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FechaTítuloResumen
23-ago-2019Cozzi (causa Nº 26790)En una demanda respecto de una medida precautoria de no innovar sobre un inmueble, una mujer jubilada que vivía con su esposo (también jubilado y con discapacidad) solicitó el beneficio de litigar sin gastos. En dicho trámite se le dio traslado al representante del fisco (AFIP-DGI) quien no se opuso a la concesión de la franquicia. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y concedió el beneficio. Sin embargo la parte demandada apeló la decisión. El Fiscal General dictaminó la desestimación del recurso.
17-jul-2019Principios sobre Derechos Humanos y la protección de trabajadores de la exposición tóxicaEl Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos emitió un informe en el que presenta una serie definitiva de principios para ayudar a los Estados, las empresas y otros actores principales a respetar a los trabajadores y protegerlos de la exposición ocupacional a sustancias tóxicas y ofrecer reparaciones por las violaciones de sus derechos. El informe cuenta con quince principios comentados por el Relator Especial. A continuación se detallan todos los principios junto a aquellos comentarios más destacables.
15-mar-2019ASOCIACION REDI (causa Nº 39031) (cam)Durante el año 2016 varias personas con discapacidad dejaron de cobrar, sin previo aviso, las pensiones no contributivas por invalidez. En consecuencia, en el año 2017, la Asociación REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) inició un amparo colectivo contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Desarrollo Social) con el objeto de que se restableciera el pago de los beneficios de todas las personas afectadas en el territorio de la República Argentina. En ese sentido, solicitaron una medida cautelar a fin de que se suspendieran los efectos de los actos administrativos –en los casos en los que los hubiere– que disponían el cese del pago de las pensiones reclamadas y se mantuviera de forma ininterrumpida la prestación. Posteriormente, la asociación amplió la demanda y requirió que la acción se tuviera por iniciada con respecto a la totalidad de las personas con discapacidad que, siendo titulares de pensiones no contributivas por invalidez otorgadas en los términos del decreto Nº 432/97, se hubieran visto privadas del cobro de los haberes desde el año 2016. El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 8 hizo lugar parcialmente a la acción de amparo iniciada por la Asociación REDI y a la causa acumulada. Admitió la acción colectiva y reprochó el accionar del Estado que, sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantizara el debido proceso adjetivo e incluyera el derecho a ser oído, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión fundada debidamente notificada al interesado, suspendió el pago de las pensiones. Así, lo condenó a que en el término de 10 días procediera a restituir el goce de las prestaciones reclamadas a las personas con discapacidad que fueron dadas de baja, suspendidas y/o interrumpidas desde el mes de enero de 2017 en adelante, y a que se abstuviera de repetir el accionar en el futuro, bajo apercibimiento de aplicar astreintes. La medida excluyó los casos en que se hubiese renunciado a los beneficios y los casos de beneficiarios fallecidos. Ambas partes interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia. La parte actora, además, alegó como “hecho nuevo” el dictado de la resolución Nº 268/2018 de la Agencia Nacional de Discapacidad y solicitó el dictado de una nueva medida cautelar. Dicha norma reglamentó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades prevista en el decreto Nº 432/1997 de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez ya otorgadas. En este sentido, estableció un plazo de 10 días hábiles administrativos a contarse desde el día siguiente de la notificación, para que el beneficiario de la pensión se comunique telefónicamente al número 130 a efectos de combinar un turno en la dependencia de ANSeS más cercana a su domicilio para actualizar sus datos personales y presentar su descargo y/o renuncia al beneficio.
dic-2018AdopciónSentencias más relevantes en materia de adopción a partir de la entrada en vigencia, el 1 de agosto de 2015, del Código Civil y Comercial de la Nación.
abr-2018Formas de actuación del MPD respecto de personas menores de edad, incapaces y cuya capacidad se encuentra restringidaEste trabajo tiene por objeto analizar las distintas formas de actuación del MPD en el plano judicial y extrajudicial. A tal efecto, se enfatiza en el estudio de la jurisprudencia y de los dictámenes emitidos por la Defensora General de la Nación y los Procuradores actuantes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De esta forma, se reflexiona acerca del rol del Ministerio Público de la Defensa en la representación de personas con un alto grado de vulnerabilidad, como lo son los NNyA, incapaces y las personas con capacidad restringida.
6-sep-2017ALE (causa Nº 6534302)El padre de una persona que se encontraba en estado vegetativo inició una demanda de restricción a la capacidad de su hijo. En ese marco, fue designado curador provisorio. Posteriormente, se presentó con la Sra. MMG –conviviente del representado– y solicitaron la limitación de la capacidad de ALE y que se los designara curadores para que actúen de forma conjunta o indistinta. Asimismo, requirieron autorización para suscribir un acuerdo transaccional en un proceso de daños en favor del interesado. El juez de primera instancia rechazó ambas pretensiones. El padre del interesado interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. El juzgado revocó parcialmente la resolución e hizo lugar a la limitación de la capacidad y rechazó el pedido de autorización por no haber expresado agravios. En consecuencia, concedió la apelación deducida en subsidio.
1-jun-2017Observaciones Finales sobre ArgentinaEl Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas emitió las observaciones finales correspondientes al informe periódico sobre Argentina, luego de que representantes del Estado e instituciones relacionadas con la situación de niños, niñas y adolescentes presentasen informes sobre el tema.
dic-2016Adultos mayoresJurisprudencia internacional y nacional sobre personas adultas mayores
1-sep-2015Gonzales Lluy y otros v. EcuadorTalía Gonzales Lluy tenía tres años cuando fue contagiada con el virus del VIH al recibir una transfusión de sangre a la que no se le habían realizado pruebas serológicas. La sangre provenía de un banco de sangre de la Cruz Roja de la provincia del Azuay y la transfusión fue realizada en una clínica privada. Para la época de los hechos, la Cruz Roja ecuatoriana tenía competencia exclusiva para administrar los bancos de sangre. Cuando la niña tenía cinco años fue inscripta en una escuela pública. Asistió a ese establecimiento durante dos meses hasta que el director –informado por una profesora sobre la enfermedad de la niña– dispuso su suspensión. El 8 de febrero de 2000, la madre de Talía presentó una acción de amparo ante el Tribunal Distrital en lo Contencioso Administrativo contra el Estado, el director de la escuela y la profesora. La acción fue declarada inadmisible por considerar que debían predominar los intereses colectivos del conglomerado estudiantil frente a los derechos y garantías individuales de Talía.
jun-2014DESC (nacional)Jurisprudencia nacional sobre DESC