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13-mar-2018Carvajal Carvajal y otros v. ColombiaEl 16 de abril de 1998, Nelson Carvajal Carvajal, periodista colombiano que informaba y denunciaba hechos de corrupción y de lavado de dinero provenientes del narcotráfico en Colombia, recibió siete disparos de arma de fuego que provocaron su muerte. Durante la investigación del homicidio, la fiscalía elaboró diversas hipótesis en relación con los autores del hecho y concluyó que, de los elementos de prueba recolectados, podía deducirse que el homicidio del periodista había sido con ocasión de su profesión. Finalmente, fueron procesados un empresario local, un exconcejal y otro individuo. En 2001, un tribunal absolvió a los imputados por aplicación del principio in dubio pro reo. Posteriormente, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía desarrolló nuevas líneas de investigación con el fin de encontrar a los autores del homicidio. Sin embargo, no se lograron avances significativos hasta la actualidad. Mientras se desarrollaba el proceso, varios testigos y familiares de la víctima sufrieron amenazas y hostigamiento, por lo que solicitaron su inclusión en programas estatales de protección de víctimas. No obstante, los episodios de amenazas persistieron y algunos integrantes de la familia Carvajal –cuatro de ellos menores de edad– debieron migrar de Colombia.
7-jul-2016Irene v. ArgentinaEl 7 de julio de 2016, se solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas cautelares a favor de Irene, una niña de 12 años argentina que había sufrido una parálisis cerebral que le generaba una miopía severa y una importante limitación de su autonomía y sus movimientos. La niña necesitaba un sistema de apoyos conformado, principalmente, por un acompañante terapéutico escolar y un maestro integrador. Dichos apoyos especiales debían hacerle visual y auditivamente accesible los contenidos pedagógicos de la escuela, facilitar su inclusión social, brindarle asistencia para cubrir sus necesidades básicas de alimentación, higiene y cuidados posturales, y cuidarla en caso de tener episodios convulsivos o de ahogamiento. Dichas prestaciones fueron cubiertas por la Administración Provincial de Seguro de Salud de Córdoba hasta que un fallo de la justicia provincial las restringió. Entonces, se solicitó a la CIDH que disponga medidas cautelares por configurarse una situación de gravedad y urgencia en la que se encontraba en riesgo su vida e integridad personal.
17-nov-2015García Ibarra y otros v. EcuadorEl 15 de septiembre de 1992, José Luis García Ibarra, de 16 años, se encontraba con otras dos personas en una esquina del barrio de Codesa, perteneciente a la Parroquia Vuelta Larga de la ciudad de Esmeraldas, Ecuador. En ese sitio se produjo una discusión o forcejeo entre un agente de la Policía Nacional y una tercera persona en el que el primero, sin que medie justificación, hizo uso de su arma de dotación oficial contra García Ibarra. En el proceso penal no existió controversia acerca de que el autor del disparo fue el policía; únicamente se evaluó si su accionar fue intencional o accidental. La sentencia del tribunal de Esmeraldas contenía un voto diferente por cada uno de sus tres miembros, con un alcance o sentido contradictorio. Esa actuación irregular no fue subsanada por la Corte Suprema de Justicia a pesar de que encontró varias “irregularidades” en el proceso. El proceso interno se extendió durante más de 9 años y culminó con el dictado de una sentencia por la que se condenó al agente policial a la pena de 18 meses de prisión por el delito de homicidio “inintencional” (culposo).
1-sep-2015Gonzales Lluy y otros v. EcuadorTalía Gonzales Lluy tenía tres años cuando fue contagiada con el virus del VIH al recibir una transfusión de sangre a la que no se le habían realizado pruebas serológicas. La sangre provenía de un banco de sangre de la Cruz Roja de la provincia del Azuay y la transfusión fue realizada en una clínica privada. Para la época de los hechos, la Cruz Roja ecuatoriana tenía competencia exclusiva para administrar los bancos de sangre. Cuando la niña tenía cinco años fue inscripta en una escuela pública. Asistió a ese establecimiento durante dos meses hasta que el director –informado por una profesora sobre la enfermedad de la niña– dispuso su suspensión. El 8 de febrero de 2000, la madre de Talía presentó una acción de amparo ante el Tribunal Distrital en lo Contencioso Administrativo contra el Estado, el director de la escuela y la profesora. La acción fue declarada inadmisible por considerar que debían predominar los intereses colectivos del conglomerado estudiantil frente a los derechos y garantías individuales de Talía.
13-feb-2015Medida cautelar 535-14 (Bahamas)La CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de las personas migrantes detenidas por aplicación de la ley migratoria en el Centro de Detención Carmichael Road, en Bahamas. Dicha solicitud alega que las personas beneficiarias se encuentran en situación de riesgo debido a condiciones inhumanas de detención, hacinamiento extremo y falta de atención médica adecuada, lo cual afecta sus derechos a la vida y la integridad.
27-ago-2014Hermanos Landaeta Mejías v. VenezuelaLos hechos del presente caso tuvieron lugar en un contexto de ejecuciones extrajudiciales llevadas a cabo por agentes policiales en Venezuela. En este sentido, la madre de los hermanos Landeata Mejías denunció que funcionarios públicos la amenazaron con matar a sus hijos, Igmar y Eduardo. Igmar Landaeta Mejías, de 18 años, falleció el 17 de noviembre de 1996 a causa de dos disparos de arma de fuego por parte de la policía. Los agentes recogieron su cuerpo y lo llevaron a un centro médico donde fue dado por muerto. Si bien se inició una investigación judicial, uno de los agentes imputados fue absuelto y otro fue sobreseído. Cuando la CorteIDH dictó sentencia no se habían determinado con exactitud las circunstancias del enfrentamiento entre los oficiales e Igmar. El 29 de diciembre de 1996, Eduardo Landaeta Mejías, de 17 años, fue detenido e identificado como mayor de edad por la policía. Al tomar conocimiento de esa circunstancia, sus padres acudieron a la comisaría en la que se encontraba y explicaron a las autoridades que el joven corría peligro debido a que había sido amenazado por agentes policiales. El 31 de diciembre de ese año, mientras Eduardo era trasladado en un patrullero con la custodia de tres agentes policiales, recibió disparos de un arma de fuego y murió. Además, se constataron otras lesiones en el cuerpo del adolescente. La investigación judicial abierta en consecuencia derivó en un juicio penal en el que los tres funcionarios policiales fueron absueltos. Aunque la Corte de Apelaciones ordenó que se realizara un nuevo debate, cuando la Corte IDH resolvió el caso, todavía no se había celebrado la audiencia.
18-dic-2008Saviny v. UcraniaLos peticionarios, marido y mujer, eran ciegos desde su infancia. Dieron a luz a siete hijos. Cuatro de ellos fueron llevados a los servicios sociales en 1998. Los otros tres fueron puestos en la misma situación en virtud de una sentencia judicial de 2006. Las autoridades nacionales alegaron que la falta de medios financieros y las cualidades personales de los peticionarios ponían en peligro la vida, la salud y la educación moral de todos sus hijos. Los peticionarios apelaron la sentencia sin éxito.
21-sep-2006Servellón García y otros v. HondurasEn la década de 1990, en virtud de la respuesta estatal de represión preventiva y armada a las pandillas juveniles, se generó un contexto de violencia marcado por la victimización de niños y jóvenes en situación de riesgo social, identificados como “delincuentes juveniles”. En este marco, el 15 de septiembre de 1995 se llevaron a cabo detenciones colectivas en la ciudad de Tegucigalpa en las que resultaron detenidos Marco Antonio Servellón García, Rony Alexis Betancourth Vásquez, Orlando Álvarez Ríos y Diomedes Obed García Sánchez. Aunque los dos primeros eran menores de edad, fueron alojados con adultos y no se les permitió comunicarse con sus familias. Aunque, al día siguiente, la Jueza de Policía ordenó su liberación, se los mantuvo detenidos. El 17 de septiembre se encontraron sus cadáveres en distintos puntos de la ciudad con heridas de armas de fuego y signos de tortura similares entre sí. Entonces, se iniciaron investigaciones criminales sobre los hechos y, en 1996, el Ministerio Público presentó acusación contra los funcionarios policiales que intervinieron en el caso. Cuando la CorteIDH dictó sentencia, en el ámbito local se había cerrado el sumario y elevado las actuaciones a la etapa de plenario.
2-sep-2004Instituto de Reeducación del Menor v. ParaguayEl Estado de Paraguay ordenó convertir un “instituto de menores” en una cárcel para adultos. En consecuencia, los jóvenes detenidos en ese lugar fueron trasladados a un establecimiento que originalmente no había sido pensado como centro de detención, por lo que no contaba con la infraestructura ni el personal adecuado para alojarlos. Las condiciones del establecimiento eran insalubres e inadecuadas. Los detenidos vivían hacinados y debían compartir los colchones. En ocasiones, las personas menores y mayores de edad eran alojadas en el mismo sitio. Además, eran usuales los maltratos como forma de castigo por parte de los guardias y se registraron casos de violencia y abusos sexuales entre los internos. La alimentación y la educación dentro del instituto no eran apropiadas. Asimismo, la atención médica, psicológica y odontológica eran deficientes. Si bien en una oportunidad se interpuso un hábeas corpus con la intención de que se reubicara a los detenidos menores de edad en centros adecuados, la acción fue resuelta de modo tardío y la sentencia no fue cumplida. Los días 11 febrero de 2000, 5 de febrero de 2001 y 25 de julio de 2001 se produjeron tres incendios en el instituto y fallecieron o resultaron heridos varios internos. Durante los incidentes, los guardias no recibieron ningún tipo de instrucción por parte de las autoridades del establecimiento y no socorrieron eficientemente a los niños. Tras el último incendio, el Estado cerró definitivamente el instituto y trasladó a los detenidos a otros centros. Algunos niños fueron alojados en establecimientos penitenciarios para adultos. Los familiares de los jóvenes fallecidos en los incendios iniciaron procesos civiles de indemnización por daños y perjuicios contra el Estado. Asimismo, se sustanciaron procesos penales. Sin embargo, no se les brindó una respuesta satisfactoria a su reclamo.
14-jul-2004Hermanos Gómez Paquiyauri v. PerúEl 21 de junio de 1991, los hermanos Rafael y Emilio Gómez Paquiyauri, de 14 y 17 años de edad, caminaban en dirección al trabajo de su madre cuando fueron interceptados, golpeados y detenidos por agentes de la Policía Nacional Peruana. Acto seguido, fueron trasladados a un lugar llamado “Pampa de los Perros” donde fueron golpeados y asesinados mediante disparos de armas de fuego. Ese mismo día, sus cuerpos fueron ingresados a la morgue de un hospital con signos de tortura. La familia de los hermanos Gómez Paquiyauri denunció los hechos ante la Fiscalía Provincial de la Quinta Fiscalía en lo Penal. A partir de esto, se inició una investigación. Posteriormente, se condenó a uno de los autores y a un partícipe a las penas de 18 y 6 años de prisión, respectivamente. Sin embargo, no pudo localizarse al autor intelectual del hecho.