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Fecha | Título | Resumen |
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1-feb-2018 | PSA (Causa Nº 53884) | Una mujer detenida preventivamente requirió que se le concediera el arresto domiciliario a fin de cuidar a sus hijos de siete meses y dos años de edad. Al momento de realizar el pedido, los niños se encontraban a cargo de abuela y convivían con el padre de uno de ellos, que trabajaba todo el día. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. |
1-feb-2018 | PEV (Causa Nº53884) | Una mujer, madre de una niña de tres años, se encontraba detenida preventivamente. La niña estaba a cargo de su abuela. La defensa solicitó se le concediera el arresto domiciliario a su representada para que pudiera cuidar a su hija. El Tribunal Oral rechazó el pedido por considerar que la niña no estaba en una situación de abandono y por el peligro de fuga que implicaría la detención en el domicilio. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. |
29-dic-2017 | BFE (causa Nº 74181) | Una mujer privada de su libertad tenía un hijo de 4 años. Desde la detención de su madre, el niño estuvo al cuidado de distintas personas. Entonces, su abuela materna –que todavía no lo conocía– viajó al país desde Bolivia para encargarse de él. El niño lloraba de manera excesiva y tenía episodios de angustia en los que pedía por su madre. Por ese motivo, la defensa de la mujer solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. Del informe socio ambiental elaborado en el marco de la causa se desprendía que el niño poseía conductas regresivas desde la detención de su madre. Así, concluyó que el otorgamiento del instituto sería favorable para el desarrollo integral del niño. Por su parte, la defensoría de menores tuvo en consideración el interés superior del niño y dictaminó a favor de la medida solicitada. El Tribunal Oral rechazó el pedido por entender que el hijo de la imputada poseía un lazo afectivo con su abuela y que, por ese motivo, no se veía afectado el interés superior del niño. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
27-dic-2017 | CA (causa Nº 131) | Una niña vivía en situación de calle desde los once años y consumía estupefacientes. Su madre la había expulsado de su hogar y con su padre se contactaba de manera intermitente. En ese contexto, a los dieciséis años fue procesada por el delito de robo cometido en poblado y en banda. A partir de ese momento, y por el período de dos años, recibió tratamiento tutelar. Posteriormente, fue procesada por dos nuevos hechos y fue derivada a una residencia educativa. De ese lugar se fugó en dos oportunidades. Distintos equipos técnicos intervinientes en el caso destacaron la extrema situación de vulnerabilidad de la imputada. El Tribunal Oral de Menores la condenó a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional. Para decidir de ese modo, consideró que el tratamiento tutelar había sido “pobre” y que la joven no había internalizado sus objetivos. Contra esa decisión, su defensa y la Defensoría de Menores e Incapaces interpusieron recursos de casación. Entre sus argumentos, señalaron que la sentencia no había considerado la historia de vida de la joven y, con base en el artículo 1° de la ley Nº 22.278, solicitaron su absolución. |
15-ago-2017 | LCG (causa Nº 36164) | Una persona que contaba con tres hijos menores de edad a su cargo se encontraba detenida preventivamente bajo la modalidad de arresto domiciliario. La Comuna de Pilar, provincia de Santa Fe, le ofreció, en concepto de trabajo, realizar tareas de barrido de calles. Por ese motivo, la defensa solicitó autorización para que efectúe salidas laborales. El Juzgado Federal de Rafaela rechazó el requerimiento. Ante esto, a pedido de la defensa, la Comuna efectuó un informe sobre la situación de la imputada que concluía, entre otras cuestiones, que la mujer y sus hijos se encontraban en una situación económica, social y habitacional de total vulnerabilidad. |
17-jul-2017 | OCIL (causa N° 71003040) | OCIL, de nacionalidad boliviana y menor de edad, fue imputada por el delito de tenencia simple de estupefacientes en concurso real con el de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas. Por esa razón, se dispuso su prisión preventiva. Ningún tratamiento tutelar fue ordenado a su respecto. Posteriormente, suscribió un acuerdo de juicio abreviado por el que la fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal y se la eximiera de pena. La defensa y la asesora de menores adhirieron a la propuesta. Durante la audiencia celebrada en los términos del artículo 431 del Código Procesal Penal de la Nación, la joven manifestó que era madre soltera de tres niños, que no había finalizado sus estudios primarios y que trabajaba en un comercio de indumentaria. |
3-jul-2017 | Medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas | A partir del Informe Sobre el Uso de la Prisión Preventiva en las Américas (2013), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó un nuevo informe para analizar a) los principales avances y desafíos en el uso de esta medida por parte de los Estados, b) las medidas alternativas a la prisión preventiva, c) otras medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva y d) la incorporación de un enfoque especial para la protección de las mujeres y otras personas pertenecientes a grupos en situación especial de riesgo. |
21-jun-2017 | Observación General Nº 21 | La observación general emitida por el Comité de los Derechos del Niño propuso una guía para los Estados sobre el desarrollo de estrategias a largo plazo en relación a los niños en situación de calle. Con ese propósito, el Comité realizó un análisis integral de la Convención sobre los Derechos del Niño. |
12-jul-2016 | OC,B c. INCUCAI y otro | Un adolescente de nacionalidad boliviana inició una acción de amparo contra el Estado Nacional y el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI). Ello, con el objeto de que se lo inscriba en la lista de espera para trasplante de órganos pese a su carácter de extranjero no residente permanente. |
5-abr-2016 | CMA (dictamen PGN) | La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) dictó una resolución administrativa en la que se impedía que la Procuración Penitenciaria Nacional inspeccionara las dependencias donde se alojaban niños, niñas y adolescentes. Por tal razón, la Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso un hábeas corpus colectivo. El juzgado hizo lugar a la acción e intimó al titular de la SENNAF a que habilitara el ingreso de la PPN a los institutos. Contra esa resolución, la Secretaría interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión, y condicionó las inspecciones a la aprobación de un plan de trabajo que debía presentar la PPN. Ambas partes interpusieron recursos de casación. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó las impugnaciones y la acción de hábeas corpus por entender que el impedimento de inspección no generaba un peligro para el colectivo de niños privados de libertad. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal, cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. |
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