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Título : PSA (Causa Nº 53884)
Fecha: 1-feb-2018
Resumen : Una mujer detenida preventivamente requirió que se le concediera el arresto domiciliario a fin de cuidar a sus hijos de siete meses y dos años de edad. Al momento de realizar el pedido, los niños se encontraban a cargo de abuela y convivían con el padre de uno de ellos, que trabajaba todo el día. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación.
Argumentos: La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, anuló la resolución y reenvió los autos para que se dictara un nuevo pronunciamiento. Esto último, de conformidad con el criterio de la mayoría relativo a la necesidad de confeccionar un nuevo informe del Cuerpo Médico Forense sobre el cuadro afectivo de uno de los niños. “[E]s que si bien los magistrados han estimado que dicho interés estaba protegido porque su abuela cuida de ella, lo cierto es que no han tomado en consideración que aquél se encuentra íntimamente ligado al derecho que tiene todo niño a crecer junto a su madre…”. “[L]o reseñado demuestra cómo el tribunal omitió analizar una de las facetas del interés superior del niño al dictar su resolución, es decir, la referida a la necesidad y conveniencia de que los niños desarrollen su vida acompañados de su madre…”. “[D]e acuerdo con las normas de derecho internacional antes reseñadas, el alto grado de vulnerabilidad social que atravesó la vida de la imputada debe ser tomado en consideración para evaluar, precisamente, una vía alternativa al encierro penitenciario…”. “[S]i la ley prevé, como en el caso bajo examen en el que nos encontramos frente a una madre detenida que tiene dos hijos menores de cinco años, la procedencia de un instituto que morigera la privación de libertad, sólo podría ser denegada –desde la perspectiva del peligro de fuga– si no existiera ninguna medida que pudiera asegurar –en clave de pronóstico– que los fines del proceso no pueden ser asegurados por un mecanismo menos invasivo. …” (voto del juez Morin). “[T]ampoco se ha expresado la razón por la cual no resultaría operativo, en su caso, el recaudo del dispositivo electrónico de control que prevé el artículo 33, último párrafo, Ley n° 24660 (reformado por Ley n° 26813), como medio tendente a conjurar tal riesgo procesal en caso de procederse a la impetrada concesión de la prisión domiciliaria, ni resulta un argumento pertinente evitar su análisis debido a que se encuentra procesada con prisión preventiva en otro proceso actualmente en trámite.…” (voto del juez Niño).
Tribunal : Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala de Feria
Voces: PRISIÓN PREVENTIVA
PRISIÓN DOMICILIARIA
REGLAS DE BANGKOK
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
VULNERABILIDAD
INFORMES
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Atienza Vargas (reg. Nº 1598 y causa Nº 51564)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Leyes Migueles (causa Nº 14462)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/PSA (Causa Nº 53884).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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