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8-feb-2022SRS (Causa N° 18645)Un adolescente había sido asignado con el sexo femenino al momento de su nacimiento. Sin embargo, desde una edad temprana se autopercibió con el sexo masculino. Por ese motivo, solicitó a sus progenitores autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento conforme a su identidad de género autopercibida. Ante su negativa, intervino la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia (SENAF). En esa oportunidad, el organismo solicitó que se dictara una resolución judicial que permitiera la inscripción del cambio registral del adolescente. En ese sentido, pidió que se supliera la autorización de los progenitores conforme al artículo 5 de la ley N° 26.743 de identidad de género.
5-dic-2021ML(M) (causa Nº 15332)Una persona de quince años solicitó ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas la rectificación del nombre femenino asignado en su Partida de Nacimiento y DNI. Sin embargo, en su presentación, manifestó la decisión de mantener asignado el género femenino. Ante esta situación, el director general del registro solicitó una venia judicial al juzgado interviniente a fin de llevar a cabo la rectificación de conformidad con el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación. A su vez, en su solicitud expresó que la situación no se ajustaba a las disposiciones del decreto 476/21 sobre rectificación de documentos para personas no binarias, ni a las establecidas en la ley N° 26.743 de identidad de género. El juzgado, previo a resolver, citó a la persona y a su defensor oficial. En esa oportunidad, la persona expresó sentirse segura en su identidad de género desde lo masculino, pero reconoció que su cuerpo tenía rasgos y resabios femeninos. Ante esta situación, manifestó que hasta que se sintiera madura y preparada en lo psico-socio-emocional para encarar algún tipo de modificación médica en su cuerpo, era conveniente mantener la designación de su sexualidad como femenina.
2-ago-2021CAE (causa Nº 24540)Una persona nacida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires había sido inscripta en el Registro Nacional de las Personas con un nombre de mujer y sexo femenino. Sin embargo, a lo largo de su vida se autopercibió con el sexo masculino de forma libre y sostenida. En 2020, durante su adolescencia, solicitó a sus progenitores una autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento de acuerdo con su identidad de género. Sin embargo, su progenitor expresó que no lo acompañaría ni daría su consentimiento porque la religión que profesaba no se lo permitía. Entonces, la persona se presentó ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 83 con el acompañamiento de su progenitora y requirió que se le concediera la autorización por vía judicial en los términos del artículo 5º de la ley Nº 26.743 (Ley de Identidad de Género). Previo a resolver, el juez citó a una audiencia al progenitor. En esa oportunidad, el hombre prestó su consentimiento. El juzgado consideró que el pronunciamiento judicial había devenido innecesario y declaró abstracta la presentación. En ese sentido, sostuvo que los progenitores debían concurrir al registro civil a concretar el cambio de género solicitado. Contra esa decisión, la persona solicitante y la defensora de menores interpusieron un recurso de apelación.
4-mar-2021SAI Causa N° 12566Una persona había sido asignada con el sexo femenino al momento de su nacimiento. Sin embargo, desde una edad temprana se autopercibió con el sexo masculino. Por ese motivo, había recibido maltrato de parte de sus progenitores desde que era niño. A sus 14 años, denunció a sus progenitores por el maltrato recibido. En esa oportunidad, el joven manifestó que su madre era violenta cuando convivían. Además denunció que la pareja de su progenitora había abusado de él. Asimismo, resaltó que su progenitor lo exponía a situaciones de su intimidad. En consecuencia, se otorgó la guarda provisoria del adolescente a su tía materna en los términos del artículo 657 del Código Civil y Comercial de la Nación. Además, ante el contexto familiar vivido se dispuso un tratamiento psicoterapéutico para el joven. No obstante, el joven manifestó su voluntad de vivir con su abuela paterna.
13-dic-2018FSB (causa Nº 1735)FSB, nacida en la provincia de Chaco, fue inscripta en el Registro Nacional de las Personas con un nombre de varón y sexo masculino. Sin embargo, se autopercibió con el sexo femenino de forma libre y sostenida en el tiempo. En 2018, aun siendo adolescente, solicitó a sus progenitores autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento conforme su identidad de género. Ante su negativa, se presentó ante el Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia la asesora de menores –en representación de la adolescente– y requirió que se le concediera la autorización por vía judicial en los términos del artículo 5º de la ley Nº 26.743, de identidad de género. Previo a resolver, el juez citó a una audiencia al progenitor, quien prestó su consentimiento. Sin embargo, no sucedió lo mismo con la madre.
10-dic-2015RNJ (causa Nº 8757)NJ, nacida en el año 2001 en la ciudad de Junín, fue inscripta en el Registro Nacional de las Personas con un nombre de varón y sexo masculino. Sin embargo, desde los 5 años NJ se identificó sostenida y libremente con el sexo femenino. En 2015, al cumplir 14 años de edad, solicitó a sus progenitores autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento conforme su identidad de género. Ante la negativa del padre, su madre, en representación de la adolescente, se presentó ante el Juzgado de Familia Nº 1 de Junín y solicitó autorización judicial en los términos del artículo 5º de la ley Nº 26.743 de identidad de género. Previo a resolver, la jueza designó una abogada en representación de la niña, atento el derecho personalísimo en juego.