Buscar por Tribunal Tribunales Orales en lo Penal Económico Nro. 2

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FechaTítuloResumen
7-jul-2020Marítima Maruba (Causa nº 1540)Un hombre había sido imputado por el delito de apropiación indebida de tributos en relación a los aportes con destino al Régimen Nacional de Seguridad Social y al de Obras Sociales. En la etapa de juicio, la defensa y la fiscalía celebraron un acuerdo de reparación integral y solicitaron al tribunal oral que declare extinguida la acción penal en los términos del artículo 59 inciso 6 del Código Penal. Para ello, argumentaron que la norma en cuestión resultaba plenamente operativa y que no existían impedimentos que obstaran a su aplicación en delitos fiscales.
9-oct-2020Berkowicz (Causa N° 1091)Una persona intentó extraer del país 100 monedas de oro y las sumas de € 14.405 y US$ 100 ocul-tos en el equipaje. Por ese hecho, fue imputada por el delito de contrabando simple. En la etapa de juicio oral, la defensa interpuso la excepción de falta de acción fundada en el inciso 6 del artículo 59 del Código Penal y solicitó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistida. En ese sentido, consideró que había sido reparado en forma integral el perjuicio provocado por el pago efectuado en oportunidad de acogerse al sinceramiento fiscal y aduanero previsto en el artículo 46, inciso b, de la ley N° 27.260. En ese marco, tanto la parte damnificada (AFIP/DGI) como el Ministerio Público Fiscal señalaron que la reparación voluntaria y excepcional efectuada por la persona impu-tada involucró sólo un total de cinco bienes en el país, pero que no había implicado un acuerdo conciliatorio entre las partes con los efectos previstos en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal.
6-abr-2022Berurena (Causa N° 001379)Un agente de la brigada de investigaciones de una comisaría fue acusado por la protección policial para que un hombre pudiera realizar en forma habitual operaciones de cambio ilegal de moneda extranjera en un local. En ese sentido, ambos compartían las ganancias producidas por esa actividad. Por ese hecho, fue imputado por el delito de cohecho pasivo previsto en el artículo 256 del Código Penal. En la etapa de juicio oral, la defensa del policía instó la excepción de falta de acción fundada en la reparación integral del perjuicio prevista en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal. En ese sen-tido, argumentó que se había llegado a un acuerdo para resarcir el daño causado. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la solicitud y sostuvo que la figura de la reparación integral no era aplicable al caso porque el imputado era un funcionario público.
25-abr-2022Ayesa GarcíaDos personas fueron imputadas por el delito de contrabando simple agravado por la presentación ante el servicio aduanero de documentación falsa, previstos en los artículos 863, 864, inciso d, y 865, inciso f, del Código Aduanero. En la etapa de juicio oral, la defensa de una de ellas solicitó la extinción de la acción penal por reparación integral del daño ocasionado. El representante del Minis-terio Público Fiscal prestó conformidad. La parte damnificada guardó silencio al respecto.
31-oct-2022Pulars S.A. (causa N° 502)Una empresa, junto con su presidenta y su contador, fueron imputados por la retención indebida del Impuesto a las Ganancias de sus proveedores y empleados durante los períodos fiscales 11/16, 12/16, 4/17, 7/17 y 8/17. En la etapa de juicio oral, su defensa argumentó que los montos retenidos se habían depositado con demora. Por esa razón, solicitó la aplicación del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. A fin de reparar el daño económico ocasionado por la mora, ofreció realizar una donación a una institución de bien público. La representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que la aplicación de la reparación integral resultaba la alternativa más adecuada para resolver el conflicto penal.
28-feb-2024Simonetti (causa N° 530)Entre 2005 y 2010 un hombre y una mujer habían utilizado diversas personas jurídicas para documentar operaciones de comercio exterior. De esa manera, burlaban los controles aduaneros y obtenían beneficios fiscales que no les correspondían. Como consecuencia, fueron imputados por diversos hechos en el marco de tres causas penales. Las investigaciones se extendieron durante más de catorce años. En 2023 se celebró un pacto de juicio abreviado en dos de los expedientes. Para ese entonces, los imputados tenían más de sesenta años y resultaron condenados a la pena de tres años de prisión en suspenso y pago de costas. Dos meses después, en el marco de la tercera causa, se presentó un nuevo acuerdo de juicio abreviado. Se acordó para ambos la pena única de cinco años de prisión de ejecución condicional; inhabilitación especial por un año para el ejercicio del comercio; pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozaren; inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena para desempeñarse como funcionarios o empleados públicos; e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembros de las fuerzas de seguridad. El representante del Ministerio Público Fiscal no se pronunció en relación con la inhabilitación del artículo 12 del Código Penal. El acuerdo fue presentado ante el tribunal actuante para su homologación.
5-ago-2024CascarinoTres personas fueron acusadas de importar mercadería con la presentación de documentación pre-suntamente adulterada o falsa necesaria para cumplimentar una operación aduanera con el fin de someter la mercadería a un tratamiento aduanero o fiscal distinto al que correspondía. Por ese he-cho, fueron imputadas por el delito de contrabando agravado previsto por los artículos 864, inciso b, y 865, incisos a y f, del Código Aduanero. En la etapa de juicio oral, su defensa ofreció el pago del monto del perjuicio de US$ 1.982,03, en un solo pago y la donación de la suma de un millón de pe-sos a favor de un comedor. En consecuencia, solicitó la reparación integral del perjuicio en los térmi-nos del artículo 59, inciso 6, del Código Penal.
18-sep-2024AssiasUna persona fue acusada de haber intentado extraer del país, de manera oculta, sumas dinerarias extranjeras. El hecho fue calificado con las previsiones de los artículos 863, 864, inciso d, en función de los artículos 871 y 872 del Código Aduanero. En la etapa de juicio oral, la defensa ofreció el aban-dono del dinero, con excepción de diez mil dólares –cuya devolución requirieron– y una donación de dos millones de pesos a entidades, fundaciones y/o comedores. Por esa razón, solicitó la extinción de la acción penal por reparación integral del daño ocasionado. La parte damnificada sostuvo que la aplicación del artículo 59, inciso 6, del Código Penal no resultaba aplicable al delito de contrabando por lo que se oponía al pedido de la defensa. Luego, la defensa manifestó que, tras contactar con el Ministerio Público Fiscal, advirtieron que no era posible un acuerdo en los términos del mencionado artículo con la pretendida devolución parcial del dinero incautado. En consecuencia, consignó que su asistida consentía el abandono total de las sumas dinerarias extranjeras en favor del Estado. Además, solicitó que el dinero ofrecido como reparación integral fuera destinado a la Fundación del Hospital Materno Infantil. El representante del Ministerio Público Fiscal prestó su consentimiento para que, una vez cumplidas las condiciones establecidas, se dictara el sobreseimiento de la persona imputada.