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FechaTítuloResumen
28-dic-2023RLA (Causa N° 136205)Un hombre contrató un plan de ahorro para la compra de un automóvil. En ese marco, mantuvo conversaciones por la red social WhatsApp con una agente comercial. Sin embargo, con posterioridad el hombre inició una acción judicial por daños y perjuicios ante un supuesto incumplimiento del contrato. En su presentación, solicitó como medida de prueba anticipada un reconocimiento judicial que resguardara el historial de conversaciones contenido en su teléfono móvil. Manifestó que temía que la compañía demandada eliminara los mensajes ya enviados y, de esa manera, se perdiera prueba que consideraba fundamental. Además, pidió el beneficio de gratuidad previsto en el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, para que se lo eximiera de abonar todos los gastos del proceso. Por su parte, el juzgado rechazó el pedido de producción de prueba anticipada. Consideró que el actor no había acreditado una imposibilidad o dificultad para producir la prueba en la etapa procesal correspondiente. Asimismo, solo admitió el beneficio de gratuidad con respecto a los gastos de inicio del proceso, pero excluyó las costas posteriores. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación.
22-dic-2023Gran hermano 4.0: una aproximación a la utilización de Sistemas de Reconocimiento Facial automatizado en consumidores y usuariosEl reconocimiento facial automatizado y los sistemas de identificación biométrica presentan un complejo entramado de beneficios y desafíos. Este trabajo tiene como objetivo profundizar en estas cuestiones, con el objetivo de entender las capacidades y limitaciones de este tipo de tecnología, y establecer una aproximación a las consecuencias legales de su utilización en consumidores y usuarios.
22-dic-2023VAY (Causa N° 90399)Una pareja se encontraba en situación de calle junto a sus dos hijas, de 6 meses y de 2 años. El Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (CDNNyA) adoptó una medida excepcional, por medio de la cual dispuso la separación de las niñas de la familia de origen. Adoptó esa decisión en base a que los progenitores habrían rechazado los recursos habitacionales ofrecidos. Asimismo, se impidió el contacto de las niñas con su progenitora sobre la base de un informe elaborado por uno de los psicólogos del organismo. En ese contexto, ambas niñas fueron trasladadas a un hospital público, donde se constató que su estado general era bueno. Pese a ello, permanecieron internadas allí. En ese marco, se inició un expediente de control de legalidad y se convocó a los progenitores a la audiencia prevista en el artículo 40 de la ley N° 26.061. Sin embargo, ninguno de ellos se hizo presente, debido a que no fueron notificados. En consecuencia, el juzgado ordenó una segunda audiencia. En concreto, obligó a la Directora Operativa del CDNNyA que notificara la citación a los progenitores. Así, la madre asistió a la audiencia y sostuvo que, aunque había ido varias veces al Consejo a pedir información sobre sus hijas, nunca le habían dado respuesta. En ese sentido, hizo saber que continuaba en situación de calle, en el mismo lugar en el que se encontraba al momento de ser separada de sus hijas. Añadió que desde la adopción de la medida excepcional no la habían vuelto a contactar ni le habían ofrecido solución alguna a su situación. Explicó que estaba dispuesta a ingresar a un centro de inclusión social o bien a un hotel subsidiado por el GCBA. Remarcó su disconformidad con la medida excepcional. Por su parte, los profesionales del equipo A.T.E.N.N.A. manifestaron que no se habían dirigido al lugar donde pernoctaban los progenitores ni tampoco al hospital en el que permanecían las niñas. También señalaron que no hicieron un abordaje previo de la familia, debido a que actuaron una vez dictada la medida excepcional. Se comprometieron a entrevistar a los progenitores, a acompañar a la brevedad el informe correspondiente y a gestionar la vinculación con sus hijas. Sin perjuicio de ello, no cumplieron con esas obligaciones. A su turno, la defensora de menores e incapaces, tras entrevistar a los progenitores, reunirse con los profesionales intervinientes y visitar a las niñas –que seguían en el hospital–, dictaminó que no estaban dadas las condiciones para convalidar la medida excepcional. En virtud de las omisiones del CDNNyA, el juzgado requirió al presidente del organismo que explicitara los motivos por los cuales las niñas continuaban hospitalizadas cuando no existía un criterio médico que lo justificara. Además, le exigió a la Directora Operativa del Consejo que en el transcurso de ese día precisara, entre otras cuestiones, qué acciones se estaban llevando adelante a fin de revertir la situación de vulnerabilidad del grupo familiar. La intimó a indicar el motivo por el que no había adjuntado en su presentación inicial el oficio suscripto por el psicólogo y las facultades con las que este contaba para resolver la prohibición de contacto de la madre con sus hijas. No obstante, el requerimiento no fue contestado. Solo se presentó una nota suscripta por ese profesional en la que informaba que, al momento de la firma del oficio en cuestión, él estaba de licencia. Con posterioridad, el Consejo comunicó que había una vacante para las niñas en un hogar. Ambas, entonces, fueron institucionalizadas.
21-dic-2023Maldonado (Causa N° 5928)En noviembre de 2022, un joven menor de edad fue condenado a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional. Los fundamentos de la sentencia fueron leídos y notificados personalmente. Sin embargo, a los pocos días, se realizó una aclaración de la sentencia y el tribunal interviniente consideró que no era necesario notificar al imputado. Luego, el joven alcanzó la mayoría de edad y resultó condenando a nueve meses de prisión efectiva por el delito de robo. Asimismo, se le revocó la condicionalidad de la pena impuesta con anterioridad y se le impuso la pena única de dos años de prisión de efectivo cumplimiento. Contra lo decidido, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que no debía haberse revocado la condicionalidad de la pena impuesta. En ese sentido, argumentó que al no haberse notificado la aclaratoria de la condena en suspenso, la decisión no se encontraba firme al momento en que el segundo hecho tuvo lugar.
21-dic-2023Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos: dos puntos ciegos desde la óptica del Derecho AdministrativoEste trabajo tiene por objeto analizar el fallo “Observatorio de Derecho Informático Argentino O.D.I.A. y otros contra GCBA sobre amparo – otros” a partir de tres aspectos relevantes: a) la afectación a los derechos humanos; b) los puntos ciegos de la sentencia; y c) la contratación del software utilizado para implementar el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos.
20-dic-2023RMCB (Causa Nº 24691)Un hombre no cumplía con la cuota alimentaria a favor de sus hijos menores de edad. Por esa razón, la jueza que intervino en el expediente de alimentos ordenó que se oficiara al Banco Central de la República Argentina para que informara si el demandado tenía cuentas a su nombre. Contra lo dispuesto, el hombre interpuso un recurso de revocatoria y apeló en forma subsidiaria.
20-dic-2023Tenencia compartida y relaciones de pareja: comentario a falloLa autora analiza ciertas resoluciones que se dictaron en un caso de Córdoba, donde se procesó como coautora de transporte de estupefacientes a una mujer cuya principal (y única) vinculación con la sustancia ilícita había sido la proximidad con ésta. Dicha proximidad se explicaba por la relación sentimental que existía entre la mujer y el coimputado. Se aborda en el trabajo la situación de aquellas mujeres que resultan incriminadas como consecuencia de su vínculo de confianza e intimidad con un compañero sentimental.
19-dic-2023El entorpecimiento de la investigación como justificación de la decisión sobre la prisión preventivaEl propósito de este trabajo es profundizar el análisis teórico de uno de los grupos de riesgos procesales que permiten justificar la prisión preventiva en su elemento procesal y que suele ser identificado como “posibilidad de entorpecimiento de la investigación” u “obstrucción de la realización del juicio”. Luego de un desarrollo doctrinal, el autor analiza las falencias en la motivación de la decisión privativa de la libertad en siete pronunciamientos jurisprudenciales de la Cámara Nacional de Casacíon en lo Criminal y Correccional.
19-dic-2023La inteligencia artificial en el derecho penal: la utilización de algoritmos predictivos.El objetivo principal de este trabajo es analizar la utilización de los algoritmos predictivos en las resoluciones judiciales y su posible afectación al derecho a la igualdad y al principio de no discriminación, como así también el derecho a defensa y el derecho de ser oído/a por un juez/a imparcial. Con ese propósito, se examinó 1) el concepto de inteligencia artificial aplicado a la resolución de causas en el Poder Judicial, 2) la situación particular de PROMETEA y 3) la utilización de algoritmos en el derecho comparado.
19-dic-2023Informe de la visita a la Argentina del 19 al 30 de abril de 2022: recomendaciones y observaciones dirigidas al Estado parteEl Subcomité para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de las Naciones Unidas publicó un informe de su visita a Argentina en 2022. En esa oportunidad, el organismo visitó lugares de privación de libertad en diversas provincias y mantuvo reuniones con autoridades gubernamentales, del sistema de las Naciones Unidas en el país y con miembros de la sociedad civil. En ese marco, el Subcomité advirtió la persistencia y el agravamiento de problemas detectados en visitas previas al país y efectuó recomendaciones al Estado al respecto.