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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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5-mar-2025 | Un análisis relativo a las causales penales de expulsión de la ley 25.871 | Desde fines del año 2019 las causas relativas a las expulsiones regidas por la Ley Federal de Migraciones aumentaron de forma significativa. En este contexto, el autor advierte que la aplicación por parte de los tribunales de los artículos 29 (inciso c) y 62 (inciso b) de la ley N° 25.871 es diversa, lo que afecta de forma irremediable a las personas migrantes vulnerables sometidas a proceso. A esto se agrega que la jurisprudencia de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no abordó el tema con profundidad hasta el año 2020. Por esta razón, el trabajo propone una interpretación sobre las distintas premisas que poseen las causales de expulsión y su análisis exegético a través de los criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. |
26-feb-2025 | La justicia penal juvenil en la etapa de ejecución de la pena. El concepto de revisión periódica y sus desafíos de implementación. | A pesar de los estándares desarrollados por el sistema interamericano y universal de derechos humanos, los conceptos de “especialidad” y “revisión periódica” que deberían guiar los procesos seguidos contra adolescentes y jóvenes por delitos cometidos cuando eran menores de edad no suelen ser tenidos en cuenta en la etapa de ejecución de las penas. En este trabajo, la autora se propone analizar críticamente la falta de especialización en normas, procedimientos, operadores del sistema de justicia y de los lugares de alojamiento en la etapa de ejecución de condenas en la justicia nacional dedicada a jóvenes infractores de la ley penal. Del mismo modo, reflexiona sobre la posibilidad de poner en práctica el concepto de “revisión periódica” de las condenas cuando los objetivos que dieron lugar a la imposición de una pena se hubieran cumplido. Con ese fin, desarrolla un estudio pormenorizado de los estándares que surgen de instrumentos internacionales y decisiones del sistema interamericano y universal, de la legislación nacional, de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la Cámara de Casación Penal y de algunas normas y precedentes provinciales destacados en la materia. |
14-feb-2025 | Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza (Causa Nº 27196) | En 2024 PAMI dictó las resoluciones N° 2431y N°2537 que redujeron la cantidad de medicamentos del vademécum y modificaron los criterios para obtener la cobertura integral de estos. En ese sentido, las resoluciones determinaron que, para continuar con la cobertura, los beneficiarios debían acreditar por vía tecnológica o presencial una serie de requisitos. Entre ellos, ingresos inferiores a 1.5 haberes previsionales mínimos o 3 en caso de convivientes con certificado único de discapacidad; no tener una afiliación simultánea a una empresa de medicina prepaga, no resultar propietarios de más de un inmueble, ni poseer un vehículo con menos de diez años de antigüedad. Ante esa situación, la Asociación Civil Red de Defensa al Consumidor y Usuario planteó una acción de amparo colectivo en representación de todas las personas afiliadas al PAMI de la provincia de Tucumán. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las referidas resoluciones. Como medida cautelar, pidió que se restableciera de inmediato el acceso a los medicamentos y su cobertura total a favor de los afectados. Sobre ese aspecto, señaló que se trataba de un caso de incidencia colectiva que involucraba intereses individuales homogéneos. Agregó que así se afectaba en forma desproporcionada a adultos mayores y se agravaba su situación de vulnerabilidad, dado que ponía en riesgo su derecho a la salud y a la vida. Asimismo, sostuvo que se había eliminado el Programa “Vivir Mejor” –que garantizaba la cobertura del 100% de los medicamentos–, lo que empeoraba la situación de los afiliados. |
28-ene-2025 | Beati (Reg. N° 82 y Causa N° 39699 ) | Una persona fue condenada a la pena de seis años de prisión por los delitos de tráfico ilegal de estupefacientes en su modalidad de comercio y de tenencia con fines de comercialización, agravados por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo y en concurso real entre ellos. Cumplido el requisito temporal, la defensa planteó la inconstitucionalidad de los artículos 14, segundo párrafo, inciso 10 del Código Penal y 56 bis de la ley N° 24.660. En consecuencia, solicitó la libertad condicional de su asistida. El tribunal interviniente rechazó el planteo y no hizo lugar a la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
17-ene-2025 | Lucía v. Nicaragua | Una niña fue violada en reiteradas oportunidades por el sacerdote de su comunidad cuando ella tenía entre 13 y 14 años. A raíz de ello, quedó embarazada. Su familia denunció al sacerdote ante la policía, pero las autoridades no tomaron medidas contra él por tratarse de una figura religiosa relevante. Al acudir a sus controles médicos, la niña recibió comentarios estigmatizantes por parte del personal médico y en ningún momento le informaron sobre sus derechos. Luego fue derivada a una psicóloga del hospital, quien desde el primer momento hizo énfasis en que ella aceptara su maternidad. En Nicaragua existe una penalización total del aborto, por lo que la niña fue obligada a llevar a término su embarazo a pesar de ser diagnosticado como de alto riesgo. A partir de su embarazo, la niña fue estigmatizada y hostigada en su comunidad y su familia recibió amenazas para que retiraran la denuncia al sacerdote. La niña dio a luz y no recibió ningún tipo de apoyo social ni de salud del Estado. Por su parte, el sacerdote nunca fue llevado a juicio. |
27-dic-2024 | Incorporación de declaraciones por lectura | Contiene los casos "¿¡Dónde está mi amiga!?", "La inocencia de mamá Cora", "El romance de Nora y Antonio" y "El precio de tres empanadas". Además, incluye preguntas que guían la reflexión sobre cada uno de los casos y material de estudio. |
27-dic-2024 | Levinas (Causa N° 325) | Un artista celebró un contrato con un hombre mediante el cual le confirió mandato para exhibir y vender una serie de obras. Tras el fallecimiento del pintor, sus herederos iniciaron una acción judicial contra el mandatario para que restituyera los bienes y rindiera cuentas de sus gestiones. Tiempo después, el Juzgado Nacional en lo Civil N° 75 hizo lugar al reclamo y le impuso al demandado una rendición documentada que fue cumplida por el accionado. Luego, lo condenó a abonar una suma de dinero más intereses. Por su parte, el hombre apeló esa resolución. Sin embargo, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil la confirmó. En ese marco, el demandado interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la CABA. Por su parte, la Sala A le hizo saber al demandado que ese remedio no estaba previsto en la legislación procesal nacional, lo que motivó la presentación de una queja ante el TSJ y la formación de un incidente. En paralelo, el accionado también presentó ante esa misma Sala un recurso extraordinario federal contra la decisión que había confirmado lo resuelto en primera instancia. Éste fue rechazado por la Alzada, ya que consideró que el planteo involucraba cuestiones de hecho y de derecho común que excedían la vía extraordinaria. Contra esa decisión, el demandado dedujo una queja ante la CSJN. Mientras tramitaba ese recurso, el TSJ admitió la queja presentada por el recurso de inconstitucionalidad denegado y revocó el pronunciamiento de la Cámara Civil. Entonces, determinó que el TSJ era el superior tribunal y, por tanto, competente en todas las causas que versaran sobre la interpretación y aplicación de derecho común en trámite ante los tribunales con asiento en la CABA, según el artículo 14 de la ley 48. Con posterioridad, la Cámara Civil rechazó la intervención del TSJ en el caso. Indicó que las sentencias que dictaba solo eran recurribles por vía de recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En virtud de ello, el TSJ elevó el expediente a la Corte Suprema para que resolviera el conflicto de competencia suscitado. En relación con esto, el Procurador General de la Nación emitió su dictamen y expresó que el TSJ era incompetente para revisar la sentencia dictada por la Cámara Civil. A su modo de ver, el traspaso de competencias nacionales a la CABA no es una facultad del Poder Judicial, sino del Congreso de la Nación, conforme lo dispone la Constitución Nacional. |
23-dic-2024 | Estado, poder punitivo y justicia penal juvenil: el principio de especialidad como límite ético y jurídico | El sistema de justicia penal juvenil en Argentina atraviesa una etapa de intentos de reforma que plantean preguntas fundamentales sobre cómo debe intervenir el Estado frente a los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley. Este trabajo busca aportar una reflexión sobre cómo el poder punitivo debe ejercerse en el ámbito juvenil, revisando sus fundamentos teóricos, su evolución histórica y las limitaciones que impone el principio de especialidad. Como objetivo, este texto se propone aportar un análisis que reconozca a este principio como un fundamento ético y jurídico que redefine los límites de la intervención del Estado sobre los niños, niñas y adolescentes. |
20-dic-2024 | Construcción jurídica del derecho y desafíos interpretativos en contextos de opacidad tecnológica | El autor analiza cómo la opacidad tecnológica impacta en la interpretación judicial y la construcción del derecho. Para ello, a través de un enfoque teórico-jurídico y el estudio de casos paradigmáticos nacionales e internacionales, muestra cómo la complejidad técnica no solo transforma el proceso interpretativo, sino que también redefine las competencias judiciales. Además, el autor identifica una evolución desde un enfoque procedimental hacia uno sustantivo, integrando de manera coherente aspectos técnicos y jurídicos. En este marco, propone un modelo de "normatividad tecnológicamente integrada", el cual preserva la centralidad del juicio humano y, al mismo tiempo, aprovecha las capacidades tecnológicas. Finalmente, el autor concluye que, mediante la implementación de metodologías interpretativas adecuadas, la opacidad tecnológica puede impulsar una transformación cualitativa de la función judicial, siempre y cuando no se comprometa la legitimidad del sistema jurídico. |
20-dic-2024 | Auditoría Forense y Análisis de datos con UFED Reader | Este libro ha sido elaborado como material de apoyo para el curso “Auditoría Forense y Análisis de Datos con UFED Reader”, impartido por la Escuela de la Defensa Pública. Su contenido ha sido diseñado específicamente para complementar y reforzar los conocimientos impartidos en el curso, ofreciendo a los estudiantes una herramienta práctica y accesible que los acompañará en su proceso de aprendizaje. El objetivo consiste en proporcionar habilidades necesarias para analizar, cuestionar y validar la evidencia digital. |