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Título : AWME (reg. N° 509 y causa N° 4736)
Fecha: 6-abr-2017
Resumen : Un hombre condenado, padre de dos niños, se hallaba detenido en un complejo penitenciario lejano al domicilio de su familia. Uno de sus hijos padecía una grave discapacidad derivada de una forma de hidrocefalia. Los niños, de 4 y 12 años, se encontraban al exclusivo cuidado de su madre, quien se hallaba imposibilitada para conseguir trabajo. Frente a esta situación, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario al imputado en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El pedido fue rechazado. La resolución fue recurrida y anulada por la Sala II de la CFCP, que ordenó la realización de varios informes que permitieran dar cuenta de la situación familiar del imputado. Luego, se dio intervención a diversos médicos, delegados tutelares y trabajadores sociales. De los informes elaborados surgía que el niño con discapacidad padecido severas consecuencias en su salud física y psicológica a raíz de la detención de su padre. Además, se explicó que la madre no contaba con posibilidades económicas para solventar los gastos diarios ni los tratamientos particulares que la discapacidad de su hijo requería. Frente a ese contexto, se concluyó que el arresto domiciliario del imputado resultaba el mejor instrumento para la protección integral de sus hijos. Sobre esa base, la defensa realizó un nuevo pedido de prisión domiciliaria. El juzgado de ejecución lo rechazó. Para decidir de esa manera, entendió que el cuidado de los menores de edad por parte de la madre y los fondos que la familia recibía resultaban suficientes. Contra esa decisión, la defensa oficial y el defensor público de menores e incapaces interpusieron recursos de casación.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a las impugnaciones y remitió las actuaciones al juzgado a fin de que dictara un nuevo pronunciamiento. Para decidir de ese modo, la jueza Ledesma –a cuyo voto adhirió el juez Slokar y, de manera parcial, el juez David- sostuvo que “…el tribunal valoró de manera fragmentaria los informes sociales y médicos […], sin atender la real situación que atraviesa el grupo familiar del causante”. En esa línea, la magistrada puntualizó que “…la madre no puede afrontar el claro empobrecimiento económico soportado por sus hijos, dada la detención del único sostén del hogar, a la vez que tampoco puede producir ingresos propios, dado que debe permanecer en el domicilio al cuidado de sus hijos, siendo que tal actividad, de ser asumida por el causante, permitiría superar la compleja situación económica que atraviesan…”. Así, la jueza señaló que “[m]ás allá de que [los niños] se encuentren escolarizados y con cuidados médicos, el cuidado de las necesidades que naturalmente presenta un niño con una enfermedad como la [del hijo del imputado], difícilmente pueda ser afrontada por la madre en soledad, sin proyección de algún otro familiar adulto”. De esta manera, la magistrada tuvo en consideración “…el impacto negativo que trajo aparejado en los niños la privación de la libertad del encausado”. Así, con remisión a la Opinión Consultiva 17/2002 de la Corte IDH y al precedente “S, V” de la CSJN, recordó que el interés superior del niño resulta ser un principio regulador que “’…constituye una pauta cierta que orienta y condiciona la decisión de los tribunales de todas las instancias llamados al juzgamiento de los casos…’”.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala II
Voces: PRISIÓN DOMICILIARIA
INFORMES
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/AWME (reg. N° 509 y causa N° 4736).pdf
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