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29-dic-2017BFE (causa Nº 74181)Una mujer privada de su libertad tenía un hijo de 4 años. Desde la detención de su madre, el niño estuvo al cuidado de distintas personas. Entonces, su abuela materna –que todavía no lo conocía– viajó al país desde Bolivia para encargarse de él. El niño lloraba de manera excesiva y tenía episodios de angustia en los que pedía por su madre. Por ese motivo, la defensa de la mujer solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. Del informe socio ambiental elaborado en el marco de la causa se desprendía que el niño poseía conductas regresivas desde la detención de su madre. Así, concluyó que el otorgamiento del instituto sería favorable para el desarrollo integral del niño. Por su parte, la defensoría de menores tuvo en consideración el interés superior del niño y dictaminó a favor de la medida solicitada. El Tribunal Oral rechazó el pedido por entender que el hijo de la imputada poseía un lazo afectivo con su abuela y que, por ese motivo, no se veía afectado el interés superior del niño. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
25-sep-2017CMA (causa Nº 31700)Una mujer detenida preventivamente tenía tres hijos de 8, 13 y 19 años. Como consecuencia de su detención, su hija mayor quedó a cargo del hogar y del cuidado de sus hermanos. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria, en los términos del artículo 32, inciso f, de la ley 24.660. En su presentación acompañó informes sociales y psicológicos, de los que se desprendían que la pareja de la imputada también se encontraba detenida. En ese contexto, se concluyó que la red familiar resultaba frágil y que los menores se encontraban en una severa situación de desamparo e inseguridad. En oportunidad de contestar la vista, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la concesión del instituto.
11-jul-2017MCVUn hombre con más de 70 años de edad se encontraba detenido de manera preventiva, imputado por la comisión de delitos de lesa humanidad. Antes de su detención, ejercía el cuidado de sus dos nietos, uno de ellos menor de edad. La madre de los niños había fallecido y su padre trabajaba fuera de su casa la mayor parte del día. Por tal razón, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. De los informes socio ambientales, psicológicos y médicos incorporados al expediente, se desprendía que el imputado constituía un referente fundamental para la vida de sus nietos, con quienes mantenía una relación de acompañamiento y crianza. En oportunidad de contestar la vista conferida, el Defensor de Menores se expidió de manera favorable a la solicitud. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso.
28-abr-2017RJR (causa N° 91001074)Un varón fue condenado a una pena privativa de la libertad y se dispuso su alojamiento en el Complejo Penitenciario Federal I. El hombre tenía siete hijos, de los cuales seis eran menores de edad. Los niños se encontraban al cuidado exclusivo de su madre. Tanto la mujer como algunos de sus hijos tenían problemas de salud. Sin embargo, desde la detención del hombre dejaron de realizar consultas y exámenes médicos debido a la falta de medios económicos. En ese contexto, los hijos mayores perdieron la regularidad escolar y la mujer se vio imposibilitada de trabajar. La defensa solicitó la prisión domiciliaria de su asistido. A tal fin, se aportaron diversos informes médicos y socio ambientales que daban cuenta de la apremiante situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la familia. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido.
6-abr-2017AWME (reg. N° 509 y causa N° 4736)Un hombre condenado, padre de dos niños, se hallaba detenido en un complejo penitenciario lejano al domicilio de su familia. Uno de sus hijos padecía una grave discapacidad derivada de una forma de hidrocefalia. Los niños, de 4 y 12 años, se encontraban al exclusivo cuidado de su madre, quien se hallaba imposibilitada para conseguir trabajo. Frente a esta situación, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario al imputado en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El pedido fue rechazado. La resolución fue recurrida y anulada por la Sala II de la CFCP, que ordenó la realización de varios informes que permitieran dar cuenta de la situación familiar del imputado. Luego, se dio intervención a diversos médicos, delegados tutelares y trabajadores sociales. De los informes elaborados surgía que el niño con discapacidad padecido severas consecuencias en su salud física y psicológica a raíz de la detención de su padre. Además, se explicó que la madre no contaba con posibilidades económicas para solventar los gastos diarios ni los tratamientos particulares que la discapacidad de su hijo requería. Frente a ese contexto, se concluyó que el arresto domiciliario del imputado resultaba el mejor instrumento para la protección integral de sus hijos. Sobre esa base, la defensa realizó un nuevo pedido de prisión domiciliaria. El juzgado de ejecución lo rechazó. Para decidir de esa manera, entendió que el cuidado de los menores de edad por parte de la madre y los fondos que la familia recibía resultaban suficientes. Contra esa decisión, la defensa oficial y el defensor público de menores e incapaces interpusieron recursos de casación.
28-mar-2017FC o ALMGUna mujer, madre de tres niñas de ocho, tres y un año, había sido condenada a la pena de seis años de prisión. Sus dos hijas mayores quedaron a cargo de su abuela y la más pequeña vivía con ella en prisión. Frente a esta situación, la defensa solicitó la prisión domiciliaria con fundamento en el artículo 32 inciso f de la ley Nº 24.660. El juez de ejecución no hizo lugar al pedido. A tal fin, argumentó que la guarda de hecho que ejercía la abuela paterna sobre dos de los niños era una situación preexistente a la situación de la condenada, por lo que la ausencia maternal no era consecuencia de la detención. Además, afirmó que, en un proceso anterior, la mujer tuvo prisión domiciliaria y abandonó su hogar y cometió el último delito. La decisión fue impugnada por la defensa. La Procuración Penitenciaria de la Nación (como amicus curiae) y el Defensor de Menores alegaron en sentido favorable a la concesión de la prisión domiciliaria ante la Cámara de Casación.
22-feb-2017R, MdeALa defensa había solicitado la prisión domiciliaria de la imputada, madre de una niña y un niño de seis y nueve años. A su vez, solicitó, de manera subsidiaria, su inclusión en el programa de asistencia de personas bajo vigilancia electrónica. El representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció de modo favorable a la pretensión de su contraparte. Sin embargo, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. Entre sus argumentos, consideró que la edad de los niños no se ajustaba al tope de cinco años previsto en el inc. f del art. 10 del CP y que existía peligro de fuga. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-feb-2017E, PBLa defensa había solicitado la prisión domiciliaria de una mujer ¬–madre de una niña de tres años y de una adolescente de 16 años¬– que se encontraba procesada y a la espera de la realización del juicio oral. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la Cámara Nacional de Casación revocó la resolución. Para llegar a esta decisión, se tomó en consideración la falta de intervención de la asesora de menores y que no se fundó la concurrencia de riesgos procesales. Posteriormente, la defensa aportó informes del Servicio Penitenciario Federal y de la Defensoría General de la Nación de los que se desprendía el alto grado de vulnerabilidad social de la imputada. De este último documento, fechado en septiembre del 2016, surgía que una de sus hijas debió abandonar sus estudios a fin de cuidar a su hermana menor. Asimismo, se aportó un informe de la Defensoría de Menores que aconsejaba la concesión del arresto domiciliario con el objeto de fortalecer el vínculo materno filial de la mujer y sus hijas. Subsidiariamente, la defensa requirió que se morigerara la prisión preventiva a través del dispositivo de tobillera electrónica. El Tribunal Oral en lo Criminal rechazó el pedido nuevamente. A tal efecto, se invocó, por un lado, el “estatus moral de la imputada” y, por el otro, el peligro de fuga que podría generar esa modalidad de detención. En particular, argumentó que la presencia de la imputada en el hogar podría constituir un mensaje negativo para sus hijas, quienes podrían considerar que las graves inconductas de su madre no acarrean serias consecuencias. Además, los jueces entendieron que la opinión de la Defensoría Pública de Menores era necesaria pero no vinculante, y que las demás circunstancias invocadas en los informes sociales no se encontraban acreditadas. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación.