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29-oct-2019RCE (Causa Nº 733)Una mujer vivía con su expareja y sus tres hijos y sufría violencia de género del hombre de forma regular. En una oportunidad, la empujó y golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el abdomen. Luego, huyó del domicilio. Por ese hecho, fue imputada por el delito de lesiones graves. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas y dolores en el abdomen y en las piernas y que tenía dolor en el rostro. En su declaración indagatoria, explicó que había pensado que el hombre la iba a matar porque “le pegaba y le pegaba” y que solo había dado “un manotazo” para defenderse. Por su parte, el hombre prestó declaración testimonial y negó haber agredido a la mujer. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de dos años de prisión en suspenso. Para decidir de ese modo, consideró que su declaración no resultaba verosímil ya que, si bien había indicado haber sufrido golpes en la cabeza, no se habían constatado hematomas en su cara. En tal sentido, concluyó que el hecho se había tratado de una "agresión recíproca" y negó que hubiese constituido un caso de violencia de género. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, señaló que su asistida había actuado en legítima defensa y que las lesiones previas acreditaban la ventaja física del hombre sobre su asistida y fundamentaban el temor por su integridad. En esa línea, refirió que la mujer había utilizado el único medio que tenía a su alcance para defenderse. La fiscalía dictaminó en favor del planteo. El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó la impugnación. Entonces, la defensa interpuso recursos de inaplicabilidad de la ley y de nulidad por entender que la resolución resultaba arbitraria y carecía de fundamentación. La Suprema Corte de Justicia de la provincia desestimó las presentaciones. En relación con el recurso de inaplicabilidad, consideró que no cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal provincial y que la arbitrariedad alegada no había sido planteada de forma adecuada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
24-abr-2018NBA (causa N° 29554)Una mujer trans vivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. En una oportunidad la encerró en su casa y se fue, luego volvió, consumieron cocaína y una botella de vodka. Comenzaron a discutir, él la insultó y tomó un cuchillo. Entonces, ella lo agarró del brazo, forcejearon, le sacó el arma y se la clavó en el pecho. La mujer salió a pedir ayuda, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había tenido una buena convivencia con su pareja. Explicó que el hombre la obligaba a trabajar para pagar el alquiler y comprarle estupefacientes, toda vez que tenía un consumo problemático de drogas. En ese sentido, señaló que si no consumía se volvía muy violento con ella y la agredía. Además, dos testigos contaron que, desde su niñez, la imputada había padecido severos castigos por parte de su padre que no aceptaba su identidad. Agregaron también que había recibido agresiones físicas y psíquicas por parte de sus parejas. Además, una psiquiatra forense explicó que la mujer tenía una mirada idealizada de su pareja, lo que la había llevado a aceptar el maltrato. La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Para resolver de esa manera sostuvo que, si bien de las constancias médicas surgía que ambos presentaban cortes producidos con un arma blanca, ante la ausencia de testigos, no podía determinarse que el hombre hubiera comenzado la agresión con el cuchillo. En ese sentido sostuvo que no resultaba creíble la versión de los hechos aportada por la imputada y que no podía probarse la existencia de una agresión ilegítima que la habilitara a defenderse de esa manera. Además, explicó que como la mujer era el sostén económico podría haberse mudado a otro lugar en vez de continuar con el vínculo. Por otra parte, consideró la vulnerabilidad de la mujer trans como atenuante de la pena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó la necesidad de abordar el caso desde una perspectiva de género y criticó que el tribunal hubiese considerado la historia de vida de la mujer solo al aplicar las circunstancias excepcionales de atenuación de la pena y no así en relación con la causal exculpatoria de legítima defensa.
21-dic-2016NBA Y ARFDos hermanos escuchaban música en su casa con amigos. El padre se enojó con ellos por el género musical y comenzó a golpear a su hijo de quince años, que se recuperaba de una reciente operación. Mientras lo golpeaba blandía una cuchilla. En ese contexto, intervino su esposa para detener la agresión, le tiró de los pelos al hombre, pero como continuaba golpeando al joven, ella tomó una chaira y lo golpeó en la cabeza. Entonces, su esposo se dio vuelta y comenzó a golpear a la mujer. Ante esta situación, el otro hijo de la pareja, mayor de edad, le asestó varias puñaladas a su padre con la cuchilla que éste tenía en la mano, mientras la mujer le pegaba. El hombre murió en el momento. En la etapa de juicio oral, uno de los testigos declaró que la víctima siempre golpeaba a su familia. Por su parte, la madre y su hijo mayor explicaron que temían por la vida del joven. El Tribunal Oral condenó a ambos a la pena de doce años de prisión como coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que el tribunal no había tenido en cuenta el contexto de violencia de género en el que estaban inmersos los imputados.
29-jul-2016CNM (Causa N° 15011)Una mujer vivía con su pareja y su hija de un año y sufría violencia de género del hombre de forma regular. El varón la golpeaba, insultaba de manera constante, amenazaba de muerte y encerraba en el domicilio. Además, le había provocado la pérdida de su primer embarazo por los golpes que le daba. Al día siguiente de navidad, la mujer junto a su hija fue a visitar a su cuñada. Le contó que el día anterior no había podido ir porque su pareja se había alcoholizado y estaba muy agresivo. En ese momento, el hombre se presentó en la vivienda de su hermana y le exigió a los gritos que se fueran de allí. La mujer, con su hija en brazos, salió de la habitación y recibió un golpe de puño en la zona del pecho. Luego le entregó a la niña, pero él le dio otro golpe, la tomó de los cabellos y la arrastró por el suelo de la cocina. Entonces, la mujer tomó un cuchillo e hirió a su pareja a la altura del tórax. Le tapó la herida con un repasador para que no se desangrara, pero el hombre falleció. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. Durante la instrucción, la cuñada de la mujer declaró que su hermano era muy agresivo y violento y que había presenciado hechos de violencia hacia la acusada. En varias oportunidades le había recomendado que se fuera de la casa, pero ella le tenía miedo porque la amenazaba con matarla o quitarle a la hija. Recordó que la expareja de su hermano se había ido del hogar dejándole a su hija porque también era muy violento con ella. En particular, al relatar el hecho explicó que la imputada en ningún momento discutió o golpeó a su hermano, sino que intentó irse del domicilio para contentarlo. Asimismo, la madre del hombre declaró que cuando ingresó al domicilio observó que la mujer apretaba la herida que tenía su hijo con un repasador y vio que en la mesada había un cuchillo manchado con sangre. Por otra parte, se incorporó el informe médico que corroboraba lesiones en el cuerpo de la imputada. Además, el informe psicológico concluyó que la mujer había tenido “una actitud pacifista y conciliadora durante la convivencia con su pareja, a pesar de los constantes maltratos físicos y psicológicos recibidos”.
23-jun-2015FC-RECY (Causa Nº 110.919)Una mujer embarazada sufría violencia de género por parte de su concubino de manera constante. El hombre la golpeaba e insultaba en presencia de los hermanos y la madre de ella. Un medio día, mientras la mujer cocinaba, él le arrojó un golpe de puño. Para defenderse, ella le provocó una herida con un cuchillo. De forma inmediata lo auxilió y con la ayuda de sus vecinos lo trasladó a un hospital, donde falleció. En la etapa de juicio oral, la imputada expresó que no había tenido la intención de matarlo y que se había defendido con un cuchillo porque estaba cocinando. Los hermanos y la madre de la mujer declararon que momentos antes del hecho, el hombre había golpeado a la imputada y que era una situación que se había reiterado con anterioridad. La Cámara Segunda del Criminal de Mendoza la condenó a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio. Para decidir de esa manera sostuvo que no había existido una agresión de tal envergadura que justificara la pretendida reacción defensiva. Además, agregó que el medio elegido por la imputada no era el único al que podía acceder para repeler la agresión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-jun-2014Rodriguez Guido (Registro Nº 1046)Una mujer fue imputada por el delito de homicidio en grado de tentativa. En la etapa de instrucción declaró que se había presentado en la oficina de un varón porque le iba a conseguir un empleo. Explicó que el hombre había ido al baño y cuando volvió le había dicho “una mano lava la otra, es favor por favor”. La mujer relató que había visto que tenía la bragueta abierta y su pene afuera con un preservativo colocado. Luego contó que el hombre se había abalanzado sobre ella y la había amenazado con matarla para que no dijera nada y en ese momento se había producido un forcejeo en donde el varón había esgrimido un elemento cortopunzante. La mujer refirió que había puesto sus brazos delante del rostro para defenderse mientras él le hacía cortes en el cuerpo, hasta que perdió el instrumento y lo tomó ella. Describió que había cerrado los ojos y había hecho movimientos con la mano para alejarlo y al abrirlos otra vez había advertido que lo había cortado en el cuello. Por último, sostuvo que durante el forcejeo el hombre había tratado de quitarle la ropa, le había tocado los pechos y que Luego había de la oficina, la había encerrado y había llamado a la policía. En la etapa de juicio oral, la mujer se negó a declarar. Sin embargo, se incorporó por lectura la declaración prestada frente al juez de instrucción. Por otra parte, el hombre, constituido como parte querellante, expuso que había tenido relaciones sexuales con la imputada y que, luego, ella le había querido robar y matarlo cortándole el cuello con un bisturí que sacó de su mochila. Asi mismo, fue incorporado al debate un informe químico que concluía que todo el material biológico presente en el preservativo correspondía al mismo individuo de sexo masculino. Además, se incorporó un informe forense que explicaba que las lesiones registradas por la imputada resultaban compatibles con “lesiones de defensa”. Al momento de los alegatos, la querella solicitó que se condenara a la mujer a la pena de diez años de prisión por el delito de homicidio en grado de tentativa. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal peticionó su absolución por duda razonable. El Tribunal Oral absolvió a la mujer por considerar que había actuado en legítima defensa. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación.
28-abr-2014xxx (causa N° 329)Una mujer vivía con su pareja y sus hijos y sufría violencia de género de forma regular. En una oportunidad, habían tenido una discusión, la mujer cerró su casa con llave y no lo dejó pasar. Entonces, su pareja rompió la puerta de entrada, ingresó al domicilio y comenzó a golpear a su concubina y a uno de sus hijos. Para defenderse, la mujer tomó un cuchillo y le propinó un puntazo a la altura de la tetilla izquierda. Luego, lo trasladó a un hospital, donde falleció. Por ese hecho la mujer fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la imputada declaró que había intentado proteger su vida y la de su hijo. La Sala Primera de la Cámara en lo Penal de Concepción la condenó a la pena de doce años de prisión por el delito de homicidio agravado atenuado por circunstancias extraordinarias. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que había existido una agresión antijurídica iniciada por el hombre que puso en peligro la vida e integridad física de su esposa y su hijo menor de edad. Además, calificó de necesaria a la defensa ejercida por la imputada ya que había sido el único modo de evitar que la matara a ella o a su hijo. Por último, sostuvo que la mujer se había encerrado en su casa para evitar ser golpeada, por lo que había una falta de provocación suficiente por parte de ella.
18-nov-2013NRRUna mujer vivía con su pareja y sus cinco hijos en una casa y el hombre ejercía violencia contra la mujer. La pareja se separó y dejaron de habitar aquel domicilio. Sin embargo, la mujer iba a limpiarlo. En una oportunidad, ella estaba en la casa con sus hijos cuando su expareja ingresó con un arma de fuego que resultó no ser apta para el disparo y un cuchillo en la cintura. Entonces, discutieron, forcejearon y el hombre la amenazó e insultó. Luego, accionó el arma que no se disparó debido a su mal funcionamiento. En consecuencia, salieron de la vivienda, la mujer tomó un revólver de entre sus prendas y lo mató. Por ese hecho fue detenida e imputada por el delito de homicidio simple. En la etapa de juicio oral, la mujer explicó que había recurrido en muchas ocasiones a la Oficina del Menor, Mujer y Familia y que había denunciado a su expareja ante la mayoría de los juzgados de la provincia de Santiago del Estero. Sostuvo que ninguna de las medidas adoptadas había dado resultados y que el hombre seguía hostigándola a ella y a sus hijos. Agregó que los agentes policiales le habían dicho que “debía ir quebrada” para que la policía actuara. En cuanto al arma que tenía, sostuvo que la había encontrado tiempo atrás en la casa en la que convivía con su expareja. Asimismo, declararon dos de sus hijos menores de edad. Señalaron que habían presenciado muchas peleas y que le tenían miedo a su papá. En particular, uno de los niños contó que una vez su padre lo había amenazado poniéndole un cuchillo en el cuello. Otros testigos confirmaron que la pareja discutía de manera constante, que el hombre hostigaba a su familia y los niños le temían. Por otra parte, el informe socio ambiental daba cuenta de que los vecinos sabían que existían “problemas de convivencia” y el informe de la Oficina del Menor, Mujer y Familia indicaba que se habían tramitado numerosas causas por violencia. La defensa sostuvo que la mujer había actuado en legítima defensa como consecuencia de una agresión ilegítima por parte de su expareja que la había amenazado con un arma de fuego en un contexto de violencia de género que había durado años. Por esa razón solicitó la absolución de su asistida. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal puso en tela de juicio el testimonio brindado por los niños porque coincidía con la declaración de su madre. En esa dirección destacó que existía una sobreadaptación de los menores de edad. Además, sostuvo que la mujer tenía una cuota de responsabilidad por lo sucedido toda vez que se había sometido de manera voluntaria al riesgo de la agresión al momento de decidir ir a la casa donde podía encontrarse con su expareja. Por esa razón, concluyó que no se daba el requisito de falta de provocación que exigía el instituto de la legítima defensa.