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FechaTítuloResumen
4-ago-2016TP y AT v. HungríaEl 20 de mayo de 2014 el Tribunal Europeo se pronunció en el caso “László Magyar” contra el Estado de Hungría respecto de la posibilidad de que personas condenadas a prisión perpetua accedan a una revisión de sus sentencias. A partir de esa resolución, se sancionó en ese país una nueva legislación. Esta normativa introdujo un mecanismo de revisión automática de la prisión perpetua después de cuarenta años de cumplimiento de pena (“clemency”). Los peticionarios del presente caso, TP y AT, se encontraban detenidos desde 2006 y 2010 respectivamente; ambos fueron condenados a prisión perpetua por el delito de homicidio.
11-jul-2016Observaciones finales sobre el quinto informe periódico de ArgentinaObservaciones finales sobre el quinto informe periódico de Argentina (CCPR/C/ARG/CO/5), examinadas por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y aprobadas el 11 de julio de 2016.
12-may-2016Mejdoub Chani v. ArgeliaMejdoub Chani residía en Luxemburgo y contaba con doble nacionalidad (argelina y luxemburguesa). Fue detenido el 16 de septiembre de 2009 por agentes de control de fronteras en el aeropuerto de Argel para “examinar su situación”. Permaneció 20 días recluido e incomunicado en un lugar desconocido, sin poder contactar a sus familiares ni a un abogado. Durante ese periodo se lo interrogó a cualquier hora del día o de la noche, fue intimidado y sometido a una gran presión física y psicológica. Posteriormente, Chani pasó a estar en detención preventiva, acusado oficialmente de delitos relacionados con una operación de corrupción en el contexto de la construcción de una autopista. Varias etapas del procedimiento penal se resolvieron de manera sumaria, en un solo día. El peticionario denunció ante las autoridades correspondientes la detención arbitraria que se le impuso, que fue sometido a tortura y que confesó el delito que se le atribuía en ese marco. La denuncia fue archivada sin hacerlo comparecer ni emprender una investigación de los hechos.
1-mar-2016Andrey Lavrov v. RusiaA Lavrov se le había detectado un linfoma mientras cumplía una pena de prisión en el año 2012. Como consecuencia de ello fue ingresado al hospital de la prisión Nº 3 donde se lo sometió a dos ciclos de quimioterapia. En diciembre de ese mismo año un tribunal autorizó su liberación anticipada por razones de salud. Sin embargo, no completó los exámenes médicos que se le habían indicado –incluyendo la quimioterapia– y fue detenido nuevamente el 10 de septiembre de 2013 y condenado por fraude, robo y hurto. En marzo de 2014 un panel médico lo reexaminó e indicó que su estado de salud le impedía cumplir una pena de prisión. Sin embargo, la libertad fue desestimada. En septiembre de 2014, se le hizo saber a la Corte de Distrito que el peticionario no podía hacer quimioterapia y radioterapia en el hospital penitenciario. La Corte rechazó la solicitud de libertad con fundamento en su “tendencia a reincidir” y en que la atención médica que se le suministraba en prisión era adecuada. En octubre de 2014, Lavrov solicitó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que autorizara su liberación inmediata como medida provisional, bajo la Regla 39 del Reglamento de la Corte. El TEDH hizo lugar a la solicitud señalando que debía ser inmediatamente examinado por expertos médicos independientes del sistema penitenciario para determinar si era necesario que recibiese un tratamiento adecuado y si su estado de salud era compatible con la detención. Ello, con el fin de derivarlo a un hospital especializado u ordenar su excarcelación. El 28 de noviembre de 2014, Lavrov fue puesto en libertad sin que se efectuara el dictamen pericial de médicos especialistas independientes que demandaba el TEDH.
5-ene-2016Informe sobre tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en relación a las mujeres, niñas y LGTBIInforme del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en el ámbito de las mujeres, niñas y personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales.
9-dic-2015Pavel Selyun v. BielorrusiaEn el año 2012, Pavel Seylun fue detenido por orden de un fiscal acusado de dos asesinatos, robo, sustracción de pasaporte o de otros documentos importantes y mutilación de un cadáver. Transcurrieron más de seis meses hasta que compareció ante un juez. Durante ese periodo se lo sometió a malos tratos. Entonces, se lo interrogó sin haberle permitido acceder a un abogado defensor y se le sugirió que cooperara a cambio de una reducción de la pena que se le impondría; en ese marco, confesó haber sido responsable de los hechos que se investigaban. Con posterioridad, puso de manifiesto las condiciones en las que estuvo detenido y denunció ante el tribunal que las confesiones que firmó se obtuvieron mediante tortura, por lo que solicitó que no sean utilizadas como prueba. La denuncia fue ignorada. Finalmente, el Tribunal Regional lo condenó a la pena de muerte.
17-nov-2015Radev v. BulgariaEn el presente caso, el peticionario había sido condenado a la pena de muerte. Tras la moratoria en la aplicación de ese castigo y posterior abolición de ese instituto, su sentencia fue conmutada por la pena de prisión perpetua. Entre enero de 1999 y junio de 2004, estuvo detenido en la prisión de Varna bajo un estricto régimen de encarcelamiento. Durante ese tiempo, se encontró permanentemente encerrado en su celda. Allí contaba con un cubo para hacer sus necesidades y se le permitía ir al baño tres veces al día. Entre los años 2004 y 2007, el peticionario fue trasladado a otra prisión, donde permanecía encerrado durante la noche y en el día tenía libre acceso al baño. En el año 2007, volvió a ser trasladado a la prisión de Varna y se le aplicó, a partir de 2009, un régimen de detención que le permitía participar en actividades religiosas y recreativas durante escasas horas semanales. En 2012 se instaló en su celda un inodoro y un lavabo.
28-sep-2015Bouyid v. BélgicaDos hermanos menores de edad que residían con su familia en un inmueble contiguo a una comisaría fueron golpeados por oficiales de la policía en distintas oportunidades. En diciembre de 2003, Bouyid, uno de los niños, se encontraba en el frente de su casa, cuando un policía vestido de civil le pidió su documento de identidad. Al negarse y exigirle al agente que muestre su identificación, el joven fue trasladado a la comisaría. Allí, fue alojado en una habitación y, al protestar por el arresto, recibió bofeteadas. Un certificado médico señaló que Bouyid se encontraba en estado de shock y presentaba eritemas en su mejilla y en el canal auditivo. En otra ocasión, su hermano fue interrogado en la comisaría a raíz de un altercado con un tercero que involucraba también a su madre. En aquella oportunidad, otro agente lo abofeteó, le indicó que no se apoyara en su escritorio y lo obligó a firmar una declaración bajo la amenaza de encerrarlo en una celda.
2-sep-2015Omar Humberto Maldonado Vargas y otros v. ChileLos hechos de este caso ocurrieron durante el gobierno militar instaurado en Chile luego de ser derrocado el presidente Salvador Allende. Los peticionarios, doce miembros de la Fuerza Área de Chile, fueron enjuiciados por los Consejos de Guerra por defender la Constitución y la democracia. A tal efecto, fueron detenidos y sometidos a malos tratos y torturas con la finalidad de extraer sus confesiones; sus condenas se fundaron, posteriormente, en esa prueba. El 10 de septiembre de 2001 se interpuso un recurso ante la Corte Suprema de Chile con el objeto de obtener la revisión de esas sentencias. La Corte entendió que constitucionalmente carecía de competencia para revisar las decisiones adoptadas por los Consejos de Guerra y tribunales militares en “tiempo de guerra”. En el año 2005, una reforma constitucional otorgó competencia a la Corte Suprema sobre asuntos tratados ante los Consejos de Guerra. Frente a esta modificación, los peticionarios reeditaron su reclamo; el tribunal, sin embargo, volvió a rechazar el planteo.
9-jul-2015Martzaklis y otros v. GreciaLos peticionarios, portadores de HIV y con un grado de discapacidad del 67%, se encontraban detenidos en el hospital de la cárcel de Korydallos, sector superpoblado y compartido con personas que sufrían otras enfermedades contagiosas. Dicho establecimiento, además, contaba con baños que no cumplían con los estándares mínimos de higiene, la lavadora se encontraba fuera de servicio –pese a que la ropa de los internos debía ser lavada todos los días a una temperatura alta–, el valor nutricional de la comida era bajo, la edificación no estaba adecuadamente calefaccionada y el espacio se limitaba a menos de 2 metros cuadrados por persona. Por lo demás, el hospital no brindaba atención médica especializada en enfermedades infecciosas.