06 que disponían el pago de sumas de dinero a los habitantes del barrio Rodrigo Bueno (asentado en tierras de la Reserva ecológica) a cambio de abandonar el predio. En segundo lugar, ordenó al GCBA que se abstuviese de efectuar desalojos o llevar adelante cualquier medida de carácter segregativo o expulsivo en relación a los moradores del barrio mencionado. Asimismo, le impuso al GCBA que adoptase las decisiones incluyentes necesarias y debidas tendientes a la efectiva integración urbanística y social del barrio Rodrigo Bueno de Costanera Sur, dado el carácter de población social y económicamente marginada, y declaró la inconstitucionalidad del límite sur de la Reserva Ecológica Costanera Sur -establecido en el artículo 1° de la ordenanza N°41.247- por haber omitido la preexistencia del barrio en ese lugar. El GCBA interpuso recurso de apelación. La Sala II revocó la sentencia recurrida. |
25-feb-2015 | GNB (causa Nº C67586) | Una mujer trans padeció discriminación y violencia institucional generalizada, constante y directa (imposibilidad de incorporarse al mercado laboral, abusos y violaciones por parte de la policía, exclusión del sistema de salud, etc.) como producto de su identidad de género. En consecuencia, inició una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de obtener un subsidio extraordinario y reparatorio equivalente al salario mínimo, vital y móvil, en respuesta a su necesidad de supervivencia. |
14-abr-2015 | ALPM c. GCBA | Una mujer a cargo de cuatro hijos menores de edad solicitó una acción de amparo con una medida cautelar para que se incluya a su grupo familiar en alguno de los programas de emergencia habitacional. De acuerdo con las manifestaciones de la parte actora y con el informe social obrante en la causa, la accionante realizaba tareas como empleada doméstica y sus ingresos económicos eran insuficientes para satisfacer las necesidades de su familia. Asimismo, había atravesado situaciones de violencia familiar. La jueza de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada. La parte demandada apeló la resolución. |
14-mar-2018 | NAMA (causa Nº 42740 2011 ) | Una pareja con 5 hijos y un embarazo en curso se encontraba en situación de calle. Para paliar su situación, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) les ofreció soluciones precarias de alojamiento (paradores nocturnos), las que fueron rechazadas por diferentes motivos. Por esta razón, el GCBA les asignó un subsidio de dos cuotas del Programa de Atención para Familias en Situación de Calle, el cual no les permitió superar el problema habitacional. Estando todavía en situación de calle, en junio de 2010 nació su sexto hijo, quien luego de 25 días falleció a causa de una neumopatía. Ante esta situación, ambos padres, por sí y en representación de sus hijos, iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra el GCBA –por haber incumplido sus obligaciones de asistencia– y contra el Hospital “Ramos Mejía” –por considerar que los médicos le habían dado al niño el alta en forma prematura –. El juzgado de primera instancia condenó al GCBA y rechazó el reclamo respecto al hospital. Contra esa decisión, las partes interpusieron un recurso de apelación. |
21-nov-2018 | Gonzalez Victorica (20217) | GV, en representación de su hija con discapacidad, solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la autorización para comprar un vehículo importado bajo el régimen de franquicia previsto en la ley N° 19.279. El organismo rechazó la solicitud porque consideró que su grupo familiar tenía una capacidad económica que superaba los límites establecidos en la normativa vigente. Por este motivo, GV interpuso una demanda que cuestionó la validez constitucional del art. 3° de ley Nº 19.279 y del art. 8° del decreto reglamentario 1313/93. Tal normativa restringía, en función de la capacidad económica del grupo familiar, el acceso a franquicias fiscales para la importación de automóviles destinados a personas con discapacidad. El juzgado de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de las normas. Para ello, el tribunal consideró el principio constitucional de igualdad y justificó la distribución diferenciada a través de medidas de acción positiva destinadas a garantizar la igualdad de oportunidades, en particular, de las personas con discapacidad. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), interpuso un recurso de apelación y la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo federal confirmó el fallo apelado. Frente a esa decisión, la AFIP interpuso un recurso extraordinario federal. |
24-abr-2020 | Arando (causa N° 1328) | Tres personas transgénero se encontraban en situación de calle. Una de ellas era víctima de violencia por parte de su pareja y dos eran portadoras de HIV. Las personas se encontraban alojadas de modo provisorio en un hotel. A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de asilamiento social obligatorio, se vieron privadas de sus ingresos económicos e imposibilitadas del pago del alquiler. Entonces, fueron intimadas a desalojar la vivienda. Por ese motivo, la defensoría zonal interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar que se ordenase al gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que las incorporase a un programa de subsidio habitacional y se les abonase los fondos suficientes para acceder a un lugar habitacional. |
20-nov-2020 | PVP (causa N°6138) | Una mujer trans de nacionalidad peruana y con discapacidad se encontraba en situación de vulnerabilidad. La mujer era portadora de VIH, padecía parálisis en la mitad de su cuerpo como consecuencia de un ACV y no tenía obra social. Además, tenía dificultades para solventar el costo de la habitación de hotel en la que residía que se vieron agravadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la pandemia. Ante esta situación, se presentó en la sede del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y solicitó asistencia. El pedido no tuvo respuesta. Ante esta situación, la defensa oficial interpuso una acción de amparo contra el GCBA con el objeto de que se ordenara la provisión de una solución estable y permanente que le garantizase el derecho a una vivienda. |