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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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17-jul-2014 | Kim v. Rusia | El peticionario había quedado sin nacionalidad luego de la caída de la URSS. Al ser detenido por la policía rusa para averiguar su identidad, no pudo acreditarla con ningún documento. Por lo tanto, se lo consideró como culpable de una ofensa administrativa, se lo multó y se ordenó su expulsión. Estando pendiente esta última, el peticionario fue detenido en una prisión para extranjeros cuya capacidad era de 176 personas pero alojaba entre 300 y 400. En las celdas, de entre 10 y 18 m2 y compartidas por siete personas en general, no contaba con agua para beber, había un baño por piso para aproximadamente 40 personas, la higiene era inadecuada, y el ejercicio fuera de la celda era escaso y de poca duración. Luego de dos años el peticionario fue liberado por haber expirado el tiempo límite para la ejecución de la medida de expulsión. |
17-jul-2014 | Centre for Legal Resources en representación de Valentin Câmpeanu v. Rumania | En septiembre de 2003 Valentin Câmpeanu, al haber llegado a la mayoría de edad, ya no tuvo derecho a continuar viviendo en el centro estatal para personas con discapacidad donde había crecido, por lo que se ordenó que fuera transferido a un hospital neuropsiquiátrico (PMH). Luego de exámenes médicos para determinar su grado de discapacidad intelectual, el PMH no admitió al peticionario por considerar que no se contaba con las instalaciones necesarias para tratar su discapacidad y su infección con HIV. Recién 5 meses, luego de numerosas consultas e intercambios interinstitucionales fue admitido en un centro de cuidados médicos y sociales, en avanzado estado de degradación física y psiquiátrica por la falta de alimentación y medicamentos necesarios. Al sufrir una crisis, fue internado por un día en el PMH. Fue nuevamente internado allí a la siguiente semana: se encontraba solo en una habitación sin calefacción, sin ropa de cama, vestido únicamente con la camisa de un pijama, sin la asistencia debida para poder alimentarse o ir al baño. En estas condiciones murió, sin que se diera pronto aviso al centro donde vivía. Una organización no gubernamental (CLR) denunció al PMH por homicidio culposo. Desde el Estado se realizaron investigaciones con numerosas falencias, y como consecuencia de ellas se consideró que el tratamiento del paciente había sido el adecuado. Cada instancia confirmó este resultado. |
16-jul-2014 | VLA s. medida autosatisfactiva | En este caso, los accionantes solicitaron la autorización judicial para realizar la ablación y el trasplante de un riñón de la Sra. M. O. a favor de del Sr. V. L. A. Alegaron que si bien carecen del vínculo parental que exige la ley N° 24.193, existe un vínculo afectivo entre la donante y el receptor. Agregaron que no hay ningún acto de inducción o coacción de los que establece el artículo 27, inc. g, de la ley mencionada. Finalmente, el magistrado de primera instancia autorizó la ablación y el trasplante solicitados. Asimismo, hizo saber a la dadora que podía revocar su consentimiento para el trasplante hasta el instante mismo de la intervención quirúrgica, mientras conserve capacidad para expresar su voluntad. |
16-jul-2014 | González Carreño v. España | La peticionaria abandonó el domicilio familiar en forma definitiva en septiembre de 1999, luego de tres años de convivencia matrimonial con F.R.C. y una hija en común, Andrea. Tomó esta determinación luego de haber sido víctima de violencia física y psicológica durante esos años y finalmente por haber sido amenazada de muerte con un cuchillo frente a su hija. Ante la justicia la peticionaria solicitó la separación provisional, la guarda y custodia de su hija, un régimen de visitas con el padre vigiladas por personal de servicios sociales, y la contribución con una cuota alimentaria. Todas las solicitudes fueron luego ordenadas por la justicia. F.R.C. mantenía el uso de la vivienda familiar porque la peticionaria había renunciado a ella. Posteriormente, sin embargo, dado que ella no conseguía trabajo por su escasa formación y experiencia, por su edad y sus cargas familiares, y por no contar con la debida ayuda económica de su expareja, solicitó su uso. Durante el procedimiento de separación, F.R.C. continuó amenazando a la peticionaria (la seguía con el auto, intentaba quitarle a la niña, la insultaba, usaba a la niña para averiguar información sobre la madre y su actual relación), por lo que la niña llegó a manifestar temor hacia su padre. F.R.C. fue solo una vez condenado por una falta de vejaciones. Se emitieron órdenes de alejamiento solo en favor de la peticionaria, y solo una en favor de la niña, que fue luego dejada sin efecto. Por informes de trabajadores sociales, la justicia decidió que las visitas entre padre e hija paulatinamente dejaran de ser vigiladas. Las apelaciones que buscaban lo contrario no tuvieron efecto. La sentencia de separación matrimonial no contempló las denuncias de malos tratos. En abril de 2003, cuando la peticionaria acudió en busca de su hija en el lugar fijado con F.R.C., al esperar una hora sin encontrarlos ni poder contactarlos, realizó la denuncia policial. Se hallaron entonces los cuerpos muertos de padre e hija en la casa: la investigación determinó que F.R.C. había matado a Andrea y luego se había quitado la vida. Los reclamos de la peticionaria ante la Justicia y el Ministerio de Justicia no fueron atendidos y los recursos fueron sistemáticamente rechazados. |
11-jul-2014 | PKG (causa Nº 91001244) | Dos mujeres se presentaron en una comisaría con el fin de entregarle algunos elementos al hermano de una de ellas, detenido en esa dependencia. En el interior de uno de los objetos, se hallaron cuatro envoltorios con marihuana. Al momento del hecho, una de las imputadas tenía diecisiete años y fue procesada por el delito de facilitación de estupefacientes a título gratuito, en grado de tentativa. El juzgado delegó el cuidado de la joven en su hermana mayor. Del informe socio- económico incorporado al expediente, surgía que la imputada era madre de un niño de tres años, y convivía con sus hermanos, madre, y la pareja de ésta. Además, se indicó que había retomado los estudios y el trabajo, y que se encontraba contenida. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad penal de la joven y se le impusiera una pena de tres años de prisión en suspenso. Por su parte, la defensa solicitó que se la eximiera de pena. |
10-jul-2014 | FFMC c. Poder Ejecutivo CABA s. amparo | En este caso, la accionante solicitó que se ordene al RUAGA (Registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) su admisión como aspirante, con fundamento en su derecho a la familia, a su pleno desarrollo como mujer y al interés superior del niño. El RUAGA había denegado la admisión con base en que la actora debía asistir a un espacio terapéutico para superar los obstáculos que dificultaron su inclusión en el Registro. Con posterioridad, la accionante acreditó haber cumplido con la medida sugerida y solicitó una nueva evaluación. El registro contestó que no correspondía la reevaluación peticionada conforme el art. 14 de la ley 25.854 (por no haber transcurrido el plazo de dos años). Finalmente, el magistrado de primera instancia declaró la nulidad del rechazo de la solicitud de nueva evaluación y ordenó a la demandada que tramite dicho pedido. |
10-jul-2014 | Rakhimov v. Rusia | El peticionario fue juzgado en ausencia en Uzbekistán por intento de derrocar el orden constitucional del país, por almacenamiento y difusión de documentos conteniendo ideas religiosas consideradas extremistas, por separatismo y fundamentalismo, por amenazas a la seguridad y orden público nacionales, y por su participación y dirección en organizaciones prohibidas. Fue pedida su extradición a Uzbekistán ya que se encontraba viviendo en Rusia con su familia. Había llegado allí en busca de trabajo, y nunca se había registrado como extranjero con residencia temporal en el país ni había pedido el status de refugiado. Solo hizo esto último al ser detenido, y su petición fue rechazada. A pesar de las garantías que brindó el estado de Uzbekistán, el peticionario solicitó que no se lo extraditara por considerar que existía riesgo de ser sometido a tratos crueles y a que las garantías de juicio equitativo no se respetaran. Finalmente el proceso fue discontinuado el 24 de julio de 2013. Sin embargo, continuó privado de su libertad y el día 31 de julio se dictó una nueva orden de arresto por una ofensa administrativa: no haberse registrado ante las autoridades migratorias. El peticionario mantuvo su solicitud de no extradición por los riesgos ya antes manifestados. No obstante, las autoridades consideraron que no existía tal riesgo, a pesar de la información existente al respecto. Tanto durante el primer procedimiento como durante el segundo, el peticionario estuvo en una celda de 4,5 m2 de detención temporaria en un centro especial de detención para extranjeros. Compartía la celda con entre cuatro y quince personas, no contaba con baño, no tenía acceso a luz natural o ventilación y se le otorgaba agua y comida solo una vez al día. |
10-jul-2014 | OH, LA | La DNM había ordenado la expulsión de una persona de nacionalidad uruguaya del territorio nacional. Posteriormente, el afectado solicitó su radicación definitiva en la Argentina. El organismo administrativo rechazó la petición, lo que motivó la interposición de un recurso de alzada en aquella sede, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley Nacional de Migraciones. El Ministerio del Interior desestimó el recurso. Contra esa decisión, el peticionario presentó un recurso directo ante la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal. Ese remedio procesal también fue rechazado. Luego, interpuso un recurso de apelación, que fue denegado por la jueza de grado. Esa desestimación motivó la interposición –de acuerdo al art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación– de un recurso de queja. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la impugnación. Para decidir de ese modo, señaló que el recurso judicial previsto en la ley 25.871 permitía la revisión de lo actuado en sede administrativa en una única instancia jurisdiccional, que se agota con la intervención de los Juzgados de Primera Instancia, con exclusión de la competencia revisora atribuida a la Cámara Federal de Apelaciones. Contra esa resolución, el afectado interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja. Allí, argumentó que la ley 25.871 no establece expresamente un recurso judicial contra las sentencias de primera instancia. En esta línea, señaló que correspondía habilitar el recurso de apelación por aplicación del art. 242 CPCCN |
8-jul-2014 | Tribunal Superior Estadual (OLG) de Dresden - traducida | Una persona se encontraba en prisión preventiva por el delito de tráfico de reptiles y moluscos sin los certificados correspondientes. La Sala había ordenado la extradición sobre la base de un pedido de Interpol. |
8-jul-2014 | Harakchiev y Tolumov v. Bulgaria | El peticionario Harakchiev se encontraba cumpliendo pena de prisión perpetua (sin posibilidad de conmutación) en la prisión de alta seguridad de Stara Zagora, y el peticionario Tolumov cumplía su condena perpetua (esta con posibilidad de conmutación) en la prisión de Plovdiv. Ambos peticionarios compartían las siguientes condiciones de detención: las celdas eran de 7,78 m2 una y 7,5 m2 y los muebles ocupaban gran cantidad de espacio; la ventana no permitía suficiente ventilación y en verano las temperaturas eran muy altas; en invierno solo se encendía la calefacción por tres horas al día; la limpieza se hacía solo con agua: la celda de Harakchiev estaba infestada con cucarachas, topos y ratas y la celda de Tolumov tenía hongos en las paredes; podían ir solo tres veces al día al baño y en cualquier otra ocasión debían utilizar un balde que no se podía limpiar ni desechar en su celda; podían ducharse cada dos semanas; solo tenían derecho a una hora diaria de caminata fuera de la celda; la comida era de baja calidad y poca cantidad e higiene; los medicamentos debían ser comprados por los internos; las visitas de familiares se recibían en una habitación especial, con una red divisoria y con la presencia de un oficial de la prisión. Además, a Harakchiev no se le entregaban diarios, no se reprogramaba su caminata diaria si por algún motivo se suspendía y no se le había permitido ver películas en la sala de proyecciones de la prisión. A Tolumov no se le permitía asistir al gimnasio de la prisión y se lo trasladaba esposado. Ambos habían recibido sanciones disciplinarias, una de ellas el aislamiento en celdas de castigo durante tres y siete días respectivamente. |